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Boletín Oficial del Estado

III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL. Convenios. Resolución de 13 de junio de 2023, de la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial, por la que se publica el Convenio con la Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de España, para regular la colaboración en el Programa Agentes del Cambio, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia -financiado por la Unión Europea- NextGenerationEU.


... y resiliente tras la crisis de la COVID, y para responder a los retos ... tiene por objeto la concesión de ayudas a pymes para la contratación de Agentes del ...

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 159 Miércoles 5 de julio de 2023 Sec. III. Pág. 93795 las empresas, la colaboración en la gestión de servicios públicos relacionados con las mismas, el impulso de actuaciones dirigidas al incremento de la competitividad de las pequeñas y medianas empresas y la colaboración con las Administraciones Públicas en la implantación de la economía digital en las empresas. Asimismo, la citada Orden ETD/1345/2022, de 28 de diciembre, establece en su artículo 14 que la Cámara de España actuará por cuenta y en nombre de SEDIA, como entidad colaboradora a los efectos del artículo 12 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en la concesión, el seguimiento y en la comprobación de las ayudas concedidas en el marco del Programa Agentes del Cambio. Cuarto. Que, con fecha de 13 de julio de 2021, el Consejo ECOFIN aprobó el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia a través de la Decisión de Ejecución del Consejo (2021/0156) relativa a la aprobación de la evaluación del plan de recuperación y resiliencia de España, que traza la hoja de ruta para la modernización de la economía española, la recuperación del crecimiento económico y la creación de empleo, para la reconstrucción económica sólida, inclusiva y resiliente tras la crisis de la COVID, y para responder a los retos de la próxima década. Este Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), está estructurado en torno a las cuatro transformaciones que el Gobierno situó como estratégicas en cuanto a la política económica en 2018: la transición ecológica, la transformación digital, la igualdad de género y la cohesión social y territorial. Además, conforma el instrumento de desarrollo de los fondos europeos de recuperación NextGenerationEU y supone el impulso más relevante de la reciente historia económica española. El Plan detalla las inversiones y reformas, agrupadas en 30 componentes, para el periodo 2021-2023, movilizando alrededor de 70.000 millones de euros de transferencias no reembolsables del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, con el fin de impulsar la recuperación y lograr el máximo impacto económico y social. Quinto. Que es posible la aplicación de los fondos europeos NextGenerationEU del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia a las actuaciones contempladas en el presente convenio con arreglo a la inversión I3 «Impulso a la PYME» del componente 13, en concreto, contribuyen a los Council Implementing Decision (CID) 201, 205 y 209, que pretende impulsar los importantes procesos de aumento de productividad mediante la digitalización, la innovación y la internacionalización de las pequeñas y medianas empresas. El «Programa Agentes del Cambio» tiene un presupuesto de 300 millones de euros y un objetivo de ayudar al menos a 15.000 pymes en su digitalización. El Programa Agentes del Cambio (o «el Programa») tiene por objeto la concesión de ayudas a pymes para la contratación de Agentes del Cambio con el fin de apoyar en el proceso de transición digital. La concesión de la ayuda se efectuará con la entrega de la subvención en forma de un «bono Agentes del Cambio» que el beneficiario empleará en la contratación de un Agente del Cambio. Tras la resolución de concesión, el beneficiario deberá emplear la ayuda concedida en la contratación de un Agente del Cambio cumpliendo los requisitos previstos en la Orden ETD/1345/2022, de 28 de diciembre. Una vez formalizado el contrato con el Agente del Cambio, que recogerá las obligaciones entre ambos y para con el programa, se procederá a la prestación del servicio en el apoyo al proceso de digitalización por parte del Agente del Cambio. cve: BOE-A-2023-15638 Verificable en https://www.boe.es Sexto.
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III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL. Convenios. Resolución de 16 de junio de 2023, de la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial, por la que se publica el Convenio con el Colegio de Registradores de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles de España, para regular las condiciones de la colaboración de ambas entidades en el Programa Agentes del Cambio, «Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia -financiado por la Unión Europea- NextGenerationEU».


... y resiliente tras la crisis de la COVID, y para responder a los retos ... tiene por objeto la concesión de ayudas a pymes para la contratación de Agentes del Cambio ...

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 153 Miércoles 28 de junio de 2023 Sec. III. Pág. 90526 las actividades profesionales de los Registradores, proponiendo a la Administración las medidas que sean necesarias para la actualización y modernización de dichas actividades; colaborar con las Administraciones públicas e instituciones; prestar los servicios y realizar las funciones que les sean propias en interés de las Administraciones Públicas e impulsar el proceso de modernización de las oficinas registrales. Asimismo, en la citada Orden ETD/1345/2022, de 28 de diciembre, se establece, en su artículo 14, que el Colegio de Registradores actuará en nombre de Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial, como entidad colaboradora a los efectos del artículo 12.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, en aquellas tareas que precisen del control de los apoderamientos de los representantes legales. Cuarto. Que, con fecha de 13 de julio de 2021, el Consejo ECOFIN aprobó el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia a través de la Decisión de Ejecución del Consejo (2021/0156) relativa a la aprobación de la evaluación del plan de recuperación y resiliencia de España, que traza la hoja de ruta para la modernización de la economía española, la recuperación del crecimiento económico y la creación de empleo, para la reconstrucción económica sólida, inclusiva y resiliente tras la crisis de la COVID, y para responder a los retos de la próxima década. Este Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), está estructurado en torno a las cuatro transformaciones que el Gobierno situó como estratégicas en cuanto a la política económica en 2018: La transición ecológica, la transformación digital, la igualdad de género y la cohesión social y territorial. Además, conforma el instrumento de desarrollo de los fondos europeos de recuperación NextGenerationEU y supone el impulso más relevante de la reciente historia económica española. El citado Plan detalla las inversiones y reformas, agrupadas en treinta componentes, para el periodo 2021-2023, movilizando alrededor de 70.000 millones de euros de transferencias no reembolsables del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, con el fin de impulsar la recuperación y lograr el máximo impacto económico y social. Quinto. Que es posible la aplicación de los fondos europeos NextGenerationEU del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia a las actuaciones contempladas en el presente convenio, con arreglo a la inversión 3 del componente 13, «Impulso a la PYME», contribuyendo a los hitos y objetivos CID (Council Implementing Decision, Decisión de Ejecución del Consejo) 201, 205 y 209, que pretende impulsar los importantes procesos de aumento de productividad, mediante la digitalización, la innovación y la internacionalización de las pequeñas y medianas empresas. El «Programa Agentes del Cambio» tiene un presupuesto de 300 millones de euros y un objetivo de ayudar al menos a 15.000 pymes en su digitalización. Que el Programa Agentes del Cambio (o, el Programa) tiene por objeto la concesión de ayudas a pymes para la contratación de Agentes del Cambio con el fin de apoyar en el proceso de transición digital. La concesión de la ayuda se efectuará con la entrega de la subvención en forma de un «bono Agentes del Cambio» que el beneficiario empleará en la contratación de un Agente del Cambio. Para la realización de la solicitud, la empresa debe estar previamente inscrita en el Registro dispuesto a tal efecto en la plataforma Acelera Pyme, donde se encuentran los requisitos de acceso, habiendo realizado con anterioridad el test de madurez digital. Así, dicha solicitud será realizada por el solicitante o su representante legal habilitado para actuar en el seno de una convocatoria de subvenciones y de acuerdo con el artículo 32 cve: BOE-A-2023-15129 Verificable en https://www.boe.es Sexto.
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III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Ayudas. Orden CIN/644/2023, de 16 de junio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas públicas, por parte del Centro para el Desarrollo Tecnológico y la Innovación, E.P.E., a los programas "Ayudas Cervera a Centros Tecnológicos" y "Ayudas a Ecosistemas de Innovación" del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2021-2023, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia; y por la que se modifica la Orden CIN/373/2022, de 26 de abril, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas públicas, por parte del Centro para el Desarrollo Tecnológico y la Innovación, E.P.E., a proyectos de I+D y nuevos proyectos empresariales del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2021-2023, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.


... en particular de las PYMES, con la I+ ... Pandemia internacional provocada por la COVID de 19 de marzo, el ... en adelante, MRR) y la Ayuda a la Recuperación para la ...

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Martes 20 de junio de 2023 Sec. III. Pág. 87228 los propios centros y de las empresas de su entorno, así como desarrollar y difundir nuevas tecnologías de carácter transversal y habilitadoras. Estas actuaciones deben realizarse en el marco de las denominadas tecnologías prioritarias Cervera. Por otro lado, el Programa Estatal para Catalizar la Innovación y el Liderazgo Empresarial, persigue incrementar el compromiso de las empresas, en particular de las PYMES, con la I+D+i en las líneas estratégicas del PEICTI, hacer más competitivo y resiliente el tejido empresarial y ampliar el perímetro de empresas innovadoras. Este Programa, dentro del Subprograma Estatal de Colaboración Público-Privada, incluye la financiación para favorecer los ecosistemas de innovación, entendidos como estructuras de innovación abierta de colaboración entre el tejido productivo, programas de emprendimiento y empresas startup, centros tecnológicos, universidades, organismos públicos y privados de I+D+i, ciudades, AA. PP., agentes sociales, organizaciones no gubernamentales, etc. Se financiarán actividades que contribuyan a la consolidación del ecosistema de innovación, tales como demostradores, programas de transferencia de conocimiento, acciones formativas y de difusión, favorecimiento del emprendimiento innovador, labores de consultoría para el diseño de estrategias innovadoras y programas de cultura de la innovación, entre otras. El Ministerio de Ciencia e Innovación es el departamento de la Administración General del Estado encargado de la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de ciencia, desarrollo tecnológico e innovación en todos los sectores. El Centro para el Desarrollo Tecnológico y la Innovación, E.P.E. (en adelante CDTI), adscrito orgánicamente al Ministerio de Ciencia e Innovación a través de la Secretaría General de Innovación, en su condición de agente de financiación conforme a la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, es responsable de la gestión de una parte importante de las actuaciones del PEICTI 2021-2023, entre ellas, las que se enmarcan en la presente orden. II Tras la declaración por la Organización Mundial de la Salud de la Pandemia internacional provocada por la COVID de 19 de marzo, el Consejo Europeo de 21 de julio de 2020, acordó un paquete de medidas de gran alcance, conocido como Instrumento Europeo de Recuperación de la Unión Europea (Next Generation EU), por un importe de 750.000 millones de euros, compuesto por dos instrumentos: El Mecanismo para la Recuperación y la Resiliencia (en adelante, MRR) y la Ayuda a la Recuperación para la Cohesión y los Territorios de Europa (REACT-EU). En este contexto, la Unión Europea adoptó el Reglamento (UE) número 2020/2094 del Consejo, de 14 de diciembre de 2020, por el que se establece un Instrumento de Recuperación de la Unión Europea para apoyar la recuperación tras la crisis de la COVID-19, y el Reglamento (UE) número 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia. Dicho Mecanismo es el eje central de las medidas extraordinarias de recuperación de la Unión Europea. La instrumentación de la ejecución de los fondos en el marco del Mecanismo se realiza a través del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, aprobado por Acuerdo del Consejo de Ministros de 27 de abril de 2021, y de conformidad con lo establecido por la Decisión de Ejecución del Consejo relativa a la aprobación de la evaluación del plan de recuperación y resiliencia de España (Council Implementing Decision-CID), de 13 de julio de 2021. El Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, traza la hoja de ruta para la modernización de la economía española, la recuperación del crecimiento económico y la creación de empleo, para la reconstrucción económica sólida, inclusiva y resiliente tras la crisis de la COVID, y para responder a los retos de la próxima década. Este Plan recibirá cve: BOE-A-2023-14674 Verificable en https://www.boe.es Núm. 146
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III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Ayudas. Orden CIN/644/2023, de 16 de junio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas públicas, por parte del Centro para el Desarrollo Tecnológico y la Innovación, E.P.E., a los programas "Ayudas Cervera a Centros Tecnológicos" y "Ayudas a Ecosistemas de Innovación" del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2021-2023, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia; y por la que se modifica la Orden CIN/373/2022, de 26 de abril, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas públicas, por parte del Centro para el Desarrollo Tecnológico y la Innovación, E.P.E., a proyectos de I+D y nuevos proyectos empresariales del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2021-2023, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.


... cuando la empresa haya recibido ayuda de salvamento y todavía ... debajo de 1,0. Las pymes con menos de tres años ... de la pandemia de COVID-19 en las empresas y ...

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Martes 20 de junio de 2023 Sec. III. Pág. 87265 c) cuando la empresa se encuentre inmersa en un procedimiento de quiebra o insolvencia o reúna los criterios para ser sometida a un procedimiento concursal; d) cuando la empresa haya recibido ayuda de salvamento y todavía no haya reembolsado el préstamo o puesto fin a la garantía, o haya recibido ayuda de reestructuración y esté todavía sujeta a un plan de reestructuración; e) si se trata de una empresa distinta de una pyme, cuando durante los dos ejercicios anteriores la ratio deuda/capital de la empresa haya sido superior a 7,5 y en el mismo periodo la ratio de cobertura de intereses de la empresa, calculada sobre la base del EBITDA (ganancias antes de intereses, impuestos, depreciación y amortización –Earnings Before Interests, Taxes, Depreciations and Amortizations–), se haya situado por debajo de 1,0. Las pymes con menos de tres años de antigüedad no se considerará que están en crisis salvo que cumplan la condición del párrafo e). No obstante, a la vista de las consecuencias económicas y financieras de la pandemia de COVID-19 en las empresas y a fin de garantizar la coherencia con la respuesta política general, el presente Reglamento será aplicable, como excepción, a las empresas que no se encontraban en crisis el 31 de diciembre de 2019, pero pasaron a ser empresas en crisis durante el período comprendido entre el 1 de enero de 2020 y el 31 de diciembre de 2021. 9. Fondos Estructurales y de Inversión Europeos: los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos (Fondos EIE), gestionados conjuntamente por la Comisión Europea y los países de la UE, son aquellos que se destinan a invertir en la creación de empleo y en una economía y un medio ambiente europeos sostenibles y sanos. Concretamente: a) Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER). b) Fondo Social Europeo (FSE). c) Fondo de Cohesión (FC). d) Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER). e) Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura (FEMPA). 10. Gran empresa: es aquella no contemplada en la definición de PYME. 11. Investigación industrial: la investigación planificada o los estudios críticos encaminados a adquirir nuevos conocimientos y aptitudes que puedan ser útiles para desarrollar nuevos productos, procesos o servicios, o permitan mejorar considerablemente los ya existentes; comprende la creación de componentes de sistemas complejos y puede incluir la construcción de prototipos en un entorno de laboratorio o en un entorno con interfaces simuladas con los sistemas existentes, así como líneas piloto, cuando sea necesario para la investigación industrial y, en particular, para la validación de tecnología genérica. 12. Organismos de Investigación y difusión de conocimientos: toda entidad (universidades o centros de investigación, organismos de transferencia de tecnología, intermediarios de innovación o entidades colaborativas reales o virtuales orientadas a la investigación, etc.) independientemente de su personalidad jurídica (de derecho público o privado) o de su forma de financiación, cuyo principal objetivo sea realizar de manera independiente investigación fundamental, investigación industrial o desarrollo experimental o difundir ampliamente los resultados de estas actividades mediante la enseñanza, la publicación o la transferencia de conocimientos. Dichas entidades deberán cumplir las siguientes condiciones: a) Cuando la entidad lleve a cabo tanto actividades económicas como actividades no económicas, la financiación, los costes y los ingresos de dichas actividades deberán contabilizarse por separado. b) Las empresas que puedan ejercer una influencia decisiva en dichas entidades, por ejemplo, en calidad de accionistas o miembros, no podrán gozar de acceso preferente a los resultados que genere. cve: BOE-A-2023-14674 Verificable en https://www.boe.es Núm. 146
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Boletín Oficial Comunidad Madrid

C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ADMINISTRACIÓN LOCAL Y DIGITALIZACIÓN Bases ayudas –  Orden 90/2023, de 9 de marzo, de la Consejería de Administración Local y Digitalización, por la que se aprueban las bases reguladoras y se procede a la convocatoria de bonos digitales para colectivos económicamente vulnerables (c15.i3) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea, Next Generation EU (programa único-bono social), en la Comunidad de Madrid


... sanitaria derivada de la COVID-19 ha puesto de ... de conectividad para pymes y colectivos vulnerables ... Con la aprobación de estas ayudas o subvenciones se da un ...

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BOCM B.O.C.M. Núm. 140 BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID MIÉRCOLES 14 DE JUNIO DE 2023 Pág. 191 I. COMUNIDAD DE MADRID C) Otras Disposiciones Consejería de Administración Local y Digitalización ORDEN 90/2023, de 9 de marzo, de la Consejería de Administración Local y Digitalización, por la que se aprueban las bases reguladoras y se procede a la convocatoria de bonos digitales para colectivos económicamente vulnerables (c15.i3) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea, Next Generation EU (programa único-bono social), en la Comunidad de Madrid. La crisis sanitaria derivada de la COVID-19 ha puesto de manifiesto la necesidad de mantener, de manera remota, la actividad económica, la actividad de enseñanza o los servicios médicos o sociales, entre otros muchos, lo que ha evidenciado la existencia de un nuevo factor de desigualdad, al existir un nicho poblacional sin conexión a la red por motivos de índole económico. Además, la prestación de las obligaciones laborales a través de la modalidad del teletrabajo se ha mostrado como una magnífica oportunidad para favorecer una menor concentración de la población, siempre y cuando ello se vea acompañado de la posibilidad de acceso a una serie de servicios sociales y económicos disponibles en las grandes concentraciones urbanas. La fijación de población en las zonas menos densamente habitadas o en declive demográfico, con independencia de su edad, requiere ineludiblemente la disponibilidad de acceso a los servicios esenciales de la sociedad digital. Es por ello por lo que resulta imprescindible plantear la conectividad en un sentido amplio, es decir, como aquella que permite acceder desde todos los territorios y a cualquier colectivo social a servicios educativos y culturales, sociosanitarios y de comercio de bienes y servicios. La magnitud de la crisis económica, social y sanitaria provocada por la crisis sanitaria ha exigido una respuesta común a escala europea que se ha materializado con la puesta en marcha del Fondo de Recuperación “Next Generation EU”, cuyo objeto es contribuir al proceso de recuperación de las economías de la Unión a partir de 2021. Dentro de este Fondo, el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR) dentro de su componente 15, establecido por el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, incluye la concesión de bonos de conectividad para los colectivos más vulnerables, vinculados con otros programas orientados a cerrar las brechas sociales e impulsar la integración. La ejecución de dichos fondos se instrumentaliza a nivel nacional en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR). A efectos de la ejecución de las actuaciones contempladas dentro de la Palanca V “Modernización y digitalización del tejido industrial y de la pyme, recuperación del turismo e impulso a una España nación emprendedora”, en el Componente 15 “Conectividad Digital, impulso de la ciberseguridad y despliegue del 5G” e Inversión 3 “Bonos de conectividad para pymes y colectivos vulnerables” del PRTR, la Comunidad de Madrid tiene la consideración de entidad ejecutora, actuando bajo los criterios y directrices de la entidad decisora, de conformidad con lo previsto por la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. La regulación de los bonos de conectividad para colectivos vulnerables económicamente deriva de lo acordado en la Conferencia Sectorial para la Transformación Digital celebrada el día 6 de octubre de 2021. Con la aprobación de estas ayudas o subvenciones se da un paso más allá en las medidas de fomento de la transformación digital y la digitalización que viene desarrollando la Consejería de Administración Local y Digitalización, a través del impulso de la sociedad de la información, contribuyendo de un modo claro y rotundo a la reducción de la brecha digital gracias a medidas que favorezcan el acceso a la banda ancha a los colectivos económicamente más vulnerables. El artículo 6 de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid señala que, previamente a la concesión de subvenciones, se deben establecer BOCM-20230614-31 31
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C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA Bases ayudas –  Orden 1589/2023, de 31 de mayo, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para inversiones en pymes de transformación y comercialización de productos de la pesca, cofinanciadas con el fondo europeo marítimo y de pesca (FEMP), en la Comunidad de Madrid, y se aprueba su convocatoria para 2023


... la concesión de las ayudas convocadas en la presente ... COVID-19. Tendrán especial consideración los operadores de transformación de productos de la pesca (PYMES ...

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BOCM BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID B.O.C.M. Núm. 139 MARTES 13 DE JUNIO DE 2023 Pág. 89 Artículo 9 Régimen de concesión 1. El procedimiento de concesión de las subvenciones previstas en esta orden se tramitará en régimen de concurrencia competitiva ordinaria, y de acuerdo con los principios de publicidad, objetividad, transparencia, igualdad y no discriminación. 2. En el caso de que el volumen de ayudas solicitado supere las disponibilidades presupuestarias, se seleccionarán los proyectos que reciban mayor puntuación según los criterios enumerados más adelante. En caso de empate se atenderá a la suma de la puntuación de los componentes comunes: social, medioambiental e innovador. En caso de persistir, se atenderá el orden de registro. 3. En función de las características de los proyectos de inversión, se abrirán dos procesos selectivos para la concesión de las ayudas convocadas en la presente Orden, con la siguiente distribución: a) Selección I: Se valorarán y baremarán las solicitudes presentadas para proyectos de comercialización (art. 68 del Reglamento (UE) n.o 508/2014), hasta agotar su crédito presupuestario, establecido en la orden de convocatoria. b) Selección II: Se valorarán y baremarán las solicitudes presentadas para proyectos de inversiones en transformación de productos de la pesca (art. 69 del Reglamento (UE) 508/2014), hasta agotar su crédito presupuestario, establecido en la orden de convocatoria. Si concedidas las subvenciones correspondientes en un tipo de Selección, no se hubiera agotado el importe máximo otorgado, se trasladará la cantidad no aplicada a la otra Selección si, en ésta otra, hubiese solicitudes informadas favorablemente, pero desestimadas por falta de crédito. Las solicitudes de ambas medidas, Comercialización y Transformación, que cumplan con los requisitos exigidos para poder adquirir la condición de entidad beneficiaria de las correspondientes ayudas, serán evaluadas y ponderadas, en primer lugar, teniendo en cuenta los siguientes Criterios Generales y, en segundo término, en caso de superar estos criterios, serán evaluadas y ponderadas de acuerdo a unos Criterios Específicos: 3.1. Criterios Generales: Se valorará la contribución del proyecto al cumplimiento de lo previsto en elPrograma Operativo (PO) del Fondo Europeo Marítimo y de Pesca 1) Adecuación del proyecto al análisis DAFOdel Programa Operativo del FEMP, a la estrategia y a los fines del Objetivo Específico. 1 punto 2) Aportación de la operación a losindicadores de resultado: 1 punto 3) Valoración sobre la implicación de la operación en otras prioridades, objetivos específicos u otros planes estratégicos. 1 punto 0a3 0: Excluido 1: Bajo 2: Medio 3: Alto (criterios que permiten rechazar la solicitud) — COVID-19. Tendrán especial consideración los operadores de transformación de productos de la pesca (PYMES) que hayan tenido pérdidas económicas importantes, pudiéndose considerar que cumple los Criterios Generales, otorgándose una puntuación Alta: 3 puntos. 3.2. Criterios Específicos: 3.2.1. Línea 5.1.3 Comercialización (según Art. 68): a) Naturaleza de la inversión, hasta un máximo de 9 puntos: — Realización de Campañas regionales, nacionales o transnacionales, para sensibilizar al público respecto a los productos de la pesca sostenible. 3 puntos. — Apertura de nuevos mercados y mejora de las condiciones para la comercialización de los productos pesqueros y acuícolas. 2 puntos. — Fomento de la calidad y del valor añadido del producto. 2 puntos. — Contribuyen a la transparencia y trazabilidad de la producción y mercados, realización de Estudios de mercado y estudios sobre la dependencia de las importaciones. 2 puntos. BOCM-20230613-19 CRITERIOS DE SELECCIÓN GENERAL
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Diario Oficial de Extremadura

Consejería De Economía, Ciencia Y Agenda Digital. Comercio. Ayudas. Resolución de 28 de abril de 2023, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria correspondiente al ejercicio 2023 de las ayudas para el Programa de modernización del comercio Fondo Tecnológico en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.


... ayudas objeto de estas bases reguladoras, tanto en la línea dirigida a pymes como ... recuperación tras la crisis de la COVID-19, y regulado según Reglamento (UE ...

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NÚMERO 91 Lunes 15 de mayo de 2023 30545 Toda referencia en cualquier medio de difusión sobre las inversiones aprobadas deberá usar como medio de difusión el logo del Plan de Recuperación, “España Puede”. Todos los carteles informativos y placas deberán colocarse en un lugar bien visible y de acceso al público. Decimoctavo. Compatibilidad. 1. L  as subvenciones acogidas al presente decreto serán incompatibles con otras ayudas financiadas con instrumentos y fondos europeos para la misma finalidad. 2. Las ayudas objeto de estas bases reguladoras, tanto en la línea dirigida a pymes como en la línea dirigida a asociaciones, federaciones y confederaciones, quedan acogidas al régimen de minimis establecido en el Reglamento (UE) n.º 1407/2013 de la Comisión de 18 de diciembre de 2013 relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis, por lo que tienen el carácter de ayudas de minimis, de manera que los beneficiarios no podrán obtener ayudas acogidas a este régimen cuyo importe acumulado en un periodo de tres ejercicios fiscales supere los límites establecidos en el capítulo III del Reglamento (UE) 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014. 3. El importe de las subvenciones en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, supere el coste de la actividad o proyecto subvencionado. 4. L  as entidades beneficiarias deberán declarar las ayudas que hayan solicitado o percibido por parte de otras Administraciones o entidades para la misma finalidad y objeto, tanto en el momento de la presentación de la solicitud como durante la tramitación del procedimiento. Decimonoveno. Financiación de las ayudas. 1. El coste de las acciones previstas en la presente convocatoria se imputará con cargo a los créditos autorizados en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el ejercicio 2023, Programa 341A “Comercio de Calidad y Artesanía Extremeña”, Código de Proyecto de gasto 20220422 denominado “Programa de Modernización del Comercio: Fondo Tecnológico”. Esta convocatoria está financiada por el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia de la Unión europea, establecido por el Reglamento (UE) 2020/2094 del Consejo, de 14 de diciembre de 2020, por el que se establece un Instrumento de Recuperación de la Unión Europea para apoyar la recuperación tras la crisis de la COVID-19, y regulado según Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de febrero de 2021.
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Boletín Oficial del Estado

I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL. Subvenciones. Real Decreto 335/2023, de 3 de mayo, por el que se regula la concesión directa de una subvención a la Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de España para el desarrollo de la red de Oficinas Acelera Pyme en las Cámaras de Comercio, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.


... resiliente tras la crisis de la COVID, y para responder a los retos ... y un objetivo de ayudar al menos a un millón de Pymes en su digitalización en diciembre ...

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Viernes 12 de mayo de 2023 Sec. I. Pág. 65891 crecimiento económico y la creación de empleo, para la reconstrucción económica sólida, inclusiva y resiliente tras la crisis de la COVID, y para responder a los retos de la próxima década. Este PRTR está estructurado en torno a las cuatro transformaciones que el Gobierno situó como estratégicas en cuanto a la política económica en 2018: la transición ecológica, la transformación digital, la igualdad de género y la cohesión social y territorial. Además, conforma el instrumento de desarrollo de los fondos europeos de recuperación «Next Generation EU» y supone el impulso más relevante de la reciente historia económica española. El Plan detalla las inversiones y reformas, agrupadas en 30 componentes, para el periodo 2021-2023, movilizando alrededor de 70.000 millones de euros de transferencias del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, con el fin de impulsar la recuperación y lograr el máximo impacto económico y social. La inversión 3 del componente número 13 del PRTR (Impulso a la Pyme) pretende impulsar los importantes procesos de aumento de productividad mediante la digitalización, la innovación y la internacionalización de las pequeñas y medianas empresas. Las actuaciones a desarrollar en el marco del presente real decreto, se encuadran en el PRTR. El Programa Kit Digital, regulado por la Orden ETD/1498/2021, de 29 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de ayudas para la digitalización de pequeñas empresas, microempresas y personas en situación de autoempleo, en el marco de la Agenda España Digital 2025, el Plan de Digitalización de Pymes 2021- 2025 y el PRTR de España, tiene el objetivo de ayudar a Pymes y personas autónomas en su proceso de digitalización, siendo su cumplimiento una condición para la obtención del retorno de los fondos europeos del instrumento Next Generation EU. Las actuaciones objeto de subvención contribuirán de forma decidida a la buena ejecución del Programa Kit Digital. El indicador al que contribuyen las actuaciones financiadas con el presente real decreto es de forma indirecta al cumplimiento del CID 204 y 208 de la inversión 3 componente 13. Además, durante la ejecución se definirá un hito auxiliar. La Ley 4/2014, de 1 de abril&btnI=&sourceid=navclient&gfns=1" title="Ir a Ley 4/2014, de 1 de abril" target="_blank" class="font-weight-bold" style="background-color: #dcffd6;color: #000 !important;border-radius: 5px;padding: 2px 3px;text-decoration:underline">Ley 4/2014, de 1 de abril&btnI=&sourceid=navclient&gfns=1" title="Ir a Ley 4/2014, de 1 de abril&btnI=&sourceid=navclient&gfns=1" title="Ir a Ley 4/2014, de 1 de abril" target="_blank" class="font-weight-bold" style="background-color: #dcffd6;color: #000 !important;border-radius: 5px;padding: 2px 3px;text-decoration:underline">Ley 4/2014, de 1 de abril&btnI=&sourceid=navclient&gfns=1" title="Ir a Ley 4/2014, de 1 de abril" target="_blank" class="font-weight-bold" style="background-color: #dcffd6;color: #000 !important;border-radius: 5px;padding: 2px 3px;text-decoration:underline">Ley 4/2014, de 1 de abril" target="_blank" class="font-weight-bold" style="background-color: #dcffd6;color: #000 !important;border-radius: 5px;padding: 2px 3px;text-decoration:underline">Ley 4/2014, de 1 de abril&btnI=&sourceid=navclient&gfns=1" title="Ir a Ley 4/2014, de 1 de abril" target="_blank" class="font-weight-bold" style="background-color: #dcffd6;color: #000 !important;border-radius: 5px;padding: 2px 3px;text-decoration:underline">Ley 4/2014, de 1 de abril&btnI=&sourceid=navclient&gfns=1" title="Ir a Ley 4/2014, de 1 de abril" target="_blank" class="font-weight-bold" style="background-color: #dcffd6;color: #000 !important;border-radius: 5px;padding: 2px 3px;text-decoration:underline">Ley 4/2014, de 1 de abril, Básica de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación, recoge las funciones público-administrativas de las Cámaras de Comercio, entre otras, tramitar programas públicos de ayudas a las empresas en los términos en que se establezcan en cada caso, así como gestionar los servicios públicos relacionados con las mismas cuando su gestión le corresponda a la Administración del Estado, de conformidad con el artículo 5.1.f) de la Ley 4/2014, de 1 de abril&btnI=&sourceid=navclient&gfns=1" title="Ir a Ley 4/2014, de 1 de abril" target="_blank" class="font-weight-bold" style="background-color: #dcffd6;color: #000 !important;border-radius: 5px;padding: 2px 3px;text-decoration:underline">Ley 4/2014, de 1 de abril&btnI=&sourceid=navclient&gfns=1" title="Ir a Ley 4/2014, de 1 de abril&btnI=&sourceid=navclient&gfns=1" title="Ir a Ley 4/2014, de 1 de abril" target="_blank" class="font-weight-bold" style="background-color: #dcffd6;color: #000 !important;border-radius: 5px;padding: 2px 3px;text-decoration:underline">Ley 4/2014, de 1 de abril&btnI=&sourceid=navclient&gfns=1" title="Ir a Ley 4/2014, de 1 de abril" target="_blank" class="font-weight-bold" style="background-color: #dcffd6;color: #000 !important;border-radius: 5px;padding: 2px 3px;text-decoration:underline">Ley 4/2014, de 1 de abril" target="_blank" class="font-weight-bold" style="background-color: #dcffd6;color: #000 !important;border-radius: 5px;padding: 2px 3px;text-decoration:underline">Ley 4/2014, de 1 de abril&btnI=&sourceid=navclient&gfns=1" title="Ir a Ley 4/2014, de 1 de abril" target="_blank" class="font-weight-bold" style="background-color: #dcffd6;color: #000 !important;border-radius: 5px;padding: 2px 3px;text-decoration:underline">Ley 4/2014, de 1 de abril&btnI=&sourceid=navclient&gfns=1" title="Ir a Ley 4/2014, de 1 de abril" target="_blank" class="font-weight-bold" style="background-color: #dcffd6;color: #000 !important;border-radius: 5px;padding: 2px 3px;text-decoration:underline">Ley 4/2014, de 1 de abril. Son también funciones públicas de las Cámaras de Comercio impulsar y colaborar con las administraciones públicas en la implantación de la economía digital, artículo 5.1.k) de la Ley 4/2014, de 1 de abril&btnI=&sourceid=navclient&gfns=1" title="Ir a Ley 4/2014, de 1 de abril" target="_blank" class="font-weight-bold" style="background-color: #dcffd6;color: #000 !important;border-radius: 5px;padding: 2px 3px;text-decoration:underline">Ley 4/2014, de 1 de abril&btnI=&sourceid=navclient&gfns=1" title="Ir a Ley 4/2014, de 1 de abril&btnI=&sourceid=navclient&gfns=1" title="Ir a Ley 4/2014, de 1 de abril" target="_blank" class="font-weight-bold" style="background-color: #dcffd6;color: #000 !important;border-radius: 5px;padding: 2px 3px;text-decoration:underline">Ley 4/2014, de 1 de abril&btnI=&sourceid=navclient&gfns=1" title="Ir a Ley 4/2014, de 1 de abril" target="_blank" class="font-weight-bold" style="background-color: #dcffd6;color: #000 !important;border-radius: 5px;padding: 2px 3px;text-decoration:underline">Ley 4/2014, de 1 de abril" target="_blank" class="font-weight-bold" style="background-color: #dcffd6;color: #000 !important;border-radius: 5px;padding: 2px 3px;text-decoration:underline">Ley 4/2014, de 1 de abril&btnI=&sourceid=navclient&gfns=1" title="Ir a Ley 4/2014, de 1 de abril" target="_blank" class="font-weight-bold" style="background-color: #dcffd6;color: #000 !important;border-radius: 5px;padding: 2px 3px;text-decoration:underline">Ley 4/2014, de 1 de abril&btnI=&sourceid=navclient&gfns=1" title="Ir a Ley 4/2014, de 1 de abril" target="_blank" class="font-weight-bold" style="background-color: #dcffd6;color: #000 !important;border-radius: 5px;padding: 2px 3px;text-decoration:underline">Ley 4/2014, de 1 de abril, y promover actuaciones dirigidas al incremento de la competitividad de las pequeñas y medianas empresas y el fomento de la transferencia tecnológica entre empresas, artículo 5.1.f) de la Ley 4/2014, de 1 de abril&btnI=&sourceid=navclient&gfns=1" title="Ir a Ley 4/2014, de 1 de abril" target="_blank" class="font-weight-bold" style="background-color: #dcffd6;color: #000 !important;border-radius: 5px;padding: 2px 3px;text-decoration:underline">Ley 4/2014, de 1 de abril&btnI=&sourceid=navclient&gfns=1" title="Ir a Ley 4/2014, de 1 de abril&btnI=&sourceid=navclient&gfns=1" title="Ir a Ley 4/2014, de 1 de abril" target="_blank" class="font-weight-bold" style="background-color: #dcffd6;color: #000 !important;border-radius: 5px;padding: 2px 3px;text-decoration:underline">Ley 4/2014, de 1 de abril&btnI=&sourceid=navclient&gfns=1" title="Ir a Ley 4/2014, de 1 de abril" target="_blank" class="font-weight-bold" style="background-color: #dcffd6;color: #000 !important;border-radius: 5px;padding: 2px 3px;text-decoration:underline">Ley 4/2014, de 1 de abril" target="_blank" class="font-weight-bold" style="background-color: #dcffd6;color: #000 !important;border-radius: 5px;padding: 2px 3px;text-decoration:underline">Ley 4/2014, de 1 de abril&btnI=&sourceid=navclient&gfns=1" title="Ir a Ley 4/2014, de 1 de abril" target="_blank" class="font-weight-bold" style="background-color: #dcffd6;color: #000 !important;border-radius: 5px;padding: 2px 3px;text-decoration:underline">Ley 4/2014, de 1 de abril&btnI=&sourceid=navclient&gfns=1" title="Ir a Ley 4/2014, de 1 de abril" target="_blank" class="font-weight-bold" style="background-color: #dcffd6;color: #000 !important;border-radius: 5px;padding: 2px 3px;text-decoration:underline">Ley 4/2014, de 1 de abril. El ejercicio de estas funciones en el ámbito estatal corresponde a la Cámara de Comercio de España, quien lo realiza en coordinación con las Cámaras de Comercio territoriales, de conformidad con el artículo 21.1.d) de la Ley 4/2014, de 1 de abril&btnI=&sourceid=navclient&gfns=1" title="Ir a Ley 4/2014, de 1 de abril" target="_blank" class="font-weight-bold" style="background-color: #dcffd6;color: #000 !important;border-radius: 5px;padding: 2px 3px;text-decoration:underline">Ley 4/2014, de 1 de abril&btnI=&sourceid=navclient&gfns=1" title="Ir a Ley 4/2014, de 1 de abril&btnI=&sourceid=navclient&gfns=1" title="Ir a Ley 4/2014, de 1 de abril" target="_blank" class="font-weight-bold" style="background-color: #dcffd6;color: #000 !important;border-radius: 5px;padding: 2px 3px;text-decoration:underline">Ley 4/2014, de 1 de abril&btnI=&sourceid=navclient&gfns=1" title="Ir a Ley 4/2014, de 1 de abril" target="_blank" class="font-weight-bold" style="background-color: #dcffd6;color: #000 !important;border-radius: 5px;padding: 2px 3px;text-decoration:underline">Ley 4/2014, de 1 de abril" target="_blank" class="font-weight-bold" style="background-color: #dcffd6;color: #000 !important;border-radius: 5px;padding: 2px 3px;text-decoration:underline">Ley 4/2014, de 1 de abril&btnI=&sourceid=navclient&gfns=1" title="Ir a Ley 4/2014, de 1 de abril" target="_blank" class="font-weight-bold" style="background-color: #dcffd6;color: #000 !important;border-radius: 5px;padding: 2px 3px;text-decoration:underline">Ley 4/2014, de 1 de abril&btnI=&sourceid=navclient&gfns=1" title="Ir a Ley 4/2014, de 1 de abril" target="_blank" class="font-weight-bold" style="background-color: #dcffd6;color: #000 !important;border-radius: 5px;padding: 2px 3px;text-decoration:underline">Ley 4/2014, de 1 de abril. Esta prioridad se materializa en la inversión 3 del componente número 13 del PRTR (Impulso a la Pyme), que comparte los objetivos del «Plan de Digitalización de Pymes 2021-2025»: la digitalización de pequeñas empresas, microempresas y personas en situación de autoempleo, incorporando reformas e inversiones orientadas a facilitar la creación de empresas, su crecimiento y su restructuración, a mejorar el clima de negocios (en particular, reforzando el funcionamiento del mercado interior español), así como a seguir impulsando los importantes procesos de aumento de productividad mediante la digitalización, la innovación y la internacionalización. Asimismo, se constituye en instrumento de financiación de sus programas, en particular el denominado Kit Digital, con un presupuesto de 3.067 millones de euros y un objetivo de ayudar al menos a un millón de Pymes en su digitalización en diciembre del año 2024. cve: BOE-A-2023-11190 Verificable en https://www.boe.es Núm. 113
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Boletín Oficial del Estado

I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL. Subvenciones. Real Decreto 335/2023, de 3 de mayo, por el que se regula la concesión directa de una subvención a la Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de España para el desarrollo de la red de Oficinas Acelera Pyme en las Cámaras de Comercio, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.


... social del COVID-19, identifica ... apoyo a la transformación digital de las Pymes, a través del Plan Acelera Pyme de ... programas públicos de ayudas a las empresas en ...

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 113 Viernes 12 de mayo de 2023 Sec. I. Pág. 65893 En su virtud, a propuesta de la Vicepresidenta Primera del Gobierno y Ministra de Asuntos Económicos y Transformación Digital, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 3 de mayo de 2023, DISPONGO: Artículo 1. Objeto. Este real decreto tiene por objeto regular, con carácter de bases reguladoras, la concesión directa de una subvención, con carácter excepcional y por razones de interés público, social y económico a la Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de España (en adelante, la Cámara de España) para el desarrollo de la red de Oficinas Acelera Pyme en las Cámaras de Comercio. Artículo 2. Procedimiento de concesión directa de la subvención. La subvención regulada en este real decreto se concederá mediante el procedimiento de concesión directa conforme a lo establecido en los artículos 22.2.c) y 28 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el artículo 67 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, y el artículo 60.3 del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, por concurrir razones de interés público. 1. La subvención para la realización de actuaciones, objeto de la ayuda, se justifica en la necesidad de fomentar la digitalización de las pequeñas empresas, de las microempresas y de las personas en situación de autoempleo, siendo indispensable para conseguir la transformación digital de la economía española y por tratarse de un colectivo con un importante peso específico en la economía, lo que acredita el interés público, social y económico de esta ayuda. 2. Las razones que acreditan el interés público, social y económico, objeto de esta ayuda, se fundamentan en la medida que la digitalización del sector productivo resulta crucial para impulsar la competitividad empresarial, se trata de una actuación transversal y multisectorial y se enmarca además en el PRTR para la reconstrucción económica sólida, inclusiva y resiliente, siendo esencial la singular labor difusora y de acompañamiento que puede desarrollar Cámara de España. 3. El Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19, identifica como prioridad inmediata preparar y dotar de los recursos necesarios a las Pymes para su desarrollo digital, así como mejorar los servicios de asesoramiento personalizado a las Pymes y acompañamiento en su esfuerzo de digitalización, señalando además la necesaria colaboración de las Cámaras de Comercio en el apoyo a la transformación digital de las Pymes, a través del Plan Acelera Pyme de Red.es. 4. La Ley 4/2014, de 1 de abril, Básica de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación, recoge las funciones público-administrativas de las Cámaras de Comercio, entre otras, tramitar programas públicos de ayudas a las empresas en los términos en que se establezcan en cada caso, así como gestionar los servicios públicos relacionados con las mismas cuando su gestión le corresponda a las Administración del Estado, de conformidad con el artículo 5.1.f) de la Ley 4/2014, de 1 de abril. 5. El artículo 3 de la Ley 4/2014, de 1 de abril, establece que las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación tienen como finalidad la representación, promoción y defensa de los intereses generales del comercio, la industria, los servicios y la navegación, así como la prestación de servicios a las empresas que ejerzan las cve: BOE-A-2023-11190 Verificable en https://www.boe.es Artículo 3. Fundamento y justificación de la concesión directa.
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