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III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA. Ayudas. Orden CLT/1458/2023, de 29 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas públicas a eventos profesionales para la internacionalización de las industrias culturales y creativas, y por la que se aprueba la convocatoria correspondiente a los años 2024 y 2025, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.


... sanitaria generada por la COVID-19 ha hecho necesario ... numerosas micro pymes y trabajadores autónomos ... se recoge expresamente esta ayuda, el Plan Estratégico de ...

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 11 Viernes 12 de enero de 2024 Sec. III. Pág. 3901 III. OTRAS DISPOSICIONES MINISTERIO DE CULTURA Orden CLT/1458/2023, de 29 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas públicas a eventos profesionales para la internacionalización de las industrias culturales y creativas, y por la que se aprueba la convocatoria correspondiente a los años 2024 y 2025, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. El impacto económico y social derivado de la crisis sanitaria generada por la COVID-19 ha hecho necesario impulsar la recuperación y reactivación de todos los sectores económicos, así como proteger y crear empleos. En el Consejo Europeo de 21 de julio de 2020 se aprobó la puesta en marcha del Instrumento Europeo de Recuperación, en cuyo desarrollo el Parlamento y el Consejo dictaron el Reglamento (UE) 2021/241, del Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia que se financiará con el nuevo fondo Next Generation EU. El Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, aprobado por el Consejo de Ministros del día 27 de abril de 2021 se constituye en un plan de inversiones y reformas, con un triple objetivo: apoyar a corto plazo la recuperación tras la crisis sanitaria, impulsar a medio plazo un proceso de transformación estructural y llevar a largo plazo a un desarrollo más sostenible y resiliente desde el punto de vista económico-financiero, social, territorial y medioambiental. Para la ejecución de este plan en el ámbito nacional, se aprobó el Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia con la finalidad de facilitar la programación, presupuestación, gestión y ejecución de las actuaciones financiables con fondos europeos. El Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia contempla en el Componente 24 para la «Revalorización de la industria cultural», la mejora de la competitividad, la dinamización y cohesión del territorio y la digitalización y sostenibilidad de los grandes servicios culturales. Entre sus objetivos, se incluye apoyar la promoción e internacionalización del sector cultural para que, a través de la utilización de herramientas de difusión, pueda alentarse el crecimiento de los profesionales y las industrias culturales. En concreto, este componente 24 prevé «medidas de apoyo a las empresas y profesionales para que se intensifique su presencia en plataformas y mercados nacionales e internacionales con el objetivo de fortalecer la conexión sectorial y expandir los modelos de negocio». El nuevo escenario creado por las tecnologías digitales y la baja cooperación intersectorial e intrasectorial hace necesario implementar inversiones para fortalecer a todos los agentes que participan en la cadena de valor de la creación cultural. Su estructura atomizada (con numerosas micro pymes y trabajadores autónomos) o las dificultades para lograr financiación son otras de las debilidades del ecosistema cultural detectadas y que, en consonancia, dificultan a los agentes alcanzar una escala internacional. Por otro lado, aunque no se recoge expresamente esta ayuda, el Plan Estratégico de Subvenciones 2021-2023 del Ministerio de Cultura y Deporte recoge como Línea Estratégica 1 garantizar una oferta cultural de calidad para todos, siendo su objetivo 2 el fomento del enriquecimiento de la creación, la oferta cultural y el sector audiovisual. En cumplimiento con lo dispuesto en el Plan de Recuperación, en el Reglamento (UE) 2021/241, del Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de febrero de 2021 por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (RMRR), y su normativa de desarrollo, en particular la Comunicación de la Comisión Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» en virtud del Reglamento cve: BOE-A-2024-688 Verificable en https://www.boe.es 688
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I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE TRANSFORMACIÓN DIGITAL. Ayudas. Real Decreto 1134/2023, de 19 de diciembre, por el que se modifica el Real Decreto 989/2021, de 16 de noviembre, por el que se aprueba la concesión directa a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla de ayudas para la ejecución del programa de emisión de bonos digitales para colectivos vulnerables, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.


... por la pandemia de COVID-19, y dentro de ... I3 «Bonos digitales para pymes y colectivos vulnerables», que ... de las actuaciones objeto de ayuda en el marco del Programa ...

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 9 Miércoles 10 de enero de 2024 Sec. I. Pág. 3098 I. DISPOSICIONES GENERALES MINISTERIO DE TRANSFORMACIÓN DIGITAL Real Decreto 1134/2023, de 19 de diciembre, por el que se modifica el Real Decreto 989/2021, de 16 de noviembre, por el que se aprueba la concesión directa a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla de ayudas para la ejecución del programa de emisión de bonos digitales para colectivos vulnerables, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. La puesta en marcha del Fondo de Recuperación «Next Generation UE» destinado a impulsar la convergencia, la resiliencia y la transformación en la Unión Europea en respuesta a la crisis económica, social y sanitaria provocada por la pandemia de COVID-19, y dentro de aquél, del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (en adelante, MRR) establecido por el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, está permitiendo a España movilizar un volumen de inversión sin precedentes a través de la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (en adelante, PRTR), España Puede. El PRTR, aprobado mediante la Decisión del Consejo de 13 de julio de 2021, incluye dentro de sus diez políticas palanca, y como una de las treinta líneas de acción que se identifican, la componente 15 (Conectividad digital, impulso a la ciberseguridad y despliegue del 5G), que comprende la inversión C15.I3 «Bonos digitales para pymes y colectivos vulnerables», que prevé la concesión de al menos 125.000 bonos de conectividad para colectivos vulnerables, con fecha límite de ejecución el 31 de diciembre de 2023. Para asegurar el aprovechamiento de todos los fondos Next Generation, el Consejo de Ministros, en su reunión del 6 de junio de 2023, aprobó la Adenda de modificación del PRTR, que incluye inversiones y reformas adicionales dirigidas a impulsar la autonomía estratégica en el ámbito energético, agroalimentario, industrial, tecnológico y digital, las inversiones sostenibles de las empresas y el parque de vivienda para alquiler. Con la aprobación de la Adenda al PRTR por la Comisión Europea el pasado 2 de octubre de 2023 se modifica también el calendario y la definición de algunos hitos originalmente establecidos en el PRTR. En concreto, se extiende el plazo de ejecución del hito CID #239 al 31 de diciembre de 2024. Esta ampliación del plazo de ejecución exige modificar el Real Decreto 989/2021, de 16 de noviembre, por el que se aprueba la concesión directa a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla de ayudas para la ejecución del programa de emisión de bonos digitales para colectivos vulnerables, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. De acuerdo con lo anterior, el plazo máximo para la ejecución de las actuaciones objeto de ayuda en el marco del Programa UNICO-Bono Social se extiende hasta el 31 de diciembre de 2024. Este real decreto se ha elaborado conforme a los principios de buena regulación que establece el artículo 129.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Cumple, por tanto, con los principios de necesidad y eficacia, en el marco de los objetivos perseguidos por el PRTR. Es conforme también con el principio de proporcionalidad dado contiene la regulación imprescindible para llevar a cabo la modificación que pretende. Se adecúa, igualmente, al principio de seguridad jurídica, en la medida en que la norma resulta coherente con la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y su reglamento de desarrollo, y cumple asimismo con el principio de transparencia al definir claramente sus objetivos, reflejados en el preámbulo. También se encuentra acreditado el principio de cve: BOE-A-2024-522 Verificable en https://www.boe.es 522
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III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO. Ayudas. Orden ITU/1434/2023, de 26 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras de ayudas de actuación integral para la descarbonización de la industria manufacturera como parte del PERTE de Descarbonización Industrial en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y se realiza la convocatoria anticipada del año 2024.


... la crisis de la pandemia de COVID-19, y para responder a ... (MRR) y de la Ayuda a la Recuperación para la ... competitividad industrial y de las pymes. cve: BOE-A-2024 ...

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Miércoles 3 de enero de 2024 Sec. III. Pág. 780 De hecho, se han establecido obligaciones específicas de descarbonización de la industria a nivel europeo. De acuerdo con el paquete «Objetivo 55» («Fit for 55»), los sectores sujetos al régimen de comercio de derechos de emisión de la Unión Europea (RCDE UE) deberán lograr una reducción de emisiones del 61 % en 2030, para poder alcanzar el objetivo global de reducción de emisiones del 55 %. Esto conllevará un aumento del precio de los derechos de emisión que implicará que las industrias deban reducir emisiones de forma muy rápida para no verse abocadas a la parada de la producción o incluso el cierre de instalaciones. Además, aquellos sectores bajo el futuro mecanismo de ajuste de carbono en frontera (CBAM, por sus siglas en inglés) irán perdiendo sus asignaciones gratuitas progresivamente incluyendo las utilizadas en su producción para la exportación, por lo que deberán reducir drásticamente sus emisiones si no quieren perder competitividad en los mercados internaciones. También la industria debe completar la hoja de ruta de la Estrategia Europa 2050 que pretende alcanzar cero emisiones netas en ese año. Asimismo, la Directiva (UE) 2023/1791 del Parlamento Europeo y del Consejo de 13 de septiembre de 2023 relativa a la eficiencia energética, a través de su artículo 8, amplía la obligación de ahorro acumulado de uso final de la energía por parte de los Estados miembros. Esta orden contribuirá, asimismo, a alcanzar los objetivos de ahorro de uso final de la energía establecidos en el artículo 7 de la referida Directiva 2012/27/UE, de eficiencia energética y de reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero. II El Consejo Europeo acordó el 21 de julio de 2020 un paquete de medidas de gran alcance, las cuales aúnan el marco financiero plurianual (MFP) para 2021-2027 e incorporan un instrumento europeo para la recuperación (Next Generation EU), cuyo elemento central es el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia. Para acceder a los recursos financieros de este mecanismo, los Estados miembros deben elaborar un plan orientado a la recuperación. España presentó a la Comisión Europea su Plan de Recuperación, que fue aprobado por Decisión de Ejecución del Consejo relativa a la aprobación de la evaluación del Plan de Recuperación y Resiliencia de España del pasado 13 de julio de 2021 (en adelante, «CID» por sus siglas en inglés). El Plan de Recuperación traza la hoja de ruta para la modernización de la economía española para una recuperación del crecimiento económico y la creación de empleo, para la reconstrucción económica sólida, inclusiva y resiliente tras la crisis de la pandemia de COVID-19, y para responder a los retos de la próxima década. Este Plan recibe la financiación de los fondos Next Generation EU provenientes del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR) y de la Ayuda a la Recuperación para la Cohesión y los Territorios de Europa (REACT-EU). Los proyectos que constituyen dicho Plan de Recuperación están alineados con los objetivos del MRR, la transición verde y digital y permiten la realización de reformas estructurales, mediante cambios normativos e inversiones que habilitan, por un lado, un cambio del modelo productivo para la recuperación de la economía tras la crisis ocasionada por la pandemia de COVID-19 y, por otro, una transformación hacia una estructura más resiliente, que permita que nuestro modelo sepa enfrentar con éxito otras posibles crisis o desafíos en el futuro. El Plan de Recuperación contempla diez políticas palanca y 31 componentes, recogiendo un conjunto coherente de inversiones y reformas orientadas a la recuperación y al impulso de un cambio de modelo económico, productivo y social para abordar de forma equilibrada los retos futuros, hacia una España más sostenible, digitalizada, en igualdad y con mayor cohesión social. De las diez políticas palanca, la quinta, «Modernización y digitalización del tejido industrial y de la pyme, recuperación del turismo e impulso a una España nación emprendedora», se centra esencialmente en la competitividad industrial y de las pymes. cve: BOE-A-2024-190 Verificable en https://www.boe.es Núm. 3
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III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO. Ayudas. Orden ITU/1423/2023, de 29 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas para el despliegue de plataformas tecnológicas y soluciones digitales en los destinos de la Red de Destinos Turísticos Inteligentes y se procede a la convocatoria anticipada del año 2024, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.


... tras la crisis de la COVID-19, y regulado según ... 6. Solo podrán obtener ayudas los proyectos que cumplan todos ... a Digitalización de pymes (incluidos el negocio ...

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Sábado 30 de diciembre de 2023 Sec. III. Pág. 177526 4. Esta convocatoria está financiada por el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia de la Unión Europea, establecido por el Reglamento (UE) 2020/2094 del Consejo, de 14 de diciembre de 2020, por el que se establece un Instrumento de Recuperación de la Unión Europea para apoyar la recuperación tras la crisis de la COVID-19, y regulado según Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de febrero de 2021. 5. Los proyectos se subvencionarán en modalidad individual, es decir, se subvencionará el proyecto como unidad funcional a la entidad local beneficiaria, de conformidad con el concepto de «entidad local» recogida en el artículo 6 de las presentes bases, todo ello sin perjuicio de lo previsto en el artículo 19 relativo a la subcontratación. 6. Solo podrán obtener ayudas los proyectos que cumplan todos los requisitos que se indican a continuación: a) Que contribuyan a la consecución de los objetivos generales y específicos establecidos en estas bases y en la Componente 14 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. b) Que cumplan todos los requisitos técnicos y económicos establecidos en estas bases y en la convocatoria. c) Que se inicien después de la publicación del extracto y finalicen en el plazo previsto y con las condiciones determinadas en la convocatoria. d) Que incluyan actuaciones completas con utilidad propia, concretas y que cuenten con una planificación de ejecución que garantice su finalización en el plazo previsto en la convocatoria. La documentación necesaria para acreditar el cumplimiento de los requisitos recogidos en este apartado se establecerá en cada convocatoria, pudiendo preverse la cumplimentación de una declaración responsable por parte del solicitante cuyo modelo quedará recogido en la convocatoria. 7. La inversión 2 del componente 14 tiene asignada una etiqueta digital en el Plan de Recuperación, la 010, correspondiente a Digitalización de pymes (incluidos el negocio y el comercio electrónicos y los procesos empresariales en red, los polos de innovación digital, los laboratorios vivientes, los ciber emprendedores, las empresas emergentes basadas en TIC, el comercio electrónico entre empresas), con un coeficiente de contribución a objetivos de transición digital del 100 %. Todos los implicados en la ejecución de esta orden deberán respetar el principio de «no causar un perjuicio significativo» al medioambiente (principio DNSH por sus siglas en inglés, «Do No Significant Harm»), así como las condiciones asignadas en la Componente 14, por lo que deberán cumplir los siguientes requisitos: a) Mitigación del cambio climático. Los equipos IT cumplirán con los requisitos relacionados con la energía establecidos de acuerdo con la Directiva 2009/125/EC para servidores y almacenamiento de datos, o computadoras y servidores de computadoras o pantallas electrónicas. En estas adquisiciones se activarán medidas para asegurar la compra de aquellos equipos energéticamente eficientes, que sean absolutamente respetuosos con el Code of Conduct for ICT de la Comisión Europea, y se tomarán medidas para que aumente la durabilidad, la posibilidad de reparación, de actualización y de reutilización de los productos, de los aparatos eléctricos y electrónicos implantados. b) Economía circular, incluidos la prevención y el reciclado de residuos. Los equipos cumplirán con los requisitos de eficiencia de materiales establecidos de acuerdo con la Directiva 2009/125/EC para servidores y almacenamiento de datos, o computadoras y servidores de computadoras o pantallas electrónicas. Los equipos utilizados no contendrán las sustancias restringidas enumeradas en el anexo II de la Directiva 2011/65/UE, excepto cuando los valores de concentración en peso en materiales homogéneos no superen los enumerados en dicho anexo. Al final de su vida útil, los equipos se someterán a una preparación para operaciones de cve: BOE-A-2023-26792 Verificable en https://www.boe.es Núm. 313
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III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO. Ayudas. Orden ITU/1391/2023, de 22 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de ayudas para proyectos de digitalización de «Última Milla» en empresas del sector turístico y se procede a su convocatoria correspondiente al año 2023, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.


... presupuesto financiable y de las pymes del 50 % sobre el ... la crisis de la COVID-19, y regulado según ... presentación de la solicitud de ayuda. El plazo de ejecución ...

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 310 Jueves 28 de diciembre de 2023 Sec. III. Pág. 173722 b) 20.50.43NB.786: Cinco millones de euros (5.000.000 €) destinados a los beneficiarios indicados en la letra b) del artículo 7.1. c) 20.50.46NB.771.01: Cincuenta millones de euros (50.000.000 €) destinados a los beneficiarios indicados en la letra a), b) y c) del artículo 7.1, y para las actuaciones específicas de los espacios de datos. En el caso de que no se agote el presupuesto asignado a una de las partidas presupuestarias señaladas, los fondos sobrantes podrán utilizarse para mejorar la dotación financiera de aquellas otras partidas que hayan resultado insuficientes. 2. En la presente convocatoria se financiarán proyectos de la Línea 1 y 2 con un porcentaje máximo en el caso de las grandes empresas del 15 % sobre el presupuesto financiable y de las pymes del 50 % sobre el presupuesto financiable; en el caso de las asociaciones sin ánimo de lucro y federaciones y confederaciones del sector turístico que acrediten que no realizan actividad económica, el porcentaje máximo será del 70 % sobre el presupuesto financiable y en el caso de la Línea 3 un porcentaje máximo del 100 % del presupuesto financiable hasta el importe máximo establecido en el reglamento 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013 y futuras modificaciones de este. 3. Esta convocatoria está financiada por el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia de la Unión Europea, establecido por el Reglamento (UE) 2020/2094 del Consejo, de 14 de diciembre de 2020, por el que se establece un Instrumento de Recuperación de la Unión Europea para apoyar la recuperación tras la crisis de la COVID-19, y regulado según Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de febrero de 2021. 4. La concesión de las ayudas queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de la convocatoria. Artículo 33. Plazo de presentación de solicitudes. El plazo de presentación de solicitudes será de dos meses desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado». Toda solicitud cuya presentación se produzca fuera del plazo establecido será rechazada y no será evaluada. Artículo 34. Tipo de proyectos objeto de ayuda y plazo de ejecución. 1. Según lo establecido en el artículo 6 de la orden de bases, las actuaciones susceptibles de ser objeto de las ayudas contempladas en esta convocatoria serán las siguientes: 2. La fecha de inicio de la actuación no podrá ser anterior al día siguiente de la presentación de la solicitud de ayuda. El plazo de ejecución máximo será de doce meses para los proyectos de Línea 1 y 2 y de nueve meses para los proyectos de Línea 3. El plazo se iniciará al día siguiente de la resolución definitiva de concesión. cve: BOE-A-2023-26601 Verificable en https://www.boe.es a) Proyectos de desarrollo tecnológico innovadores (Línea 1), descritos en el artículo 6.1.a) de la presente orden. b) Proyectos de implantación y adopción de nuevas tecnologías (Línea 2), descritos en el artículo 6.1.b) de la presente orden. c) Proyectos de implantación y adopción por parte de empresas pymes de tecnologías testadas previamente en el mercado con riesgo tecnológico bajo o en general de procesos de digitalización de sus actividades (Línea 3) descritos en el artículo 6.1.c) de la presente orden.
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III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO. Ayudas. Orden ITU/1391/2023, de 22 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de ayudas para proyectos de digitalización de «Última Milla» en empresas del sector turístico y se procede a su convocatoria correspondiente al año 2023, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.


... digitalización de pymes (incluidos el ... recuperación tras la crisis de la COVID-19. e) El Reglamento ( ... https://www.boe.es 1. Las ayudas a que se refiere esta orden ...

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 310 Jueves 28 de diciembre de 2023 Sec. III. Pág. 173687 caso, las convocatorias efectuadas especificarán en el título que se realizan «en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia». 2. La inversión 2.2 del componente 14 del Plan de Recuperación en la que se integra esta línea de ayuda tiene por objeto implementar actuaciones de transformación digital de empresas de la cadena de valor turística a través de la Inteligencia artificial y otras tecnologías habilitadoras, teniendo atribuida la etiqueta digital 010, digitalización de pymes (incluidos el negocio y el comercio electrónico y los procesos empresariales en red, los polos de innovación digital, los laboratorios vivientes, los ciberemprendedores, las empresas emergentes basadas en TIC, el comercio electrónico entre empresas), con un coeficiente del 100 %. Para cumplir con dicho etiquetado, los proyectos que se financien pertenecerán a los ámbitos de conocimiento científico tecnológico y digital del sector turístico recogidos en el artículo 7 de esta orden. Artículo 3. Normativa aplicable. a) La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento que la desarrolla. b) La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y el Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos. c) El Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. d) El Reglamento (UE) 2020/2094 del Consejo de 14 de diciembre de 2020 por el que se establece un Instrumento de Recuperación de la Unión Europea para apoyar la recuperación tras la crisis de la COVID-19. e) El Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia. f) El Acuerdo del Consejo de Ministros de 27 de abril de 2021, por el que se aprueba el Plan de Recuperación, transformación y resiliencia. g) La Decisión de Ejecución del Consejo de 16 de junio de 2021 relativa a la aprobación de la evaluación del plan de recuperación y resiliencia de España. h) Las Disposiciones Operativas de 29 de octubre de 2021, entre la Comisión y España, de acuerdo con el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia. i) El Reglamento (UE) 2020/852 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de junio de 2020, relativo al establecimiento de un marco para facilitar las inversiones sostenibles, en cuanto que todas las actuaciones que se ejecuten dentro del Plan Nacional de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) deben cumplir el principio de no causar un perjuicio significativo a los objetivos medioambientales recogidos en el artículo 17 del citado Reglamento, y por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/2088. j) Los Actos Delegados derivados del Reglamento de Taxonomía. En todo caso, las actuaciones llevarán a cabo los procedimientos de evaluación ambiental establecidos en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, que sean de aplicación, así como otras evaluaciones y procedimientos que pudieran resultar de aplicación en virtud de la legislación medioambiental. La «Guía técnica sobre la aplicación del principio de “no causar un perjuicio significativo” en virtud del Reglamento relativo al Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (2021/C 58/01) («Guía Técnica de la Comisión Europea»). k) La Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. cve: BOE-A-2023-26601 Verificable en https://www.boe.es 1. Las ayudas a que se refiere esta orden y las actuaciones financiadas con cargo a ella se regirán por:
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I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES. Subvenciones. Real Decreto 1131/2023, de 19 de diciembre, por el que se regula la concesión directa de diversas subvenciones para el fortalecimiento de las capacidades, infraestructuras y equipamiento de salas blancas de micro y nanofabricación, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.


... inclusiva y resiliente tras la crisis de la COVID-19, y para responder a los retos ... de ayudas públicas a la innovación empresarial, en particular a las PYMEs. ...

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 303 Miércoles 20 de diciembre de 2023 Sec. I. Pág. 168127 I. DISPOSICIONES GENERALES MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES Real Decreto 1131/2023, de 19 de diciembre, por el que se regula la concesión directa de diversas subvenciones para el fortalecimiento de las capacidades, infraestructuras y equipamiento de salas blancas de micro y nanofabricación, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. El Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia del Gobierno traza la hoja de ruta para la modernización de la economía española, la recuperación del crecimiento económico y la creación de empleo, para la reconstrucción económica sólida, inclusiva y resiliente tras la crisis de la COVID-19, y para responder a los retos de la próxima década. Este Plan recibirá la financiación de los fondos Next Generation EU, entre ellos el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia. El componente 17 del Plan, denominado «Reforma institucional y fortalecimiento de las capacidades del sistema nacional de ciencia, tecnología e innovación», pretende reformar el Sistema Español de Ciencia, Tecnología y de Innovación (en adelante, SECTI) para adecuarlo a los estándares internacionales y permitir el desarrollo de sus capacidades y recursos. Se propone utilizar los recursos públicos para realizar cambios rápidos que adapten y mejoren la eficacia, la coordinación y colaboración y transferencia entre los agentes del SECTI y la atracción del sector privado, con gran impacto en el corto plazo sobre la recuperación económica y social del país. El compromiso claro del país de incrementar y acelerar la inversión en I+D+I de forma sostenible a largo plazo, hasta alcanzar la media europea en 2027, requerirá cambios estructurales, estratégicos y de digitalización en el sistema para ser eficiente. En este componente se marca una orientación estratégica y coordinada que permitirá la inversión en áreas prioritarias de I+D+I y el incremento del volumen de ayudas públicas a la innovación empresarial, en particular a las PYMEs. Concretamente, estas subvenciones están incluidas en la inversión 2, denominada «Fortalecimiento de las capacidades, infraestructuras y equipamientos de los agentes del SECTI» del componente 17 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Este deal decreto contribuye a la ejecución parcial del objetivo 260, consistente en la «Finalización del 100 % de los proyectos de I+D (de al menos 676 000 000 EUR) en consonancia con el objetivo de fortalecer las infraestructuras científicas y la capacidad del SECTI mediante la renovación del equipamiento científico, la modernización de la Instalación BSL3, la creación de una nueva infraestructura fitogénica, el equipamiento del Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas (en adelante, CIEMAT) con la infraestructura necesaria para la investigación en energías renovables (incluido el hidrógeno y el almacenamiento), la creación de un Centro de Óptica Avanzada, así como de infraestructura de I+D siguiendo los Planes Estratégicos de Infraestructuras Científicas y Técnicas Singulares, proyectos para apoyar las infraestructuras europeas e internacionales (CERN, DUNE, HKK, ESS-Lund, Harmony y SKA), y mediante inversiones como la adquisición y la renovación de equipos científicos, la construcción de salas limpias en el ámbito de los semiconductores, la microtecnología y la nanotecnología, y el refuerzo de capacidades en los campos de la comunicación y la computación de alto rendimiento», cuya consecución está prevista para el tercer trimestre de 2026, de acuerdo con la normativa reguladora del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia y del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia a nivel europeo y nacional. Por otro lado, en cumplimiento con lo dispuesto en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, en el Reglamento (UE) 2021/241 de 12 de febrero de 2021 cve: BOE-A-2023-25767 Verificable en https://www.boe.es 25767
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III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Convenios. Resolución de 30 de noviembre de 2023, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre el Centro para el Desarrollo Tecnológico y la Innovación, E.P.E., y el Ministerio del Interior, relativo a la contratación precomercial de servicios de I+D para el traslado de detenidos, presos y penados, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.


... recuperación tras la crisis de la COVID-19, y regulado según Reglamento ... volumen de ayudas públicas a la innovación empresarial, en particular a las PYMES. Este ...

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 292 Jueves 7 de diciembre de 2023 Sec. III. Pág. 162615 estudio y análisis de las nuevas tecnologías en el ámbito de la investigación, desarrollo e innovación, susceptibles de ser utilizadas por el Cuerpo de la Guardia Civil». En el ámbito de sus funciones, el Servicio de Innovación Tecnológica de la Guardia Civil ha detectado necesidad en los vehículos destinados a la conducción de detenidos, presos y penados, que pueden ser resueltas a través de un proceso de contratación precomercial de servicios de I+D. Los objetivos a alcanzar a través del mencionado proceso de contratación precomercial son los indicados en el anexo I al presente convenio, en el que se describen las necesidades públicas a satisfacer. MRR.–Asimismo, la compra pública precomercial se encuentra entre las actuaciones incluidas en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, que recibirá la financiación de los fondos «Next Generation EU», entre ellos, el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, establecido por el Reglamento (UE) 2020/2094 del Consejo, de 14 de diciembre de 2020, por el que se establece un Instrumento de Recuperación de la Unión Europea para apoyar la recuperación tras la crisis de la COVID-19, y regulado según Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de febrero de 2021. por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia. Dicha financiación queda legalmente vinculada a la realización de las inversiones y medidas integradas en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España. El Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia del Gobierno traza la hoja de ruta para la modernización de la economía española, la recuperación del crecimiento económico y la creación de empleo, para la reconstrucción económica sólida, inclusiva y resiliente tras la crisis de la COVID, y para responder a los retos de la próxima década. Este Plan recibirá la financiación de los fondos Next Generation EU, entre ellos el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia. El Plan de Recuperación estructurado en treinta componentes, incluye un conjunto de reformas e inversiones que lo convierten en una herramienta para transformar el modelo productivo de España a través de la transición energética, la digitalización, la cohesión territorial y social, y la igualdad. El componente 17 del Plan, denominado «Reforma institucional y fortalecimiento de las capacidades del sistema nacional de ciencia, tecnología e innovación», pretende reformar el Sistema Español de Ciencia, Tecnología y de Innovación (SECTI) para adecuarlo a los estándares internacionales y permitir el desarrollo de sus capacidades y recursos. Se propone utilizar los recursos públicos para realizar cambios rápidos que adapten y mejoren la eficacia, la coordinación y colaboración y transferencia entre los agentes del SECTI y la atracción del sector privado, con gran impacto en el corto plazo sobre la recuperación económica y social del país. El compromiso claro del país de incrementar y acelerar la inversión en I+D+I de forma sostenible a largo plazo, hasta alcanzar la media europea en 2027, requerirá cambios estructurales, estratégicos y de digitalización en el sistema para ser eficiente. En este componente se marca una orientación estratégica y coordinada que permitirá la inversión en áreas prioritarias de I +D+I y el incremento del volumen de ayudas públicas a la innovación empresarial, en particular a las PYMES. Este convenio se enmarca en la inversión I3 denominada «Nuevos proyectos I+D+I Publico Privados, Interdisciplinares, Pruebas de concepto y concesión de ayudas consecuencia de convocatorias competitivas internacionales. I+D de vanguardia orientada a retos de la sociedad. Compra pública pre-comercial», del componente 17 «Reforma institucional y fortalecimiento de las capacidades del sistema nacional de ciencia, tecnología e innovación» del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España. Según se detalla en el anexo de la Decisión de Ejecución del Consejo (CID) el objetivo de las acciones en el marco de esta inversión es reforzar la generación y la transferencia de conocimientos, así como la asociación público-privada en I + D + i. A través de estas acciones se intensificarán las actividades de investigación cve: BOE-A-2023-24960 Verificable en https://www.boe.es Séptimo.
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III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Convenios. Resolución de 27 de octubre de 2023, del Centro para el Desarrollo Tecnológico y la Innovación, E.P.E., por la que se publica el Convenio con el Centro de Investigación Biomédica en Red, para la contratación precomercial de servicios de i+d en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.


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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 270 Sábado 11 de noviembre de 2023 Sec. III. Pág. 149799 promovido por el Instituto de Salud Carlos III, O.A, M.P., con objeto de impulsar y colaborar en la investigación científica, desarrollo del conocimiento y transferencia de este hacia la sociedad. Según establece el artículo 6, apartado m), de los Estatutos del CIBER, es función del Consejo Rector aprobar los convenios de vinculación recogidos en los artículos 28 y 29. Además, según se establece en el artículo 28, de los Estatutos del consorcio, el Consejo Rector, previo informe de la dirección científica correspondiente e informe favorable de la Comisión Permanente, podrá vincular al CIBER a los grupos de investigación clínica de los centros del Sistema Nacional de Salud cuya asociación sea necesaria para el desarrollo de los programas del CIBER mediante convenios específicos. Estos convenios podrán establecer las condiciones financieras de participación en el CIBER. Asimismo, la compra pública precomercial se encuentra entre las actuaciones incluidas en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, que recibirá la financiación de los fondos NextGenerationEU, entre ellos, el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, establecido por el Reglamento (UE) 2020/2094 del Consejo, de 14 de diciembre de 2020, por el que se establece un Instrumento de Recuperación de la Unión Europea para apoyar la recuperación tras la crisis de la COVID-19, y regulado según Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia. Dicha financiación queda legalmente vinculada a la realización de las inversiones y medidas integradas en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España. El Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia del Gobierno traza la hoja de ruta para la modernización de la economía española, la recuperación del crecimiento económico y la creación de empleo, para la reconstrucción económica sólida, inclusiva y resiliente tras la crisis de la COVID, y para responder a los retos de la próxima década. Este plan recibirá la financiación de los fondos NextGenerationEU, entre ellos el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia. El plan de recuperación, estructurado en treinta componentes, incluye un conjunto de reformas e inversiones que lo convierten en una herramienta para transformar el modelo productivo de España a través de la transición energética, la digitalización, la cohesión territorial y social, y la igualdad. El componente 17 del plan, denominado «Reforma institucional y fortalecimiento de las capacidades del sistema nacional de ciencia, tecnología e innovación», pretende reformar el Sistema Español de Ciencia, Tecnología y de Innovación (SECTI) para adecuarlo a los estándares internacionales y permitir el desarrollo de sus capacidades y recursos. Se propone utilizar los recursos públicos para realizar cambios rápidos que adapten y mejoren la eficacia, la coordinación y colaboración y transferencia entre los agentes del SECTI y la atracción del sector privado, con gran impacto en el corto plazo sobre la recuperación económica y social del país. El compromiso claro del país de incrementar y acelerar la inversión en I+D+I de forma sostenible a largo plazo, hasta alcanzar la media europea en 2027, requerirá cambios estructurales, estratégicos y de digitalización en el sistema para ser eficiente. En este componente se marca una orientación estratégica y coordinada que permitirá la inversión en áreas prioritarias de I+D+I y el incremento del volumen de ayudas públicas a la innovación empresarial, en particular a las PYMES. Este convenio se enmarca en la inversión I3 denominada «Nuevos proyectos I+D+I Publico Privados, Interdisciplinares, Pruebas de concepto y concesión de ayudas consecuencia de convocatorias competitivas internacionales. I+D de vanguardia orientada a retos de la sociedad. Compra pública pre-comercial», del componente 17 «Reforma institucional y fortalecimiento de las capacidades del sistema nacional de ciencia, tecnología e innovación» del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España. Según se detalla en el anexo de la Decisión de Ejecución del Consejo (CID) el objetivo de las acciones en el marco de esta inversión es reforzar la generación y la transferencia de conocimientos, así como la asociación público-privada cve: BOE-A-2023-22939 Verificable en https://www.boe.es Séptimo.
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