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Boletín Oficial del Estado

Cortes Generales. III. Otras disposiciones. Fiscalizaciones. Resolución de 20 de marzo de 2025, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización del Plan de Reactivación económica y social, Diputación Suma+, de la Diputación Provincial de Badajoz, ejercicios 2020 a 2022.


... pretendía el Plan, como la compra de material COVID –a pesar de que el 4 de julio ... la COVID19- o la convocatoria de ayudas a PYMES, siendo este último uno de los ...

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 160 Viernes 4 de julio de 2025 Sec. III. Pág. 89195 Caballeros, Los Santos de Maimona, Montijo, Olivenza, Villafranca de los Barros y Zafra. Dentro de ellos, se seleccionó una muestra de actuaciones, si bien únicamente pudieron ser analizadas aquellos cuya ejecución se encontraba finalizada a 31 de diciembre de 2022, fecha de finalización del periodo fiscalizado. • Se incluyeron los 2 municipios y sus poblados en los que la suma de los recursos recibidos por estos segundos superó a la del ayuntamiento del que dependen: el Ayuntamiento de Montemolín y sus poblados de Pallares y Santa María de las Navas y el Ayuntamiento de Benquerencia de la Serena y sus poblados de Helechal, La Nava y Puerto Hurraco. Para estas entidades se analizó la totalidad de actuaciones que se encontraban finalizadas a 31 de diciembre de 2022. • Se seleccionaron 2 ELM entre aquellas que no habían rendido su cuenta general al TCu; la ELM de Entrerríos, que fue la que mayor volumen de recursos recibió del Plan, y la ELM de Gargáligas, que no ha presentado sus cuentas desde hace más de 15 años, y que, además, en el momento de su adhesión al Plan no se encontraba al corriente de sus obligaciones financieras con la Hacienda Provincial. De ellas se analizó la totalidad de actuaciones que se encontraban finalizadas a 31 de diciembre de 2022. A 31 de diciembre de 2022, fecha de finalización del periodo fiscalizado, 9 de las 15 entidades no había finalizado la ejecución de la totalidad de las actuaciones financiadas con el Plan, 8 ayuntamientos, los de Almendralejo, Badajoz, Don Benito, Jerez de los Caballeros, Los Santos de Maimona, Montijo, Olivenza y Zafra, y una ELM, la de Gargáligas. Ninguna de ellas, salvo el Ayuntamiento de Don Benito, justificó la demora en la ejecución en las circunstancias argumentadas por la DP para fundamentar la aprobación de las sucesivas prórrogas del plazo de ejecución de las actuaciones. Hay que poner de manifiesto que, a pesar del tiempo transcurrido, a dicha fecha no habían sido ejecutadas actuaciones estrechamente vinculadas con los objetivos que pretendía el Plan, como la compra de material COVID –a pesar de que el 4 de julio de 2023 ya se había declarado la finalización de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la COVID19- o la convocatoria de ayudas a PYMES, siendo este último uno de los sectores más afectado por la crisis sanitaria y económica. cve: BOE-A-2025-13716 Verificable en https://www.boe.es Para la realización de las verificaciones se seleccionó una muestra de actuaciones de cada beneficiario. El importe recibido de la DP para la ejecución de dichas actuaciones ascendió a 5.008.739,76 euros, el 25 % de los recursos del Plan. En el cuadro siguiente se identifican los beneficiarios, su población y el importe de la subvención concedida para cada una de las líneas. El desglose de dichas actuaciones se recoge en el Anexo IX.
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Boletín Oficial del Estado

Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Ayudas. Orden TED/535/2025, de 28 de mayo, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas a proyectos innovadores de almacenamiento energético susceptibles de ser cofinanciadas con fondos de la Unión Europea.


... acumularse con ayudas concedidas en el Marco Temporal relativo a la COVID-19 (62 ... concede la ayuda durante al menos cinco años (tres años en caso de pymes). 3. ...

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 129 Jueves 29 de mayo de 2025 Sec. III. Pág. 70272 La acumulación de ayudas tampoco podrá superar la intensidad máxima que marca la Decisión de la Comisión que autoriza los programas de ayudas que se desarrollen a partir de la presente orden de bases. 2. De acuerdo con lo dispuesto en la Comunicación de la Comisión Marco Temporal de Crisis y Transición relativo a las medidas de ayuda estatal destinadas a respaldar la economía tras la agresión contra Ucrania por parte de Rusia (2023/C 101/03), las medidas de ayuda estatal que entran en el ámbito de aplicación de la citada Comunicación podrán acumularse entre sí de conformidad con los requisitos de las secciones específicas de la misma, siendo de aplicación para lo dispuesto en estas bases. 3. Las medidas de ayuda estatal adoptadas al amparo de la orden pueden acumularse con las ayudas concedidas en virtud de los reglamentos de minimis o con ayudas concedidas con arreglo a reglamentos de exención por categorías, siempre y cuando se respeten las disposiciones en materia de acumulación contempladas en dichos reglamentos. 4. Las medidas de ayuda estatal adoptadas al amparo de la presente orden pueden acumularse con ayudas concedidas en el Marco Temporal relativo a la COVID-19 (62), siempre que se respeten sus respectivas normas de acumulación. 5. Las ayudas reguladas en esta orden serán compatibles con otras ayudas concedidas, por cualesquiera Administraciones públicas u organismos o entes públicos, nacionales, de la Unión Europea o internacionales, con la salvedad de lo establecido en el punto 5 del artículo 3 de esta orden de bases, siempre y cuando cumplan lo establecido en los apartados anteriores y los límites establecidos en el artículo 19 de la Ley General de Subvenciones. 6. La entidad beneficiaria correspondiente deberá comunicar la obtención de otras ayudas, subvenciones, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas, una vez tengan conocimiento de su existencia, siempre con anterioridad a la justificación de los fondos percibidos, lo que podrá originar las correspondientes minoraciones en el importe de la ayuda concedida. Asimismo, en el momento de la justificación, deberá comunicar, en su caso, la asignación de fondos propios al desarrollo de la actuación. Las convocatorias podrán solicitar una declaración responsable que acredite tanto las ayudas que ha solicitado como las que le han sido concedidas para la misma actuación, inclusive aquellas ayudas tramitadas por este Instituto. 7. Se deberá cumplir, en todo caso, lo establecido en el artículo 34 del Reglamento de desarrollo de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, aprobado del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio. Artículo 12. Costes subvencionables. – utilizarse exclusivamente en el establecimiento beneficiario de la ayuda; – ser amortizables; – adquirirse en condiciones de mercado, salvo cuando ello no fuera posible, en cuyo caso ésta circunstancia deberá quedar suficientemente acreditada. – incluirse en los activos de la empresa beneficiaria, y – permanecer asociados y vinculados al proyecto para el que se concede la ayuda durante al menos cinco años (tres años en caso de pymes). 3. Adicionalmente, dentro de los costes subvencionables para los proyectos de almacenamiento térmico se podrán incluir los correspondientes a calderas eléctricas, intercambiadores de calor, equipos de instrumentación y control, bombas de circulación y cve: BOE-A-2025-10668 Verificable en https://www.boe.es 1. El total de los costes subvencionables necesarios para llevar a cabo el proyecto correspondiente conformará el importe subvencionable del mismo. El importe de la ayuda se calculará, de acuerdo con lo previsto en estas bases reguladoras y en la convocatoria correspondiente. Podrán considerarse gastos subvencionables los incurridos con posterioridad al 9 de marzo de 2023. 2. Los activos materiales e inmateriales deberán:
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Boletín Oficial Junta de Andalucía

Disposiciones generales. . Orden de 20 de noviembre de 2024, por la que se modifica la Orden de 27 de septiembre de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras, en régimen de concurrencia no competitiva, de las subvenciones para la ejecución del Programa de Emisión de Bonos Digitales para colectivos vulnerables en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España -Financiado por la Unión Europea- Next Generation EU (Programa UNICO-Bono Social).


... provocada por la pandemia de COVID-19, y dentro de ... .I3 «Bonos digitales para pymes y colectivos vulnerables», que prevé ... y Melilla de ayudas para la ejecución ...

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BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía Número 230 - Martes, 26 de noviembre de 2024 página 54607/1 1. Disposiciones generales CONSEJERÍA DE LA PRESIDENCIA, INTERIOR, DIÁLOGO SOCIAL Y SIMPLIFICACIÓN ADMINISTRATIVA La puesta en marcha del Fondo de Recuperación «Next Generation UE» destinado a impulsar la convergencia, la resiliencia y la transformación en la Unión Europea en respuesta a la crisis económica, social y sanitaria provocada por la pandemia de COVID-19, y dentro de aquél, del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (en adelante, MRR) establecido por el Reglamento (UE) 2021/241, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, está permitiendo a España movilizar un volumen de inversión sin precedentes a través de la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (en adelante, PRTR), España Puede. El PRTR, aprobado mediante la Decisión del Consejo de 13 de julio de 2021, incluye dentro de sus diez políticas palanca, y como una de las treinta líneas de acción que se identifican, la componente 15 (Conectividad digital, impulso a la ciberseguridad y despliegue del 5G), que comprende la inversión C15.I3 «Bonos digitales para pymes y colectivos vulnerables», que prevé la concesión de al menos 125.000 bonos de conectividad para colectivos vulnerables, con fecha límite de ejecución el 31 de diciembre de 2023. Para asegurar el aprovechamiento de todos los fondos Next Generation, el Consejo de Ministros, en su reunión del 6 de junio de 2023, aprobó la Adenda de modificación del PRTR. Con la aprobación de la Adenda al PRTR por la Comisión Europea el 2 de octubre de 2023, se ha modificado el calendario y la definición de algunos hitos originalmente establecidos en el PRTR, entre los que se encuentra el objetivo CID #239 vinculado a la citada inversión. El Real Decreto 1134/2023, de 19 de diciembre, por el que se modifica el Real Decreto 989/2021, de 16 de noviembre, por el que se aprueba la concesión directa a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla de ayudas para la ejecución del programa de emisión de bonos digitales para colectivos vulnerables, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, ya incorporó la ampliación del plazo de ejecución aprobado en la adenda, fijado ahora en el 31 de diciembre de 2024. Adicionalmente, a efecto de permitir una más adecuada ejecución de los fondos asignados y posibilitar la consecución del objetivo asociado a este programa de ayudas, el Gobierno de España estima oportuno introducir modificaciones añadidas en el Real Decreto 989/2021, de 16 de noviembre, y, a tal efecto, aprueba el Real Decreto 521/2024, de 4 de junio, por el que se modifica el Real Decreto 989/2021, de 16 de noviembre, por el que se aprueba la concesión directa a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla de ayudas para la ejecución del programa de emisión de bonos digitales para colectivos vulnerables, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Este Real Decreto establece un criterio mínimo para que las comunidades y ciudades autónomas puedan determinar qué personas pueden ser calificadas como integrantes de colectivos vulnerables, partiendo siempre de la premisa de vulnerabilidad en base a criterios económicos, se establecen normas más homogéneas y uniformes dirigidas a Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X https://www.juntadeandalucia.es/eboja 00311554 Orden de 20 de noviembre de 2024, por la que se modifica la Orden de 27 de septiembre de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras, en régimen de concurrencia no competitiva, de las subvenciones para la ejecución del Programa de Emisión de Bonos Digitales para colectivos vulnerables en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España -Financiado por la Unión Europea- Next Generation EU (Programa UNICOBono Social).
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Diario Oficial de Extremadura

Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Transformación Digital. Subvenciones. Decreto 117/2024, de 17 de septiembre, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas destinadas a la transformación digital del ámbito industrial en la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria.


... de octubre de 2024 49960 las pymes; y que existan mecanismos para asegurar ... post COVID-19”, se prevén ayudas a las empresas, esencialmente a las Pymes, en ...

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NÚMERO 200 Lunes 14 de octubre de 2024 49960 las pymes; y que existan mecanismos para asegurar el óptimo aprovechamiento del potencial de estas nuevas tecnologías. El Programa Operativo FEDER 2021-2027 para Extremadura tiene como objetivo impulsar el desarrollo socioeconómico en la región y contribuir a lograr los objetivos de Europa para el período 2021-2027. Se enfoca en áreas como la eficiencia energética, la transformación digital y tecnológica, así como la cohesión social mediante mejoras en infraestructuras sanitarias y apoyo a las pequeñas y medianas empresas. Además, busca fortalecer la empleabilidad y combatir el desempleo en la región, con el respaldo de fondos europeos y la colaboración de diversas autoridades y asociaciones. A través del Objetivo Político 1: “Una Europa más competitiva e inteligente, promoviendo una transformación económica innovadora e inteligente y una conectividad regional a las tecnologías de la información y de las comunicaciones”, se busca promover una transformación económica innovadora e inteligente y mejorar la conectividad TIC regional. Las actuaciones previstas incluyen el desarrollo de capacidades de investigación, innovación y tecnologías avanzadas, así como la promoción de la competitividad y la innovación en el tejido empresarial. Además, se fomentará una mayor movilidad urbana sostenible y la mejora de la formación en la Red de Centros de formación para el empleo. Por su parte, la Estrategia RIS3 Extremadura 2027 cuya finalidad es establecer las prioridades de la región para alcanzar una especialización inteligente, para hacer de Extremadura una región exportadora de productos y servicios de marca propia y alto valor añadido, conectando con las políticas y estrategias existentes a nivel internacional, nacional y regional, que tiene como objetivo avanzar hacia una transición ecológica y una transformación digital capaz de generar valor y explotar de forma sostenible nuestros recursos y capacidades, haciendo de Extremadura un destino atractivo para la inversión y el talento. La RIS3 Extremadura 2027 parte de 4 objetivos estratégicos que se desglosan en 10 línea estratégicas, a través de las cuales se deben implementar los programas del Plan de Actuación. Concretamente, en el ámbito del objetivo Estratégico 2 denominado “Transición industrial” en su línea Estratégica 7 denominada “Transformación Digital y Transición Ecológica”, y dentro de ésta en el programa 17 denominado “Impulso a la recuperación y la transformación industrial y la transición ecológica en la etapa post COVID-19”, se prevén ayudas a las empresas, esencialmente a las Pymes, en el aprovechamiento eficiente de las oportunidades generadas por las políticas de transformación digital y de transición ecológica impulsadas por la Comisión Europea, el Gobierno de España, y la Junta de Extremadura. En el ámbito regional, el Decreto-ley 2/2023, de 8 de marzo, de medidas urgentes de impulso a la inteligencia artificial en Extremadura establece una medida destinada al apoyo, promoción, impulso y desarrollo de los sistemas de inteligencia artificial.
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Boletín Oficial del Estado

III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. Resolución de 21 de mayo de 2024, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de las Subvenciones relacionadas con el COVID-19 convocadas por las comunidades autónomas y ciudades autónomas sin órgano de control externo propio, ejercicio 2020.


... , Programa II del Decreto-Ley 8/2020 COVID-19. Ayudas 2020 Facilitar Acceso Liquidez de autónomos y PYMES COVID-19, Reglamento Minimis 1407/2013. DecretoLey 9 ...

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 194 Lunes 12 de agosto de 2024 Sec. III. Pág. 104140 ANEXO 3 SUBVENCIONES Y AYUDAS FISCALIZADAS DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA RELACIONADAS CON EL COVID-19 Código BDNS Departamento Título de la convocatoria Importe (€) 540234 SEXPE Ayudas 2020 para el relanzamiento del autoempleo, Programa III del Decreto-Ley 8/2020 COVID-19. 5.000.000,00 540233 SEXPE 10.735.000,00 527944 DG de Empleo 523565 DG de Turismo 523231 DG de Política Agraria Comunitaria 519994 DG de Agricultura y Ganadería Ayudas 2020 para reactivación y mantenimiento del empleo, Programa II del Decreto-Ley 8/2020 COVID-19. Ayudas 2020 Facilitar Acceso Liquidez de autónomos y PYMES COVID-19, Reglamento Minimis 1407/2013. DecretoLey 9/2020. Ayudas 2020 financiación de préstamos a empresas turísticas. COVID-19, s/ Resolución de 10 de septiembre de 2020 que convoca. Ayuda 2020 Cosecha en Verde medidas extraordinarias COVID-19 s/ RD 557/2020 que la convoca. Ayudas a explotaciones agrarias afectadas por la crisis ocasionada por el COVID-19. 519706 Secretaría General de Ciencia, Tecnología, Innovación y Universidad 1.300.000,00 519705 Secretaría General de Ciencia, Tecnología, Innovación y Universidad 516042 SEXPE 513028 SEXPE 506048 DG de Vivienda Ayudas 2020 extraordinarias de la Modalidad II, Infraestructuras, para la contención sanitaria de la COVID-19, a proyectos de investigación industrial, desarrollo experimental e innovación a empresas. Resolución de 3 de agosto de 2020. Ayudas 2020 extraordinarias de la Modalidad I, Investigación, para la contención sanitaria de la COVID-19, a proyectos de investigación industrial, desarrollo experimental e innovación a empresas. Resolución de 3 de agosto de 2020. Ayudas 2020 al mantenimiento del empleo por cuenta propia, Programa I del DecretoLey 8/2020 medidas urgentes y extraordinarias COVID-19. Ayudas 2020 a microempresas y autónomos para la contratación temporal de trabajadores, Programa IV del DecretoLey 8/2020 COVID-19. Subvenciones 2020 alquiler vivienda COVID-19. 2.197.000,00 2.000.000,00 791.443,10 18.000.000,00 700.000,00 26.893.600,00 10.000.000,00 cve: BOE-A-2024-16734 Verificable en https://www.boe.es 2.300.000,00
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Boletín Oficial del Estado

III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA. Convenios. Resolución de 30 de julio de 2024, de la Entidad Pública Empresarial Red.es, M.P., por la que se publica el Convenio con el Colegio de Registradores de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles de España, para regular la colaboración en el programa Kit Consulting.


... tras la crisis de la COVID, y para responder a los ... para la concesión de ayudas a pequeñas y medianas ... el Plan de Digitalización de PYMEs 2021-2025 y el Plan ...

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Martes 6 de agosto de 2024 Sec. III. Pág. 101412 En el ejercicio de sus respectivos cargos, intervienen reconociéndose la legitimidad y la capacidad necesaria para la firma del presente convenio y, a tales efectos, EXPONEN I. El Colegio de Registradores es una Corporación de Derecho público con personalidad jurídica propia y plena capacidad, con competencia sobre sus colegiados en todo el territorio nacional, que tiene como fines, entre otros, coordinar el ejercicio de la actividad profesional de los Registradores; procurar con todos los medios a su alcance la permanente mejora de las actividades profesionales de los Registradores, proponiendo a la Administración las medidas que sean necesarias para la actualización y modernización de dichas actividades; colaborar con las Administraciones Públicas e instituciones; prestar los servicios y realizar las funciones que les sean propias en interés de las Administraciones Públicas e impulsar el proceso de modernización de las oficinas registrales. II. Red.es, es una entidad pública empresarial adscrita al Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública, a través de la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial, que tiene legalmente encomendadas, con carácter general, una serie de funciones con el objeto de contribuir al fomento y desarrollo de la Sociedad de la Información en España en todos los ámbitos de la actividad económica y social, incluida la gestión de los fondos estructurales comunitarios, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 3 del Real Decreto 164/2002, de 8 de febrero, por el que se aprueba el Estatuto de la Entidad Pública Empresarial Red.es. III. Con fecha de 13 de julio de 2021, el Consejo ECOFIN aprobó el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia a través de la Decisión de Ejecución del Consejo (2021/0156) relativa a la aprobación de la evaluación del plan de recuperación y resiliencia de España, que traza la hoja de ruta para la modernización de la economía española, la recuperación del crecimiento económico y la creación de empleo, para la reconstrucción económica sólida, inclusiva y resiliente tras la crisis de la COVID, y para responder a los retos de la próxima década. Este Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), está estructurado en torno a las cuatro transformaciones que el Gobierno situó como estratégicas en cuanto a la política económica en 2018: la transición ecológica, la transformación digital, la igualdad de género y la cohesión social y territorial. Además, conforma el instrumento de desarrollo de los fondos europeos de recuperación Next Generation EU y supone el impulso más relevante de la reciente historia económica española. El Plan detalla las inversiones y reformas, agrupadas en 30 componentes, para el periodo 2021-2023, movilizando alrededor de 70.000 millones de euros de transferencias del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, con el fin de impulsar la recuperación y lograr el máximo impacto económico y social. IV. El Programa «Kit Consulting» (Orden TDF/436/2024, de 10 de mayo, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas a pequeñas y medianas empresas para la contratación de Servicios de Asesoramiento para la Transformación Digital en el marco de la Agenda España Digital 2026, el Plan de Digitalización de PYMEs 2021-2025 y el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España Financiado por la Unión Europea-Next Generation EU (Programa Agentes del CambioKit Consulting) es un programa en el entorno del Kit Digital, cuyo objetivo es impulsar la transformación digital de las empresas y personas, financiando la contratación de servicios de asesoramiento de los Agentes Asesores Digitalizadores Adheridos (en adelante, los agentes). V. La gestión de los programas incluye la necesaria comprobación por parte de Red.es de que los solicitantes, así como los Agentes Asesores Digitales Adheridos, cumplen con los requisitos que se establezcan en las correspondientes convocatorias y adhesiones, entre ellos los referidos a la condición de pyme, el número de empleados o su situación de crisis. cve: BOE-A-2024-16320 Verificable en https://www.boe.es Núm. 189
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Boletín Oficial del Estado

III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES. Ayudas. Orden CNU/462/2024, de 10 de mayo, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas públicas destinadas al "Programa Tecnológico Espacial" y al apoyo de la cooperación tecnológica internacional en el ámbito de la salud ("Proyectos Multi-país"), en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PERTEs Aeroespacial y de Salud de Vanguardia) y por la que se aprueba la convocatoria correspondiente al año 2024 del "Programa Tecnológico Espacial".


... resiliente tras la crisis de la COVID, y para responder a los retos ... del volumen de ayudas públicas a la innovación empresarial, en particular a las PYMEs. El 2 ...

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Miércoles 15 de mayo de 2024 Sec. III. Pág. 55537 a la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, es responsable de la gestión de una parte importante de las ayudas del PEICTI 2024-2027, entre ellas, las referidas en los programas anteriormente citados. II Mediante Acuerdo de 27 de abril de 2021 el Consejo de Ministros aprobó el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), que incorpora una importante agenda de inversiones y reformas estructurales y a través del cual se realiza la instrumentación de la ejecución de los recursos financieros del fondo europeo de recuperación, de conformidad con lo establecido por la Decisión de Ejecución del Consejo relativa a la aprobación de la evaluación del PRTR de España (Council Implementing Decision-CID), de 13 de julio de 2021. El Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia traza la hoja de ruta para la modernización de la economía española, la recuperación del crecimiento económico y la creación de empleo, para la reconstrucción económica sólida, inclusiva y resiliente tras la crisis de la COVID, y para responder a los retos de la próxima década. Este Plan recibirá la financiación de los fondos Next Generation EU, entre ellos el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia. Las ayudas reguladas en esta Orden se enmarcan en el componente 17 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, denominado «Reforma institucional y fortalecimiento de las capacidades del sistema nacional de ciencia, tecnología e innovación», este componente pretende reformar el Sistema Español de Ciencia, Tecnología y de Innovación (SECTI) para adecuarlo a los estándares internacionales y permitir el desarrollo de sus capacidades y recursos. Se propone utilizar los recursos públicos para realizar cambios rápidos que adapten y mejoren la eficacia, la coordinación y colaboración y transferencia entre los agentes del SECTI y la atracción del sector privado, con gran impacto en el corto plazo sobre la recuperación económica y social del país. El compromiso claro del país de incrementar y acelerar la inversión en I+D+I de forma sostenible a largo plazo, hasta alcanzar la media europea en 2027, requerirá cambios estructurales, estratégicos y de digitalización en el sistema para ser eficiente. En este componente se marca una orientación estratégica y coordinada que permitirá la inversión en áreas prioritarias de I+D+I y el incremento del volumen de ayudas públicas a la innovación empresarial, en particular a las PYMEs. El 2 de octubre de 2023, la Comisión Europea aprobó la Adenda española al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, que incluye nuevas actuaciones en las inversiones 6 y 9 del componente 17, vinculadas a los siguientes Proyectos Estratégicos (PERTES): – Proyecto Estratégico para la Recuperación y Transformación Económica para la Salud de Vanguardia (PERTE de Salud, en adelante), aprobado mediante Acuerdo de Consejo de Ministros de 30 de noviembre de 2021, que tiene entre sus objetivos mejorar la salud de la población española a través del conocimiento científico, la innovación sanitaria de vanguardia y los datos como vectores de transformación. – Proyecto Estratégico para la Recuperación y Transformación Económica Aeroespacial (PERTE Aeroespacial), aprobado por el Consejo de Ministros el 22 de marzo de 2022, con el objetivo fundamental de que la industria aeroespacial española se convierta en un actor clave ante los retos y oportunidades asociados a las grandes transformaciones previstas en el sector en el corto y medio plazo. Las ayudas objeto de esta orden se incluyen en las inversiones siguientes: – Inversión 6 «Salud»: El refuerzo e internacionalización de las capacidades industriales en el sector salud en el ámbito de proyectos de I+D Multi-país orientados a recuperar la capacidad y autonomía estratégica vinculados al PERTE de Salud de Vanguardia. cve: BOE-A-2024-9825 Verificable en https://www.boe.es Núm. 118
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Boletín Oficial del Estado

III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA. Ayudas. Orden TDF/436/2024, de 10 de mayo, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas a pequeñas y medianas empresas para la contratación de Servicios de Asesoramiento para la Transformación Digital en el marco de la Agenda España Digital 2026, el Plan de Digitalización de PYMEs 2021-2025 y el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España –Financiado por la Unión Europea– Next Generation EU (Programa Agentes del Cambio–Kit Consulting).


... para la concesión de ayudas a pequeñas y medianas ... situación derivada del COVID-19, exige abordar ... medianas empresas (en adelante PYMEs), así como la capacitación ...

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 115 Sábado 11 de mayo de 2024 Sec. III. Pág. 54094 III. OTRAS DISPOSICIONES MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA 9524 Orden TDF/436/2024, de 10 de mayo, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas a pequeñas y medianas empresas para la contratación de Servicios de Asesoramiento para la Transformación Digital en el marco de la Agenda España Digital 2026, el Plan de Digitalización de PYMEs 2021-2025 y el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España –Financiado por la Unión Europea– Next Generation EU (Programa Agentes del Cambio–Kit Consulting). PREÁMBULO El proceso de transición digital en España, acelerado por la situación derivada del COVID-19, exige abordar urgentemente la digitalización de la empresa, especialmente de las pequeñas y medianas empresas (en adelante PYMEs), así como la capacitación digital de la población. La digitalización de las PYMEs se constituye como una de las herramientas principales para la modernización y mejora de la competitividad de la economía española, además de permitir una potencial mejora de la productividad, aumentar el tamaño de las PYMEs, internacionalizarse y desplegar el trabajo en red, tanto dentro de una misma rama de actividad como entre los distintos sectores económicos. España dispone de importantes ventajas en esta nueva revolución tecnológica, gracias a la sólida red de conectividad e infraestructuras digitales y al progreso logrado en digitalización de las Administraciones Públicas, que se traduce en una posición de referencia en el Índice DESI 2023 (Índice de Economía y Sociedad Digital). No obstante, existen carencias relativas al bajo nivel de digitalización de las PYMEs en especial en el uso de tecnologías como la analítica avanzada de datos, la computación en la nube y la inteligencia artificial. Para aumentar su nivel de digitalización, las PYMEs tienen que afrontar un proceso de transformación digital, para lo que necesitan un asesoramiento especializado por empresas con perfiles profesionales expertos, que impulsen los procesos de digitalización relacionados con la gestión empresarial y estratégica, la mejora de los procesos con el cliente o la implantación de tecnologías habilitadoras digitales. A estas empresas las denominamos Agentes del Cambio. Los Agentes del Cambio pueden prestar apoyo a las PYMEs en sus procesos de transformación digital desempeñando actividades entre las que se encuentran el análisis de los procesos de negocio, la identificación de oportunidades para mejorar la gestión empresarial y la estrategia, impulsando la digitalización de la empresa y el cambio en la organización. Son, por tanto, empresas con profesionales con un perfil y experiencia específicos en competencias digitales para las PYMEs que pueden liderar su proceso de transformación. Este cambio derivado de la transformación digital requiere analizar los procesos y el negocio de la empresa, identificar oportunidades, diseñar e implementar un plan de transformación digital, asegurar su seguimiento y cumplimiento, así como acompañar todo el proceso de adquisición e implementación de soluciones, desarrollos y rediseño de procesos, evaluar su impacto y asegurar el cambio en la organización. cve: BOE-A-2024-9524 Verificable en https://www.boe.es I
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Boletín Oficial del Estado

III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA. Ayudas. Orden TDF/435/2024, de 9 de mayo, por la que se modifica la Orden ETD/1498/2021, de 29 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de ayudas para la digitalización de pequeñas empresas, microempresas y personas en situación de autoempleo, en el marco de la Agenda España Digital 2025, el Plan de Digitalización PYMEs 2021-2025 y el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España -Financiado por la Unión Europea- Next Generation EU (Programa Kit Digital).


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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Sábado 11 de mayo de 2024 Sec. III. Pág. 54053 Reglamentos de la Unión Europea al respecto, vigentes desde el 1 de enero de 2024, mediante el cual se procede a aumentar el límite máximo de las ayudas de minimis que una única empresa puede recibir por Estado miembro en cualquier periodo de tres años hasta los 300 000 euros. Se aclara el requisito de facturación para poder obtener la condición de Agente Digitalizador Adherido en el Programa Kit Digital, en el sentido de clarificar que el conocimiento indispensable del mercado español es susceptible de acreditación por otros medios distintos de la facturación en dicho mercado, garantizando una prestación óptima de las Categorías de Solución de Digitalización y siendo asimismo beneficioso para los beneficiarios. Se modifica el requisito de consideración de empresa en crisis, atendiendo a la extinción temporal de las garantías ofrecidas a las empresas por las consecuencias económicas y financieras de la pandemia COVID-19. La contingencia implementada estaba prevista para el periodo establecido (1 de enero de 2020 al 31 de diciembre de 2021) en el Reglamento (UE) n.º 2021/1237 de la Comisión, de 23 de julio de 2021, por el que se modifica el Reglamento (UE) n.º 651/2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado, así como las posibles prórrogas que se puedan derivar de este. Esta Orden, que se estructura en preámbulo, un artículo único, una disposición transitoria única y dos disposiciones finales, se dicta al amparo de las competencias exclusivas del Estado relativas a las bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica reconocida en el artículo 149.1.13.ª de la Constitución. El procedimiento de elaboración de esta Orden ha seguido las disposiciones de carácter general previstas en el artículo 26 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, con las especialidades dispuestas en el artículo 61.2 del Real Decretoley 36/2020, siendo preceptivos, únicamente, los informes de la Abogacía del Estado y de la Intervención Delegada del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital. No se ha considerado oportuno llevar a cabo trámites ni recabar informes no preceptivos mencionados en el artículo 26 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno. El artículo 17 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, establece que, en el ámbito de la Administración General del Estado, así como de los organismos públicos y restantes entidades de derecho público con personalidad jurídica propia vinculadas o dependientes de aquella, los ministros correspondientes establecerán las oportunas bases reguladoras de la concesión de subvenciones. Esta orden, de acuerdo con lo establecido en el segundo párrafo del artículo 17.1 de la referida Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, ha sido objeto de los informes preceptivos de la Abogacía del Estado y de la Intervención Delegada de la Intervención General de la Administración del Estado en el Departamento. En su virtud, dispongo: Artículo único. Modificación de la Orden ETD/1498/2021, de 29 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de ayudas para la digitalización de pequeñas empresas, microempresas y personas en situación de autoempleo, en el marco de la Agenda España Digital 2025, el Plan de Digitalización PYMEs 2021-2025 y el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España –Financiado por la Unión Europea– Next Generation EU (Programa Kit Digital). La Orden ETD/1498/2021, de 29 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de ayudas para la digitalización de pequeñas empresas, microempresas y personas en situación de autoempleo, en el marco de la Agenda España Digital 2025, el Plan de Digitalización PYMEs 2021-2025 y el Plan de cve: BOE-A-2024-9523 Verificable en https://www.boe.es Núm. 115
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