III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-22130)
Resolución de 18 de octubre de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto «Campaña adicional para el abandono definitivo de pozos de plataforma (Activo Casablanca, Tarragona)».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 259

Sábado 26 de octubre de 2024
Red Natura:

En cuanto al impacto del proyecto sobre la Red Natura 2000 de ámbito marino, el
documento ambiental identifica como efectos significativos la potencial afección sobre las
aves marinas de carácter pelágico objetivo de conservación de la ZEPA «Espacio marino
del Delta de l´Ebre-Illes Columbretes» (pardela cenicienta, pardela balear y paíño
europeo) derivada de las emisiones luminosas y los efectos sobre las especies de
interés comunitario potencialmente presentes (delfín mular y tortuga boba), derivados del
ruido generado durante las operaciones de corte mecánico. Considera compatible el
impacto por emisiones luminosas al estar las áreas de nidificación de las aves marinas
en la costa, alejadas. Respecto al impacto por ruido, concluye que no afectará a la
integridad de las especies objetivo de conservación, teniendo en cuenta los resultados
del modelo acústico, la aplicación de medidas preventivas y correctoras específicas que
garantizan que las operaciones de corte mecánico no puedan comenzar hasta que se
asegure la inexistencia de especies sensibles, y la alta sensibilidad y grado de protección
de delfín mular y de la tortuga boba, cuya presencia no puede descartarse.
No se consideran significativos los impactos derivados de la presencia y
desplazamiento de la embarcación de apoyo adicional, ni sobre las aves marinas, ni
sobre las aves migratorias terrestres; debido a la temporalidad del proyecto y a las
condiciones climatológicas del mar Mediterráneo. Tampoco considera significativos los
efectos sobre el delfín mular y la tortuga boba por lo ya señalado: reducido número de
viajes y velocidad máxima de la embarcación (14 nudos).
El Instituto Español de Oceanografía indica que el corte y la retirada de las tuberías
previsiblemente conllevará una considerable resuspensión de sedimentos, los cuales en
determinadas ubicaciones pueden ser especialmente amenazantes para las zonas
protegidas. El promotor aclara que las actividades previstas se limitan al corte y retirada
de tuberías de revestimiento y del conductor, y a la retirada de la cabeza de pozo.
Explica que el conductor es la tubería que une la cabeza de pozo, localizada en la
cubierta de producción de la plataforma Casablanca, con el interior del pozo en el fondo
marino a 161 m de profundidad. Señala que se trata, por tanto, de conducciones
(tuberías) verticales tanto internas (dentro del pozo) como externas (del fondo del mar a
la plataforma), que en ninguno de los casos están instaladas horizontalmente sobre la
superficie del fondo marino. De este modo, en el corte y retirada de estas tuberías no se
producirá remoción de los sedimentos y por tanto no habrá resuspensión.
La Subdirección General de Biodiversidad Terrestre y Marina del MITECO señala que
el proyecto y sus factores asociados, como la presencia física de instalaciones, ruido,
emisiones lumínicas y pequeños vertidos de hidrocarburos, ejercerán presiones
temporales sobre las aves marinas de la ZEPA, en particular sobre las pardelas y paíños,
debido a sus hábitos pelágicos. Al respecto informa los periodos de reproducción, en los
que su presencia es abundante cerca de la plataforma: (abril-septiembre) para el paíño
europeo mediterráneo, y (mayo-octubre) para la pardela cenicienta. No obstante,
concluye que la actuación no tendrá afección negativa significativa sobre los valores
naturales objeto de conservación de la ZEPA, siempre que se respeten las condiciones
que establece. El promotor acepta cumplir con todas las limitaciones y requisitos
establecidos por esa Subdirección General y confirma que cumplirá con la legislación y
normativa aplicables al proyecto.
En cuanto a los espacios Red Natura 2000 en costa, el promotor no prevé ninguna
afección derivada de las actividades rutinarias porque se realizarán mar adentro, lejos de
la costa y porque no se contemplan vuelos adicionales a los requeridos por la operativa
habitual de la plataforma.
La Dirección General de Políticas Ambientales y Medio Natural de la Generalitat de
Catalunya informa favorablemente el proyecto, si bien formula una serie de
consideraciones para asegurar que se evitan potenciales impactos negativos. El
promotor acepta cumplir con todas las limitaciones y requisitos establecidos en los
informes recibidos.

cve: BOE-A-2024-22130
Verificable en https://www.boe.es

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