III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA. Ayudas. (BOE-A-2024-9524)
Orden TDF/436/2024, de 10 de mayo, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas a pequeñas y medianas empresas para la contratación de Servicios de Asesoramiento para la Transformación Digital en el marco de la Agenda España Digital 2026, el Plan de Digitalización de PYMEs 2021-2025 y el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España –Financiado por la Unión Europea– Next Generation EU (Programa Agentes del Cambio–Kit Consulting).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 115

Sábado 11 de mayo de 2024

Sec. III. Pág. 54114

DACI y en caso de que se identifique un potencial conflicto de intereses, se procederá a
las medidas que se establecen en la citada orden.
Artículo 15.

Otras formas de colaboración.

La Entidad Pública Empresarial Red.es, M.P., podrá concertar convenios de
colaboración para la gestión del Programa de acuerdo con la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Artículo 16. Criterio para la concesión de la subvención.
Las ayudas se concederán teniendo en cuenta el orden de presentación de las
solicitudes, una vez realizadas las comprobaciones de cumplimiento de los requisitos
exigidos hasta que se agote el crédito presupuestario asignado en la convocatoria, de
acuerdo con lo establecido en el artículo 62 del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de
diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la
Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia.
Modalidad de la ayuda y compatibilidad con otras ayudas.

1. La ayuda se otorgará mediante el procedimiento de concurrencia no competitiva,
por riguroso orden de solicitud y hasta que se agote la disponibilidad de fondos del
programa, de conformidad con el artículo 62 del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de
diciembre, y sus características se establecen el capítulo II de esta Orden.
2. Las ayudas previstas en esta Orden son incompatibles con la percepción de
otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, que cubran el mismo coste,
procedentes de cualquier Administración o entes públicos o privados nacionales, de la
Unión Europea o de organismos internacionales, en aplicación del artículo 9 del
Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo del Consejo de 12 de febrero
de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
3. Las ayudas previstas en esta Orden son incompatibles con cualquier ayuda
otorgada al mismo beneficiario por la Orden ETD/1345/2022, de 28 de diciembre, por la
que se aprueban las bases reguladoras y se efectúa la convocatoria correspondiente
a 2022 para la concesión de ayudas a pequeñas y medianas empresas para la
contratación de profesionales de la Transformación Digital en el marco de la Agenda
España Digital 2026, el Plan de Digitalización de PYMEs 2021-2025 y el Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia de España, financiado por la Unión
Europea, NextGenerationEU (Programa Agentes del Cambio).
4. Las ayudas previstas en esta Orden son incompatibles con cualquier ayuda
otorgada al mismo beneficiario por el Real Decreto 174/2023, de 14 de marzo, por el que
se regula la concesión directa de subvenciones a centros de innovación digital dentro del
Programa de Apoyo a los Digital Innovation Hubs (PADIH), en el marco del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia.
5. Las ayudas previstas en esta Orden son incompatibles con cualquier ayuda
otorgada al mismo beneficiario por la Orden ICT/819/2022, de 12 de agosto, por la que
se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas dirigidas a impulsar el
crecimiento de las PYMEs a través de los programas «Activa Industria 4.0», «Activa
Crecimiento» y «Activa Ciberseguridad», en el marco del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia.
6. El importe de las subvenciones en ningún caso podrá ser de tal cuantía que,
aisladamente o en concurrencia con otros ingresos o recursos, supere el coste de la
actividad subvencionada.

cve: BOE-A-2024-9524
Verificable en https://www.boe.es

Artículo 17.