III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA. Ayudas. (BOE-A-2024-9524)
Orden TDF/436/2024, de 10 de mayo, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas a pequeñas y medianas empresas para la contratación de Servicios de Asesoramiento para la Transformación Digital en el marco de la Agenda España Digital 2026, el Plan de Digitalización de PYMEs 2021-2025 y el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España –Financiado por la Unión Europea– Next Generation EU (Programa Agentes del Cambio–Kit Consulting).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 115

Sábado 11 de mayo de 2024

Sec. III. Pág. 54112

Además, solo pueden seleccionarse aquellas actividades que cumplan la legislación
medioambiental nacional y de la UE pertinente.
Artículo 12.

Catálogo de Servicios de Asesoramiento.

El Catálogo de Servicios de Asesoramiento del Programa es la relación de
referencias a servicios de asesoramiento disponibles en el mercado que cumplen con las
especificaciones de alguna de las Categorías de Servicios de Asesoramiento reguladas
en el artículo 13 y determinadas en el Anexo IV, ofertadas por los Asesores Digitales
Adheridos, y que los beneficiarios de las ayudas podrán adoptar. Estará accesible desde
la plataforma Acelera PYME, gestionada por el órgano concedente.

a) Categoría a la que se asocia.
b) En su caso, sector de actividad al que se dirige.
c) Territorio en el que se despliega el servicio de asesoramiento, pudiendo ser todo
el territorio español o una relación exclusiva de provincias.
d) Enlace a la página web dedicada en el dominio del Asesor Digital Adherido, con
el formato y requisitos que se establezcan el Anuncio de Adhesión al Programa, en la
que figurarán por cada referencia los diferentes servicios de asesoramiento que ofrece
distribuidos por segmentos de beneficiarios, sectores y los nombres de dichos servicios.
En la página web del Asesor Digital Adherido, podrá detallarse la oferta comercial dentro
de cada referencia, siempre y cuando los servicios ofrecidos cumplan con los requisitos
mínimos establecidos en la Categoría de Servicio de Asesoramiento a la que pertenece
la referencia.
Artículo 13. Categorías de Servicios de Asesoramiento.
1. Las Categorías de Servicios de Asesoramiento especificarán los objetivos,
requisitos mínimos de servicio que deben cumplir los servicios de asesoramiento

cve: BOE-A-2024-9524
Verificable en https://www.boe.es

1. El Catálogo de Servicios de Asesoramiento del Programa tiene, exclusivamente,
la función de facilitar el acceso a la ayuda económica y la selección por parte del
beneficiario, de servicios de asesoramiento en transformación digital disponibles en el
mercado, sin que, en ningún caso, el órgano concedente sea responsable del
funcionamiento ni de la verificación del funcionamiento de dichos servicios, que se
ofrecen a título meramente informativo.
2. Por Catálogo de Servicios de Asesoramiento del Programa se entiende la
relación de categorías de servicios ofertadas por los Asesores Digitales Adheridos al
Programa, que estén disponibles en el mercado y cumplan las especificaciones de las
Categorías de Servicios descritas en el Anexo IV de estas bases reguladoras.
3. El Catálogo de Servicios estará accesible desde la plataforma «Acelera PYME»,
disponible en https://www.acelerapyme.gob.es/ gestionada por el órgano concedente de
los bonos del Programa.
4. El Catálogo de Servicios de Asesoramiento del Programa organizará la oferta en
las Categorías de Servicios de Asesoramiento, el sector de actividad, y la zona
geográfica, entre otros.
5. Los Asesores Digitales Adheridos que deseen ofrecer a los potenciales
beneficiarios del Programa sus servicios asociados podrán dar de alta y de baja en el
Catálogo de Servicios de Asesoramiento del Programa las referencias de servicios que
oferten en el mercado en las distintas Categorías del Anexo IV de las presentes bases
reguladoras. Todas las gestiones de alta, baja y actualización de referencias en el
Catálogo de Asesores Digitales Adheridos se realizarán mediante los formularios y
procedimientos que se incluyan en el Anuncio de Adhesión, siendo responsables los
Prestadores de Servicios y Soluciones Adherido al Programa de la veracidad de la
información que proporcionen.
6. La referencia ofertada al Programa por un Asesor Digital Adherido deberá
especificar: