III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA. Ayudas. (BOE-A-2024-9523)
Orden TDF/435/2024, de 9 de mayo, por la que se modifica la Orden ETD/1498/2021, de 29 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de ayudas para la digitalización de pequeñas empresas, microempresas y personas en situación de autoempleo, en el marco de la Agenda España Digital 2025, el Plan de Digitalización PYMEs 2021-2025 y el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España -Financiado por la Unión Europea- Next Generation EU (Programa Kit Digital).
43 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 115

Sábado 11 de mayo de 2024

Sec. III. Pág. 54073

proceso, aumento o enriquecimiento de los servicios y funcionalidades de la
solución existente. Tampoco podrá ser una actualización de versiones de software,
ni upgrades o mejora de versiones ya existentes.
En caso de implantarse un nuevo módulo individual, deberá garantizarse que
la solución completa que finalmente quede implantada (existente más de los
módulos individuales implantados), cumpla todos los requisitos de la categoría de
gestión de procesos, establecidos en las bases, teniendo en cuenta que los
módulos individuales deberán ofertarse a precio de mercado.»
Veintidós. La categoría de solución de digitalización VII. Factura Electrónica, del
anexo IV, Categorías de soluciones de digitalización, queda redactada como sigue:
«VII.

Gestión de la facturación y factura electrónica

Para los segmentos I, II y III:
Objetivo: Digitalizar el flujo de facturas expedidas entre las empresas
beneficiarias y sus clientes y de facturas recibidas de proveedores y asegurar, por
medio de sistemas electrónicos o informáticos, la digitalización y securización de
los procesos de negocio relacionados con la facturación en las pymes.
Importe de la ayuda:
Segmento III
0 < X1 < 3 empleados

Segmento II
3 ≤ X1 < 10 empleados

Segmento I
10 ≤ X1 < 50 empleados

1.000 €
(1 usuario)

2.000 €
(3 usuarios)

2.000 €
(3 usuarios)

1

Siendo X el número de empleados, según lo dispuesto en el artículo 7.2.

Porcentajes de ejecución asociados a las fases:
Primera: 70 %.
Segunda: 30 %.
Requisitos mínimos:
Funcionalidades y servicios:
Esta solución incluye un número de horas de parametrización para la
definición de las particularidades, modificación y configuración de la gestión de la
facturación y la factura electrónica de venta; la numeración, el idioma, descuentos,
datos adicionales, visualización, formatos, etcétera. Estas horas se determinan
para cada uno de los segmentos de empresas definidos en el artículo 7.2 de la
siguiente forma:

Este proceso es esencial para la posterior implantación y despliegue de la
solución de digitalización que proporcionará, como mínimo, las funcionalidades y/o
servicios que se detallan a continuación:
– Facturas en formato estructurado: La solución deberá permitir la emisión de
facturas en formatos estructurados, al menos en formato FACTURA-E, para
facilitar su tratamiento automatizado.
– Facturas ilimitadas: La solución deberá permitir la emisión y recepción de un
número ilimitado de facturas.

cve: BOE-A-2024-9523
Verificable en https://www.boe.es

– Segmentos I (10-menos de 50 empleados) y II (3-menos de 10 empleados):
10 horas de parametrización.
– Segmento III (0-menos de 3 empleados): 5 horas de parametrización.