III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA. Ayudas. (BOE-A-2024-9523)
Orden TDF/435/2024, de 9 de mayo, por la que se modifica la Orden ETD/1498/2021, de 29 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de ayudas para la digitalización de pequeñas empresas, microempresas y personas en situación de autoempleo, en el marco de la Agenda España Digital 2025, el Plan de Digitalización PYMEs 2021-2025 y el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España -Financiado por la Unión Europea- Next Generation EU (Programa Kit Digital).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 115

Sábado 11 de mayo de 2024

Sec. III. Pág. 54064

– Formas de envío: Configuración e integración de métodos de envío digital
y/o físico de los productos comercializados por el beneficiario en la tienda online.»
Dieciocho. La categoría de solución de digitalización III. Gestión de Redes Sociales,
del anexo IV, Categorías de soluciones de digitalización, queda redactada como sigue:
«III. Gestión de redes sociales
Para los segmentos I, II y III:
Objetivo: Promocionar a las empresas beneficiarias en redes sociales.
Importe de la ayuda:
Segmento III
0 < X1 < 3 empleados

Segmento II
3 ≤ X1 < 10 empleados

Segmento I
10 ≤ X1 < 50 empleados

2.000 €

2.500 €

2.500 €

1

Siendo X el número de empleados, según lo dispuesto en el artículo 7.2.

Porcentajes de ejecución asociados a las fases:
Primera: 40 %.
Segunda: 60 %.
Requisitos mínimos:
Funcionalidades y servicios:
– Social Media Plan: Definición e implementación de una estrategia de redes
sociales alineada con la misión y visión de la pyme, que sea relevante y conecte
con los potenciales clientes, y fidelice a aquellos usuarios que ya lo sean.
– Monitorización de redes sociales: Monitorización y control periódico a través
de métricas de referencia del impacto de las acciones, para cuantificar los
resultados y comprobar si se están cumpliendo los objetivos marcados en la
estrategia.
– Optimización de la red/Auditoría Social Media: Análisis de los diferentes
canales sociales para poder optimizar el rendimiento.
– Gestión de una red social: Administración del perfil/usuario de la pyme en, al
menos, una red social.
– Publicación de posts semanales: Publicación por parte del agente
digitalizador de un mínimo de 4-8 entradas (posts) mensuales.
Para los segmentos IV y V:
Objetivo: Promocionar a las empresas beneficiarias en redes sociales.

Segmento IV
50* ≤ X1 < 100 empleados

Segmento V
100 ≤ X1 < 250 empleados

5.000 €

5.000 €

Siendo X el número de empleados, según lo dispuesto en el artículo 7.2.
* Excepción del artículo 7.2.d): En el segmento IV se incluyen las empresas con menos de 50
empleados que tengan consideración de mediana empresa al superar el volumen de negocios anual y
balance general anual de 10 millones de euros.
1

cve: BOE-A-2024-9523
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Importe de la ayuda: