III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA. Ayudas. (BOE-A-2024-9523)
Orden TDF/435/2024, de 9 de mayo, por la que se modifica la Orden ETD/1498/2021, de 29 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de ayudas para la digitalización de pequeñas empresas, microempresas y personas en situación de autoempleo, en el marco de la Agenda España Digital 2025, el Plan de Digitalización PYMEs 2021-2025 y el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España -Financiado por la Unión Europea- Next Generation EU (Programa Kit Digital).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 115

Sábado 11 de mayo de 2024

Sec. III. Pág. 54063

– Accesibilidad: El diseño debe cumplir con criterios de conformidad de nivel
AA de las Pautas WCAG-2.1.
– Posicionamiento básico en internet: Posicionamiento de la información
básica del negocio, contacto y perfil de la empresa en los principales sites, redes
de negocio o directorios de empresas y profesionales.
– Optimización de la presencia en buscadores (SEO): Análisis de palabras
clave, análisis de competencia, SEO On-Page de dos páginas o apartados,
indexación y jerarquización del contenido e informes trimestrales de seguimiento.
– Autogestionable: Se deberá proveer una plataforma de gestión de
contenidos para el beneficiario, de manera que sea autónomo a la hora de
modificar el contenido de sus páginas web, sin la necesidad de recurrir al soporte
de la empresa proveedora.
– Formas de envío: Configuración e integración de métodos de envío digital y
físico de los productos comercializados por el beneficiario en la tienda online.
Para los segmentos IV y V:
Objetivo: Creación de una tienda online de compraventa de productos y/o
servicios que utilice medios digitales para su intercambio.
Importe de la ayuda:
Segmento IV
50* ≤ X1 < 100 empleados

Segmento V
100 ≤ X1 < 250 empleados

5.000 €

5.000 €

Siendo X el número de empleados, según lo dispuesto en el artículo 7.2.
* Excepción del artículo 7.2.d): En el segmento IV se incluyen las empresas menos de 50
empleados que tengan consideración de mediana empresa al superar el volumen de negocios anual y
balance general anual de 10 millones de euros.
1

Porcentajes de ejecución asociados a las fases:
Primera: 70 %.
Segunda: 30 %.
Requisitos mínimos:

– Creación de la tienda online o E-Commerce y alta de catálogo de productos:
Producción de un catálogo mediante el alta, importación o carga de los productos
o artículos de la PYME. El número de referencias a cargar por el agente
digitalizador será de al menos 100 referencias de productos, salvo que la PYME
no disponga de este número, en cuyo caso podrá ser menor.
– Métodos de pago: Configuración e integración de los métodos de pago.
– Diseño Responsive: La solución de E-Commerce diseñada debe adaptarse
para ser funcional en todo tipo de dispositivos.
– Accesibilidad: El diseño debe cumplir con criterios de conformidad de nivel
AA de las Pautas WCAG-2.1.
– Posicionamiento básico en internet: Posicionamiento de la información
básica del negocio, contacto y perfil de la empresa en los principales sites, redes
de negocio o directorios de empresas y profesionales.
– Optimización de la empresa en buscadores (SEO): Análisis de palabras
clave, análisis de la competencia, SEO On-Page de dos páginas o apartados,
indexación y jerarquización del contenido e informes trimestrales de seguimiento.
– Creación de un feed o índice de productos para su inserción en buscadores.

cve: BOE-A-2024-9523
Verificable en https://www.boe.es

Funcionalidades y servicios: