III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA. Convenios. (BOE-A-2024-1558)
Resolución de 5 de diciembre de 2023, de la Dirección General del Libro, del Cómic y de la Lectura, por la que se publica el Convenio con el Gabinete Literario de Las Palmas de Gran Canaria, para la digitalización y catalogación de una colección de grabaciones sonoras conservadas en sus instalaciones.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 24

Sábado 27 de enero de 2024

Sec. III. Pág. 10339

siguientes del Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba el Texto
Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual. El Ministerio de Cultura y Deporte podrá
realizar, permanentemente y en todos los países del mundo, los actos de reproducción,
distribución, comunicación pública y transformación que estime convenientes de esta copia y
sus metadatos asociados en cualquiera de las modalidades de explotación existentes y
conocidas al día de la fecha, todo ello sin perjuicio de los derechos de propiedad intelectual
de los contenidos afectados por estos usos, en aplicación de la legislación de Propiedad
Intelectual. En particular, el Ministerio de Cultura y Deporte podrá difundir dicho recurso
digital, incluidos sus metadatos, por cualquier medio y en el marco de cualquier proyecto,
actuación o iniciativa de cualquier clase que adopte para el cumplimiento de los fines que
tiene encomendados, y podrá autorizar la reproducción de imágenes sueltas del recurso
digital generado a terceros, para su utilización en publicaciones, exposiciones y demás
actividades de tipo educativo, científico o cultural.
La segunda copia será entregada a el Gabinete Literario de Las Palmas de Gran
Canaria, que será titular de los derechos de explotación y propiedad intelectual sobre
ella, conforme a los artículos 17 y siguientes del Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12
de abril. el Gabinete Literario de Las Palmas de Gran Canaria podrá realizar,
permanentemente y en todos los países del mundo, los actos de reproducción,
distribución, comunicación pública y transformación que estime convenientes de esta
segunda copia digital y de sus metadatos asociados en cualquiera de las modalidades
de explotación existentes y conocidas al día de la fecha, así como autorizar a terceros a
realizar todas estas operaciones, todo ello sin perjuicio de los derechos de propiedad
intelectual de los contenidos afectados por estos usos, en aplicación de la legislación de
Propiedad Intelectual. En particular, el Gabinete Literario de Las Palmas de Gran Canaria
podrá difundir dicho recurso digital, incluidos sus metadatos, por cualquier medio y en el
marco de cualquier proyecto, actuación o iniciativa de cualquier clase que adopte para el
cumplimiento de los fines que tiene encomendados, y podrá autorizar la reproducción de
imágenes sueltas del recurso digital generado a terceros, para su utilización en
publicaciones, exposiciones y demás actividades de tipo educativo, científico o cultural.
Tercera.

Obligaciones del Gabinete Literario de Las Palmas de Gran Canaria.

1. el Gabinete Literario de Las Palmas de Gran Canaria se compromete a facilitar el
acceso al Ministerio de Cultura y Deporte al ejemplar que conserva de la colección de
grabaciones sonoras, objeto de este convenio para que se proceda a su digitalización y
catalogación, una vez el convenio sea plenamente eficaz conforme a lo dispuesto en la
cláusula sexta.
2. El incumplimiento de esta obligación tendrá como consecuencia la resolución del
convenio conforme a lo previsto en el apartado 3.1.c) de la cláusula quinta.
Cuarta. Obligaciones del Ministerio de Cultura y Deporte.
Son obligaciones del Ministerio de Cultura y Deporte:

a) Digitalizar y catalogar la colección de grabaciones sonoras objeto de este convenio.
b) Los trabajos de digitalización y catalogación a los que se refiere el número
anterior se realizarán conforme a la normativa técnica y demás recomendaciones de
organismos nacionales e internacionales que se vienen aplicando por dicho
departamento ministerial. En concreto, se ajustará a las condiciones técnicas y controles
de calidad establecidos en el documento «Requisitos técnicos de los proyectos de
digitalización de patrimonio bibliográfico y de prensa histórica de la SGCB» disponible en
el portal Travesía (http://hdl.handle.net/10421/8981).
c) Facilitar una copia del recurso digital generado mediante la digitalización de la
colección de grabaciones sonoras objeto de este convenio al Gabinete Literario de Las
Palmas de Gran Canaria.

cve: BOE-A-2024-1558
Verificable en https://www.boe.es

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