III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA. Convenios. (BOE-A-2024-1558)
Resolución de 5 de diciembre de 2023, de la Dirección General del Libro, del Cómic y de la Lectura, por la que se publica el Convenio con el Gabinete Literario de Las Palmas de Gran Canaria, para la digitalización y catalogación de una colección de grabaciones sonoras conservadas en sus instalaciones.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 24

Sábado 27 de enero de 2024

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dominio público por haberse extinguido conforme a lo establecido en el Real Decreto
Legislativo 1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de
Propiedad Intelectual. De otro modo, esto es, en el supuesto de publicaciones en papel u
otros soportes cuyos derechos de explotación no hayan pasado al dominio público, pero
cuya inclusión en un proyecto de digitalización se considere de interés conforme a lo
establecido en el punto primero de esta exposición, el Ministerio de Cultura y Deporte
puede digitalizar este tipo de colecciones siempre y cuando previamente haya recabado
la autorización de los titulares de dichos derechos de explotación para digitalizar
(mediante escaneo y tratamiento bibliográfico) dichas publicaciones en papel u otros
soportes, así como para difundir los recursos digitales generados mediante esta
digitalización a través de Internet.
Octavo.
Dado que la colección de grabaciones sonoras conservada en las instalaciones del
Gabinete Literario de Las Palmas de Gran Canaria forma parte del patrimonio históricoartístico español, deberán tenerse en cuenta las disposiciones de la Ley 16/1985, de 25
de junio, del Patrimonio Histórico Español.
En consecuencia, el Ministerio de Cultura y Deporte y el Gabinete Literario de Las
Palmas de Gran Canaria acuerdan formalizar el presente convenio conforme a las
siguientes
CLÁUSULAS
Primera.

Objeto del convenio.

El presente convenio tiene por objeto la digitalización (mediante escaneo y
tratamiento bibliográfico) y la catalogación de una colección de grabaciones sonoras
conservada por el Gabinete Literario de Las Palmas de Gran Canaria con la finalidad de
mejorar el acceso a dicha colección y lograr su preservación.
Dicha colección consta de treinta grabaciones sonoras.
El anexo a este convenio contiene una descripción de esta colección.
Propiedad intelectual y derechos de autor.

1. Los derechos de explotación sobre la colección de grabaciones sonoras
mencionada en la cláusula anterior, pertenecen a el Gabinete Literario de Las Palmas de
Gran Canaria o se han extinguido y han pasado al dominio público, todo ello conforme a
lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba
el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual. En consecuencia, es lícito
digitalizar y catalogar la colección de grabaciones sonoras objeto de este convenio y
difundir los recursos digitales generados mediante esta digitalización a través de Internet
recabando los derechos de reproducción y comunicación pública en el primero de estos
casos o sin recabar derecho alguno, en el segundo.
2. El Gabinete Literario de Las Palmas de Gran Canaria autoriza al Ministerio de
Cultura y Deporte a digitalizar y catalogar la colección de grabaciones sonoras objeto de
este convenio.
3. El recurso digital generado mediante la digitalización y catalogación de la
colección de grabaciones sonoras objeto de este convenio está sujeta a protección
conforme a los artículos 12, 128 y 129 del Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de
abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual.
4. El Ministerio de Cultura y Deporte generará dos copias del recurso digital
mencionado en el número anterior.
Una de estas copias quedará en propiedad del Ministerio de Cultura y Deporte, que será
titular de sus derechos de explotación y propiedad intelectual, conforme a los artículos 17 y

cve: BOE-A-2024-1558
Verificable en https://www.boe.es

Segunda.