III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE. Comunidad Autónoma del País Vasco. Convenio. (BOE-A-2024-1543)
Resolución de 27 de noviembre de 2023, de la Entidad Pública Empresarial ADIF-Alta Velocidad, por la que se publica el Convenio con la Comunidad Autónoma del País Vasco, para la redacción de proyectos de plataforma y construcción de obras de plataforma del corredor de acceso a la estación de Bilbao-Abando de la nueva red ferroviaria en el País Vasco.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 27 de enero de 2024

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IV. Por su parte, el artículo 47.2.a) la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público prevé que, dentro del objeto de los distintos tipos de
convenios a suscribir por las distintas Administraciones Públicas, los organismos
públicos y las entidades de derecho público vinculados o dependientes, se podrá incluir
la utilización de medios y servicios de otra Administración Pública, organismo público o
entidad de derecho público vinculado o dependiente, para el ejercicio de competencias
propias o delegadas.
V. Que con fecha 15 de marzo de 2019, la Secretaría General de Infraestructuras
del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (MITMA) resolvió aprobar
provisionalmente el «Estudio informativo de la Nueva Red Ferroviaria del País Vasco.
Corredor de acceso y estación de Bilbao-Abando» e iniciar el proceso de información
pública y audiencia de administraciones, a efectos tanto sectoriales como ambientales.
Con fecha 26 de marzo de 2019, se publicó en el BOE núm. 73 el anuncio por el que
se sometía a Información Pública y Audiencia el citado Estudio Informativo.
Una vez redactado el expediente de información pública y audiencia, con fecha 10 de
septiembre de 2019, se procedió a su envío al Ministerio para la Transición Ecológica y
Reto Demográfico, solicitando el inicio de la evaluación ambiental ordinaria, de acuerdo
con el artículo 39 de la Ley 21/2013 de evaluación ambiental.
Mediante Resolución de 15 de diciembre de 2022 (BOE de 23 de diciembre de 2022)
de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental del Ministerio para la
Transición Ecológica y Reto Demográfico, se formuló la declaración de impacto
ambiental del «Estudio informativo de la Nueva Red Ferroviaria del País Vasco. Corredor
de acceso y estación de Bilbao-Abando» en la que se establecen las condiciones
ambientales que resultan de la evaluación ambiental practicada.
Con fecha 25 de enero de 2023, la Secretaría General de Infraestructuras del
Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (MITMA) resolvió aprobar el
expediente de información pública y audiencia y definitivamente el «Estudio informativo
de la Nueva Red Ferroviaria del País Vasco. Corredor de acceso y estación de BilbaoAbando». La solución definitivamente aprobada se corresponde con la informada
favorablemente por la declaración de impacto ambiental, que consiste en la alternativa 1
(este) para el corredor de acceso junto con la opción de reubicar la base de
mantenimiento en el nivel -1,5 de la futura estación soterrada de Bilbao-Abando (BOE
de 1 de febrero de 2023).
El «Estudio Informativo de la Nueva Red Ferroviaria en el País Vasco. Corredor de
Acceso y Estación de Bilbao-Abando» tiene dos partes diferenciadas; por un lado, la
definición del corredor de acceso en ancho estándar a la estación de Bilbao-Abando
desde el tramo de la Nueva Red Ferroviaria en el País Vasco previo, el tramo GaldakaoBasauri ya ejecutado; y, por otro lado, el diseño de una nueva estación soterrada, a la
cual el citado corredor de acceso llega al nivel inferior.
VI. Que la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco
considera necesario contribuir al objetivo de construir la Nueva Red Ferroviaria en el
País Vasco y que con este fin manifiesta su voluntad de implicarse en la redacción del
proyecto de construcción de plataforma y en la ejecución de las obras de plataforma del
corredor de acceso a la estación de Bilbao-Abando de la Nueva Red Ferroviaria en el
País Vasco, desde el reconocimiento de que la realización de dicha obra de interés
general compete y obliga en último término a la Administración General del Estado, a
través de la entidad pública empresarial ADIF-Alta Velocidad, de acuerdo con lo
dispuesto en el artículo 23.1.a) de la Ley 38/2015, de 29 de septiembre, del sector
ferroviario.
VII. Que, en virtud de lo anteriormente expuesto, la entidad pública empresarial
ADIF-Alta Velocidad y la Administración General de la Comunidad Autónoma del País
Vasco, consideran conveniente, por razones de eficacia y oportunidad, y al amparo de la
especialidad prevista en el artículo 6.4 de la Ley del Sector Ferroviario, y conforme a lo
dispuesto en el artículo 47.2.a) la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público, suscribir un convenio para que la Administración General de la

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