3. Otras disposiciones. . (2025/85-42)
Resolución de 30 de abril de 2025, del Instituto Andaluz de Administración Pública, por la que se publica convenio específico entre la Universidad Internacional de Andalucía y el Instituto Andaluz de Administración Pública para la organización de la II Edición del Máster de Formación Permanente en Liderazgo y Dirección Pública.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 85 - Miércoles, 7 de mayo de 2025
página 6207/5
plaza ordenadas por puntuación en el baremo. Posteriormente se iniciará la valoración
de la memoria que contemple el proyecto de mejora a ejecutar en su órgano o unidad
administrativa que se valorará con un máximo de 25 puntos con los siguientes criterios:
1.º Aplicabilidad del proyecto presentado.
2.º Innovación de la propuesta como generadora de valor público.
3.º Contribución a la mejora de los servicios ofertados a la ciudadanía.
4.º Defensa del proyecto ante la Comisión.
5.º Simplificación de los procedimientos a aplicar por el órgano gestor.
La valoración de la memoria se realizará por tres personas designadas por la
dirección del Instituto. Realizada esta segunda valoración se ordenará las personas
según la puntuación obtenida y serán las seleccionadas por el Instituto.
El programa del Máster, contenido, desarrollo temporal, así como las condiciones
de su realización y evaluación serán las que se recogen en la memoria del presente
convenio, sin perjuicio de las obligadas variaciones que sean imprescindibles efectuar
en cuanto a ponentes o conferencias por causa de imprevistos o por motivos de otra
índole, valoradas por la comisión académica y con el informe favorable de la Comisión de
Posgrado de la UNIA y ulterior aprobación por el Consejo de Gobierno de la UNIA.
La UNIA avalará académicamente este Máster, emitiendo los correspondientes títulos
a los participantes que cumplan los requisitos establecidos en su sistema de evaluación
de acuerdo con la normativa de aplicación, así como las certificaciones académicas que
se soliciten.
Por su parte el Instituto homologará este Máster con las condiciones y en los términos
establecidos en este convenio y conforme a los criterios y con los efectos establecidos
con carácter general por la normativa reguladora de dicho procedimiento.
Cuarta. De las obligaciones y compromisos en la financiación.
Para la ejecución del convenio se aprueba un presupuesto máximo de noventa y un
mil cuatrocientos noventa y cinco con veintiséis euros (91.495,26 €), según desglose que
se recoge en la memoria adjunta y que es aprobado por ambas partes.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00319808
Tercera. De las obligaciones y compromisos en la organización.
Para la ejecución de este convenio, las partes firmantes asumen los siguientes
compromisos:
a) La UNIA pondrá los medios materiales y humanos que pueden concretarse en las
siguientes actuaciones:
- Planificación y gestión del estudio y aprobación del Título de enseñanzas propias de
posgrado.
- Admisión y matriculación del alumnado
- Gestión técnica del desarrollo de la docencia y la participación del profesorado, en
su ámbito académico.
- Recopilación y reproducción de la documentación del Máster
- Expedición de certificados y títulos correspondientes
- Aplicación del sistema de evaluación y seguimiento del proceso de calidad del Máster.
- Poner a disposición la plataforma de docencia virtual de la UNIA
- Ceder las aulas necesarias para la impartición de las clases o conferencias
b) El Instituto pondrá los medios materiales y humanos que pueden concretarse en
las siguientes actuaciones:
- Difundir el Máster a través de los canales habilitados para ello
- Selección del alumnado, conjuntamente con las consejerías y delegaciones territoriales.
- La selección del equipo docente, así como su gestión económica.
- Homologar el Máster, equiparándolo a la formación propia del Instituto.
- Ceder las aulas necesarias para la impartición de las clases o conferencias.
- Evaluar las competencias directivas del alumnado.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 85 - Miércoles, 7 de mayo de 2025
página 6207/5
plaza ordenadas por puntuación en el baremo. Posteriormente se iniciará la valoración
de la memoria que contemple el proyecto de mejora a ejecutar en su órgano o unidad
administrativa que se valorará con un máximo de 25 puntos con los siguientes criterios:
1.º Aplicabilidad del proyecto presentado.
2.º Innovación de la propuesta como generadora de valor público.
3.º Contribución a la mejora de los servicios ofertados a la ciudadanía.
4.º Defensa del proyecto ante la Comisión.
5.º Simplificación de los procedimientos a aplicar por el órgano gestor.
La valoración de la memoria se realizará por tres personas designadas por la
dirección del Instituto. Realizada esta segunda valoración se ordenará las personas
según la puntuación obtenida y serán las seleccionadas por el Instituto.
El programa del Máster, contenido, desarrollo temporal, así como las condiciones
de su realización y evaluación serán las que se recogen en la memoria del presente
convenio, sin perjuicio de las obligadas variaciones que sean imprescindibles efectuar
en cuanto a ponentes o conferencias por causa de imprevistos o por motivos de otra
índole, valoradas por la comisión académica y con el informe favorable de la Comisión de
Posgrado de la UNIA y ulterior aprobación por el Consejo de Gobierno de la UNIA.
La UNIA avalará académicamente este Máster, emitiendo los correspondientes títulos
a los participantes que cumplan los requisitos establecidos en su sistema de evaluación
de acuerdo con la normativa de aplicación, así como las certificaciones académicas que
se soliciten.
Por su parte el Instituto homologará este Máster con las condiciones y en los términos
establecidos en este convenio y conforme a los criterios y con los efectos establecidos
con carácter general por la normativa reguladora de dicho procedimiento.
Cuarta. De las obligaciones y compromisos en la financiación.
Para la ejecución del convenio se aprueba un presupuesto máximo de noventa y un
mil cuatrocientos noventa y cinco con veintiséis euros (91.495,26 €), según desglose que
se recoge en la memoria adjunta y que es aprobado por ambas partes.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00319808
Tercera. De las obligaciones y compromisos en la organización.
Para la ejecución de este convenio, las partes firmantes asumen los siguientes
compromisos:
a) La UNIA pondrá los medios materiales y humanos que pueden concretarse en las
siguientes actuaciones:
- Planificación y gestión del estudio y aprobación del Título de enseñanzas propias de
posgrado.
- Admisión y matriculación del alumnado
- Gestión técnica del desarrollo de la docencia y la participación del profesorado, en
su ámbito académico.
- Recopilación y reproducción de la documentación del Máster
- Expedición de certificados y títulos correspondientes
- Aplicación del sistema de evaluación y seguimiento del proceso de calidad del Máster.
- Poner a disposición la plataforma de docencia virtual de la UNIA
- Ceder las aulas necesarias para la impartición de las clases o conferencias
b) El Instituto pondrá los medios materiales y humanos que pueden concretarse en
las siguientes actuaciones:
- Difundir el Máster a través de los canales habilitados para ello
- Selección del alumnado, conjuntamente con las consejerías y delegaciones territoriales.
- La selección del equipo docente, así como su gestión económica.
- Homologar el Máster, equiparándolo a la formación propia del Instituto.
- Ceder las aulas necesarias para la impartición de las clases o conferencias.
- Evaluar las competencias directivas del alumnado.