Disposiciones generales. . (2025/26-2)
Decreto 31/2025, de 4 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Ordenación de la Asistencia Jurídica al Servicio Andaluz de Salud y del Cuerpo de Letrados y Letradas de la Administración Sanitaria de la Junta de Andalucía.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
BOJA
Número 26 - Viernes, 7 de febrero de 2025
página 1548/5
Disposición adicional cuarta. Habilitación para modificaciones de la Relación de
Puestos de Trabajo y plantilla presupuestaria.
Se habilita a las Consejerías competentes en materia de función pública, respecto a
las Relaciones de Puestos de Trabajo, y en materia de hacienda, respecto a la plantilla
presupuestaria, a realizar las creaciones, supresiones y modificaciones necesarias en
cualquiera de los puestos de trabajo de la Asesoría Jurídica, atendiendo a los principios
de eficiencia, austeridad, racionalización y reducción del gasto público para dar
cumplimiento a lo previsto en este decreto.
Disposición derogatoria única. Derogación.
Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan o
contradigan lo dispuesto en el presente decreto y, expresamente, el Decreto 257/2005, de
29 de noviembre, de asistencia jurídica al Servicio Andaluz de Salud.
Disposición final primera. Habilitación.
Se autoriza a la persona titular de la Consejería competente en materia de salud
para el desarrollo del presente decreto en las materias de su competencia, así como a la
Dirección Gerencia del SAS para adoptar las medidas necesarias para su ejecución.
Disposición final segunda. Entrada en vigor.
El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 4 de febrero de 2025
JUAN MANUEL MORENO BONILLA
Presidente de la Junta de Andalucía
ROCÍO HERNÁNDEZ SOTO
Consejera de Salud y Consumo
REGLAMENTO DE ORDENACIÓN DE LA ASISTENCIA JURÍDICA AL SERVICIO
ANDALUZ DE SALUD Y DEL CUERPO DE LETRADOS Y LETRADAS DE LA
ADMINISTRACIÓN SANITARIA DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA
TÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 2. Naturaleza, dependencia orgánica y funciones.
1. La Asesoría Jurídica, con nivel orgánico inmediatamente inferior al de Dirección
General, es el órgano encargado de la asistencia jurídica al SAS, a través de los Letrados
y Letradas de Administración Sanitaria, adscritos al mismo.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00315157
Artículo 1. Objeto.
1. El presente Reglamento tiene por objeto regular la ordenación de la Asistencia
Jurídica al Servicio Andaluz de Salud, en adelante SAS, Agencia Administrativa adscrita
a la Consejería competente en materia de salud.
2. Asimismo, tiene por objeto establecer las funciones y el régimen de acceso y
provisión, del Cuerpo de Letrados y Letradas de la Administración Sanitaria de la Junta
de Andalucía, en adelante Letrados y Letradas de la Administración Sanitaria.
BOJA
Número 26 - Viernes, 7 de febrero de 2025
página 1548/5
Disposición adicional cuarta. Habilitación para modificaciones de la Relación de
Puestos de Trabajo y plantilla presupuestaria.
Se habilita a las Consejerías competentes en materia de función pública, respecto a
las Relaciones de Puestos de Trabajo, y en materia de hacienda, respecto a la plantilla
presupuestaria, a realizar las creaciones, supresiones y modificaciones necesarias en
cualquiera de los puestos de trabajo de la Asesoría Jurídica, atendiendo a los principios
de eficiencia, austeridad, racionalización y reducción del gasto público para dar
cumplimiento a lo previsto en este decreto.
Disposición derogatoria única. Derogación.
Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan o
contradigan lo dispuesto en el presente decreto y, expresamente, el Decreto 257/2005, de
29 de noviembre, de asistencia jurídica al Servicio Andaluz de Salud.
Disposición final primera. Habilitación.
Se autoriza a la persona titular de la Consejería competente en materia de salud
para el desarrollo del presente decreto en las materias de su competencia, así como a la
Dirección Gerencia del SAS para adoptar las medidas necesarias para su ejecución.
Disposición final segunda. Entrada en vigor.
El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 4 de febrero de 2025
JUAN MANUEL MORENO BONILLA
Presidente de la Junta de Andalucía
ROCÍO HERNÁNDEZ SOTO
Consejera de Salud y Consumo
REGLAMENTO DE ORDENACIÓN DE LA ASISTENCIA JURÍDICA AL SERVICIO
ANDALUZ DE SALUD Y DEL CUERPO DE LETRADOS Y LETRADAS DE LA
ADMINISTRACIÓN SANITARIA DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA
TÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 2. Naturaleza, dependencia orgánica y funciones.
1. La Asesoría Jurídica, con nivel orgánico inmediatamente inferior al de Dirección
General, es el órgano encargado de la asistencia jurídica al SAS, a través de los Letrados
y Letradas de Administración Sanitaria, adscritos al mismo.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00315157
Artículo 1. Objeto.
1. El presente Reglamento tiene por objeto regular la ordenación de la Asistencia
Jurídica al Servicio Andaluz de Salud, en adelante SAS, Agencia Administrativa adscrita
a la Consejería competente en materia de salud.
2. Asimismo, tiene por objeto establecer las funciones y el régimen de acceso y
provisión, del Cuerpo de Letrados y Letradas de la Administración Sanitaria de la Junta
de Andalucía, en adelante Letrados y Letradas de la Administración Sanitaria.