Disposiciones generales. . (2025/26-2)
Decreto 31/2025, de 4 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Ordenación de la Asistencia Jurídica al Servicio Andaluz de Salud y del Cuerpo de Letrados y Letradas de la Administración Sanitaria de la Junta de Andalucía.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 26 - Viernes, 7 de febrero de 2025

página 1548/6

2. La Asesoría Jurídica depende orgánica y funcionalmente de la Dirección Gerencia
del SAS.
3. Corresponde a los Letrados y Letradas de la Administración Sanitaria adscritos
a la Asesoría Jurídica del SAS, el asesoramiento jurídico; la representación y defensa
en juicio del SAS y de los centros, servicios y establecimientos sanitarios públicos que
se integren o adscriban al mismo, así como de cualquier otra entidad perteneciente a
la Administración Sanitaria de la Junta de Andalucía que se determine legalmente,
cualesquiera que sean el órgano y el orden de la jurisdicción ante los que se diriman, en
los términos del artículo 70 de la Ley 2/1998, de 15 de junio, de Salud de Andalucía, el
artículo 551.3 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, la disposición
adicional tercera de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de Administración de la Junta de
Andalucía, y la disposición adicional decimonovena de la Ley 5/2023, de 7 de junio, de la
Función Pública de Andalucía.
4. Asimismo, les corresponde la asistencia jurídica al personal directivo y a los
profesionales de los centros, servicios y establecimientos sanitarios públicos integrados
en el SAS o adscritos al mismo, en los términos que se establecen en este decreto.
Artículo 3. Principios de actuación y signos distintivos.
1. Los Letrados y Letradas de Administración Sanitaria actuarán en el ejercicio de
sus funciones de acuerdo con los principios de legalidad, objetividad, profesionalidad,
diligencia, y defensa de los intereses del SAS.
2. Los Letrados y Letradas de la Administración Sanitaria, en el ejercicio de sus
actuaciones procesales, dispondrán del uso de la placa y, en su caso, medalla como
distintivo del Cuerpo de Letrados y Letradas de la Administración Sanitaria de la Junta de
Andalucía.
Su diseño y características deberán cumplir lo estipulado en el Manual de Diseño
Gráfico de la identidad corporativa de la Administración de la Junta de Andalucía y
requerirán la aprobación previa del órgano competente de la Consejería competente en
materia de identidad corporativa.
TÍTULO II

Artículo 4. Jefatura de la Asesoría Jurídica.
1. La persona que ostente la Jefatura de la Asesoría Jurídica será nombrada y
separada por la persona titular de la Dirección Gerencia del SAS, debiendo realizarse su
nombramiento entre personal funcionario de carrera del Cuerpo de Letrados y Letradas
de la Administración Sanitaria de la Junta de Andalucía.
2. Corresponden a la Jefatura de la Asesoría Jurídica las siguientes funciones:
a) La dirección técnica y funcional, coordinación, impulso y supervisión de la Asesoría
Jurídica, y del personal a su cargo.
b) La emisión de instrucciones y órdenes de servicio para la fijación de criterios
generales de actuación de los Letrados y Letradas de Administración Sanitaria.
c) La organización de los recursos disponibles.
d) Las restantes funciones previstas en el presente decreto y demás normas que
resulten de aplicación, sin perjuicio de la coordinación con el resto de los servicios
jurídicos de la Administración de la Junta de Andalucía que tiene atribuida la persona
titular del Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía.
Artículo 5. Estructura orgánica.
1. La Asesoría Jurídica del SAS se estructura en Servicios Centrales y en Asesorías
Jurídicas Provinciales.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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