C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20250802-1)
Convenio colectivo –  Resolución de 11 de julio de 2025, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación del convenio colectivo del Sector Comercio Vario, suscrito por Organización Empresarial COPYME y por la representación sindical UGT y CC. OO. (Código número 28000805011982)
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 2 DE AGOSTO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 183

c)

Autonomía: Factor para cuya valoración se tendrá en cuenta el grado de dependencia
jerárquica en el desempeño de las tareas o funciones que se desarrollen.

d)

Responsabilidad: Factor para cuya valoración se tendrá en cuenta el grado de autonomía
de acción del titular de la función, el nivel de influencia sobre los resultados y la
relevancia de la gestión sobre los recursos humanos, técnicos y productivos.

e)

Mando: Factor para cuya valoración se tendrá en cuenta el grado de supervisión y
ordenación de las funciones y tareas, la capacidad de interrelación, las características del
colectivo y el número de personas sobre las que se ejerce el mando.

f) Complejidad: Factor para cuya valoración se tendrá en cuenta el número y el grado de
integración de los diversos factores antes enumerados en la tarea o puesto encomendado.
Art. 20. Grupos profesionales. —Los grupos profesionales tienen un carácter meramente
enunciativo por lo que su utilización no supondrá movilidad funcional dentro de cada grupo, estando,
en consecuencia, a la hora de la funcionalidad a lo establecido en la definición de las especialidades
o puestos de trabajo.
Definición grupos profesionales
Grupo profesional I:
Criterios generales: Tareas que consisten en operaciones realizadas siguiendo un método de
trabajo preciso, según instrucciones específicas, con total grado de dependencia jerárquica y
funcional. Pueden requerir esfuerzo físico. No necesitan formación específica, aunque
ocasionalmente pueda ser necesario un período breve de adaptación.
Formación: Conocimientos elementales relacionados con las tareas.
Grupo profesional II:
Criterios generales: Tareas que consisten en la ejecución de trabajos que, aunque se realizan bajo
instrucciones precisas, requieren adecuados conocimientos profesionales y aptitudes prácticas y
cuya responsabilidad está limitada por una supervisión directa o sistemática.
Formación: Titulación o conocimientos profesionales equivalentes a Graduado Escolar, Formación
Profesional I o Educación Secundaria Obligatoria.
Grupo profesional III:
Criterios generales: Trabajos de ejecución automática que exijan habitualmente iniciativas por
parte de los trabajadores encargados de su ejecución. Funciones que suponen integración,
coordinación y supervisión de tareas homogéneas. Pueden suponer corresponsabilidad de mando.
Formación: Titulación o conocimientos profesionales equivalentes a Bachillerato Unificado
Polivalente, Formación Profesional II o Formación Profesional de grado medio.
Grupo profesional IV:
Criterios generales: Funciones que suponen la integración, coordinación y supervisión de tareas
diversas, realizadas por un conjunto de colaboradores. Tareas complejas pero homogéneas que,
aun sin implicar responsabilidad de mando, tienen un alto grado de contenido intelectual e
interrelación humana en un marco de instrucciones generales de alta complejidad técnica.
Formación: Titulación a nivel de educación universitaria o Formación Profesional de grado
superior, o conocimientos profesionales equivalentes adquiridos tras una experiencia acreditada.
Grupo profesional V:

Formación: Titulación a nivel de educación universitaria, complementada con una formación
específica en el puesto de trabajo o conocimientos profesionales equivalentes tras una experiencia
acreditada.

BOCM-20250802-1

Criterios generales: Funciones que suponen la realización de las tareas técnicas complejas y
heterogéneas, con objetivos globales definidos y alto grado de exigencia en autonomía, iniciativa y
responsabilidad. Funciones que suponen la integración, coordinación y supervisión de funciones,
realizadas por un conjunto de colaboradores en una misma unidad funcional.