C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20250717-19)
Convenio colectivo –  Resolución de 23 de junio de 2025, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación del convenio colectivo de la empresa Castrol España, S. L. U. (Código 28104142012025)
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 17 DE JULIO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 169

trabajadora, Complemento de contribución a largo plazo, Plus de Antigüedad consolidado a la fecha
de efectos del convenio, así como beneficios sociales para el personal procedente de Mobil Oil, S.A.
Las pagas extraordinarias se percibirán en las mismas fechas y por las mismas cuantías que se
hubieran percibido de no haberse producido la baja de la persona trabajadora.
El abono se realizará mientras la persona trabajadora se encuentre en situación de incapacidad
temporal.
3. Suspensión o extinción del complemento
La Compañía se reserva el derecho a suspender o extinguir el abono de este complemento en
aquellos supuestos en que, a juicio del servicio médico y a la vista de los informes médicos, se
produzca un uso inadecuado y contrario a la naturaleza de la baja por incapacidad temporal.

Artículo 99. Ayuda para estudios de las personas trabajadoras
Durante el ámbito de vigencia del presente Convenio, las personas trabajadoras fijas, así como las
temporales siempre y cuando no se oponga su aplicación a la propia naturaleza y duración de su
contrato, mediante solicitud dirigida a Recursos Humanos, podrán solicitar y recibir ayuda para
estudios, por un importe de las dos terceras partes de los gastos producidos, con el límite de 2.105
euros por curso académico, o año en su defecto, continuando rigiéndose por la normativa al efecto.
Se establece un límite de 5.000 euros para la dotación por trimestre, con un máximo en cómputo
anual de 20.000 euros, límites que se aplicarán de forma conjunta para todos los empleados del
Grupo bp en el centro de trabajo de Madrid.
Las ayudas aquí establecidas se concederán para cursar los estudios realizados en centros oficiales,
que confieran a su terminación un título oficial, o privados previa autorización de la Compañía.

Artículo 100. Fondo Social
El Fondo Social tiene como objetivo básico estimular la conciencia colectiva de seguridad en el
trabajo, siendo su finalidad principal evitar que se produzcan accidentes de trabajo.
Con dicha finalidad, la Compañía realizará periódicamente una serie de aportaciones económicas a
dicho Fondo, siempre que se den las circunstancias previamente fijadas para ello, las cuales se
destinarán a los fines que en cada momento se determinen. Este Fondo será el mismo al que se
refiere el convenio colectivo de bp Energía España, no considerándose este artículo la regulación
de un fondo social separado o adicional a aquél.
En este sentido, el funcionamiento del Fondo Social, así como la regulación del destino de
aportaciones realizadas por la Compañía al mismo y la administración del mismo por la Comisión
creada al efecto, se contiene en el Reglamento de funcionamiento del Fondo Social.
De manera específica, se acuerda lo siguiente:
Revisar la fórmula de cálculo del presupuesto anual para adaptarlo a la actualidad de la compañía
en cuanto a la referencia a resultados de negocio, manteniendo el elemento base de cálculo de 500
euros por persona trabajadora.
Revisar los factores multiplicadores por cumplimiento de los objetivos anuales de seguridad, para
asegurar que los mismos son coherentes con el grado de cumplimiento de los mismos.

Se redactará un reglamento del fondo social actualizado con estos cambios dentro del primer
trimestre del año 2025, por parte de la comisión de administración de dicho fondo.

Artículo 101. Póliza médica especial
Las personas trabajadoras de la Compañía Castrol España, S.L.U. disfrutarán de una póliza médica
especial que tiene como finalidad atender enfermedades graves que requieran intervención

BOCM-20250717-19

La distribución del presupuesto anual pasa a ser del 70% del mismo para conmemoración individual
y 30% para fines colectivos, a determinar cada año por parte de la comisión de administración del
fondo. Se establece un tope máximo anual al presupuesto de 190.000 euros.