A) Disposiciones Generales - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR (BOCM-20250710-3)
Reglamento espectáculos taurinos – Decreto 42/2025, de 9 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Reglamento de Espectáculos Taurinos Populares y determinadas actividades formativas taurinas con presencia de público
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BOCM
Pág. 26
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 10 DE JULIO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 163
DISPOSICIÓN DEROGATORIA ÚNICA
Derogación normativa
Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en este decreto y, en particular, queda derogado el Decreto 112/1996, de 25 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Espectáculos Taurinos Populares.
DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA
Habilitación de desarrollo y modificación
Se habilita al titular de la consejería competente en materia de espectáculos públicos y
actividades recreativas para dictar las disposiciones necesarias para la aplicación y el desarrollo de este decreto, así como para proceder a la revisión y actualización de los capitales
mínimos asegurados, teniendo en cuenta la variación de los índices de precios al consumo.
DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA
Modificación del Decreto 111/2024, de 11 de diciembre, del Consejo de Gobierno,
por el que se establece la estructura directiva de la Agencia de Seguridad
y Emergencias Madrid 112
El párrafo e) del artículo 7.2 del Decreto 111/2024, de 11 de diciembre, queda redactado en los siguientes términos:
«e) El ejercicio de las competencias sancionadoras establecidas en el Reglamento de
espectáculos taurinos populares y actividades formativas taurinas con presencia
de público, en particular en su disposición adicional primera».
DISPOSICIÓN FINAL TERCERA
Entrada en vigor
El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Madrid, a 9 de julio de 2025.
El Consejero de Medio Ambiente, Agricultura e Interior,
CARLOS NOVILLO PIRIS
BOCM-20250710-3
La Presidenta,
ISABEL DÍAZ AYUSO
Pág. 26
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 10 DE JULIO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 163
DISPOSICIÓN DEROGATORIA ÚNICA
Derogación normativa
Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en este decreto y, en particular, queda derogado el Decreto 112/1996, de 25 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Espectáculos Taurinos Populares.
DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA
Habilitación de desarrollo y modificación
Se habilita al titular de la consejería competente en materia de espectáculos públicos y
actividades recreativas para dictar las disposiciones necesarias para la aplicación y el desarrollo de este decreto, así como para proceder a la revisión y actualización de los capitales
mínimos asegurados, teniendo en cuenta la variación de los índices de precios al consumo.
DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA
Modificación del Decreto 111/2024, de 11 de diciembre, del Consejo de Gobierno,
por el que se establece la estructura directiva de la Agencia de Seguridad
y Emergencias Madrid 112
El párrafo e) del artículo 7.2 del Decreto 111/2024, de 11 de diciembre, queda redactado en los siguientes términos:
«e) El ejercicio de las competencias sancionadoras establecidas en el Reglamento de
espectáculos taurinos populares y actividades formativas taurinas con presencia
de público, en particular en su disposición adicional primera».
DISPOSICIÓN FINAL TERCERA
Entrada en vigor
El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Madrid, a 9 de julio de 2025.
El Consejero de Medio Ambiente, Agricultura e Interior,
CARLOS NOVILLO PIRIS
BOCM-20250710-3
La Presidenta,
ISABEL DÍAZ AYUSO