Pozuelo de Alarcón (BOCM-20250709-84)
Organización y funcionamiento. Delegación funciones
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 162
MIÉRCOLES 9 DE JULIO DE 2025
Pág. 327
21. Sin perjuicio de las competencias atribuidas en contratación, ejercicio de las competencias que
la Ordenanza Municipal reguladora de la Limpieza de espacios Públicos y de la Gestión de
Residuos no atribuya a otros órganos.
22. Coordinación de la inspección, venta y distribución de alimentos en su vertiente sanitaria y sin
perjuicio de las competencias de la Concejalía competente en materia de comercio. Desarrollar
las actividades y programas que contribuyan a mejorar las condiciones de salubridad pública.
23. Coordinar los servicios funerarios.
24. Ejercicio de las competencias que la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por prestación de
servicios en cementerios y otros servicios fúnebres otorga a la Alcaldía.
III.- En el ámbito de los asuntos correspondientes a los servicios y actividades de Contratación
y Patrimonio, le corresponden las siguientes:
1. Coordinación y gestión de los órganos y unidades administrativas que integran Contratación y
Patrimonio y dirección de su personal.
2. Dirección de toda la contratación municipal.
3. Establecimiento de criterios para unificar las normas de contratación municipal.
4. Control y supervisión de todos los contratos municipales, en coordinación con las Áreas y
Concejalías competentes.
5. Asegurar la transparencia en la contratación municipal.
6. Coordinación y gestión de los órganos y unidades administrativas que integran Patrimonio y
dirección de su personal.
7. Incoación y propuesta de resolución de los expedientes administrativos que tengan por objeto la
administración, tutela y conservación de bienes y derechos municipales, entre otros los de: altas,
bajas y modificaciones en el inventario municipal, agrupación, segregación, división, declaración
de nueva configuración geométrica, excesos de cabida, declaración de obra nueva y otros
similares.
8. Incoación y propuesta de resolución de los expedientes administrativos que tengan por objeto el
disfrute y aprovechamiento de bienes y derechos municipales.
9. Incoación y propuesta de resolución de expedientes administrativos que tengan por objeto la
disposición de bienes y derechos municipales, entre otros los de: donación, enajenación, venta,
permuta y cesión gratuita de propiedad y otros similares.
10. Incoación y propuesta de resolución de expedientes administrativos que tengan por objeto la
defensa de bienes y derechos municipales, así como otras prerrogativas sobre los mismos, entre
otros los de: investigación, deslinde, recuperación posesoria, desahucio administrativo,
reversión, rescate y actos equivalentes.
11. Incoación y propuesta de resolución de expedientes administrativos de responsabilidad
patrimonial e iniciación, tramitación y propuesta de resolución de los de responsabilidad civil.
12. Formalización de las autorizaciones y concesiones demaniales.
13. Resolución de expedientes administrativos cuando ello suponga la adopción de actos
administrativos que afecten a terceros y que no correspondan a la Junta de Gobierno Local, en
las siguientes materias:
a.- Administración, tutela y conservación de bienes y derechos municipales y demás
competencias en materia de patrimonio que se indican en los apartados anteriores.
b.- Disfrute y aprovechamiento de bienes y derechos municipales.
c.- Disposición de bienes y derechos municipales, en los términos previstos en la legislación
vigente en materia de Patrimonio.
14. Realización de las actuaciones administrativas derivadas de la ejecución de sentencias en
materias de patrimonio, responsabilidad patrimonial y responsabilidad civil.
1. Orden de expedición y visto bueno de las certificaciones de las resoluciones de órganos
unipersonales y documentación obrante en el Área de Gobierno de los asuntos propios de su
competencia.
2. Resolución de los recursos de reposición interpuestos contra resoluciones dictadas por
delegación en asuntos propios de su competencia.
3. Reconocimiento y liquidación de obligaciones derivadas de compromisos de gasto legalmente
adquiridos, incluidas las certificaciones finales de los contratos de obras, de asuntos de su
competencia.
4. Realización de las actuaciones administrativas derivadas de la ejecución de sentencias en el
ámbito de su Área de Gobierno.
5. Resolver los procedimientos para la devolución de ingresos indebidos en el ámbito de su Área
de Gobierno.
6. Ordenación de la ejecución de las garantías depositadas en el ámbito de su Área de Gobierno
BOCM-20250709-84
IV.- Con carácter general:
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 162
MIÉRCOLES 9 DE JULIO DE 2025
Pág. 327
21. Sin perjuicio de las competencias atribuidas en contratación, ejercicio de las competencias que
la Ordenanza Municipal reguladora de la Limpieza de espacios Públicos y de la Gestión de
Residuos no atribuya a otros órganos.
22. Coordinación de la inspección, venta y distribución de alimentos en su vertiente sanitaria y sin
perjuicio de las competencias de la Concejalía competente en materia de comercio. Desarrollar
las actividades y programas que contribuyan a mejorar las condiciones de salubridad pública.
23. Coordinar los servicios funerarios.
24. Ejercicio de las competencias que la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por prestación de
servicios en cementerios y otros servicios fúnebres otorga a la Alcaldía.
III.- En el ámbito de los asuntos correspondientes a los servicios y actividades de Contratación
y Patrimonio, le corresponden las siguientes:
1. Coordinación y gestión de los órganos y unidades administrativas que integran Contratación y
Patrimonio y dirección de su personal.
2. Dirección de toda la contratación municipal.
3. Establecimiento de criterios para unificar las normas de contratación municipal.
4. Control y supervisión de todos los contratos municipales, en coordinación con las Áreas y
Concejalías competentes.
5. Asegurar la transparencia en la contratación municipal.
6. Coordinación y gestión de los órganos y unidades administrativas que integran Patrimonio y
dirección de su personal.
7. Incoación y propuesta de resolución de los expedientes administrativos que tengan por objeto la
administración, tutela y conservación de bienes y derechos municipales, entre otros los de: altas,
bajas y modificaciones en el inventario municipal, agrupación, segregación, división, declaración
de nueva configuración geométrica, excesos de cabida, declaración de obra nueva y otros
similares.
8. Incoación y propuesta de resolución de los expedientes administrativos que tengan por objeto el
disfrute y aprovechamiento de bienes y derechos municipales.
9. Incoación y propuesta de resolución de expedientes administrativos que tengan por objeto la
disposición de bienes y derechos municipales, entre otros los de: donación, enajenación, venta,
permuta y cesión gratuita de propiedad y otros similares.
10. Incoación y propuesta de resolución de expedientes administrativos que tengan por objeto la
defensa de bienes y derechos municipales, así como otras prerrogativas sobre los mismos, entre
otros los de: investigación, deslinde, recuperación posesoria, desahucio administrativo,
reversión, rescate y actos equivalentes.
11. Incoación y propuesta de resolución de expedientes administrativos de responsabilidad
patrimonial e iniciación, tramitación y propuesta de resolución de los de responsabilidad civil.
12. Formalización de las autorizaciones y concesiones demaniales.
13. Resolución de expedientes administrativos cuando ello suponga la adopción de actos
administrativos que afecten a terceros y que no correspondan a la Junta de Gobierno Local, en
las siguientes materias:
a.- Administración, tutela y conservación de bienes y derechos municipales y demás
competencias en materia de patrimonio que se indican en los apartados anteriores.
b.- Disfrute y aprovechamiento de bienes y derechos municipales.
c.- Disposición de bienes y derechos municipales, en los términos previstos en la legislación
vigente en materia de Patrimonio.
14. Realización de las actuaciones administrativas derivadas de la ejecución de sentencias en
materias de patrimonio, responsabilidad patrimonial y responsabilidad civil.
1. Orden de expedición y visto bueno de las certificaciones de las resoluciones de órganos
unipersonales y documentación obrante en el Área de Gobierno de los asuntos propios de su
competencia.
2. Resolución de los recursos de reposición interpuestos contra resoluciones dictadas por
delegación en asuntos propios de su competencia.
3. Reconocimiento y liquidación de obligaciones derivadas de compromisos de gasto legalmente
adquiridos, incluidas las certificaciones finales de los contratos de obras, de asuntos de su
competencia.
4. Realización de las actuaciones administrativas derivadas de la ejecución de sentencias en el
ámbito de su Área de Gobierno.
5. Resolver los procedimientos para la devolución de ingresos indebidos en el ámbito de su Área
de Gobierno.
6. Ordenación de la ejecución de las garantías depositadas en el ámbito de su Área de Gobierno
BOCM-20250709-84
IV.- Con carácter general: