C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20250709-37)
Bases subvenciones – Orden 1999/2025, de 2 de julio, por la que se modifica la Orden 2177/2024, de 1 de julio, de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones de proyectos sociales destinadas a la realización de programas de interés general considerados de interés social, con cargo a los presupuestos generales de la Comunidad de Madrid, al 0,7 por ciento del rendimiento de los impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas y de Sociedades y al Plan Corresponsables, en el ámbito de la Comunidad de Madrid
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Pág. 208
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 9 DE JULIO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 162
mujeres, cualquiera que sea su expresión incluidos los delitos de trata de mujeres
y niñas con fines de explotación sexual.
c) Actuaciones que coadyuven a la seguridad y protección integral de sus víctimas y
sus hijos e hijas, incluido el alojamiento para facilitar el desplazamiento de un territorio a otro.
d) Actuaciones dirigidas a grupos especialmente vulnerables (adolescentes, mujeres
con discapacidad, mujeres del medio rural, mujeres mayores, mujeres inmigrantes o minorías étnicas, entre otros).
Sublínea 2. Promoción de la igualdad entre mujeres y hombres y feminización de la
pobreza y exclusión social de la mujer.
Descripción: programas dirigidos a impulsar la incorporación y mantenimiento de las
mujeres en el mercado laboral, además de los dirigidos a facilitar la conciliación de la vida
personal, laboral y familiar, junto con los programas de prevención en la salud de la mujer
y programas dirigidos a mujeres pertenecientes a colectivos especialmente vulnerables, entendiéndose por tal los siguientes: minorías étnicas, mujeres en situación de prostitución,
mujeres emigrantes retornadas, mujeres desempleadas mayores de 45 años, mujeres con
discapacidad, reclusas y ex reclusas.
Las propuestas técnicas podrán incluir varias de las actuaciones que se detallan a continuación, favoreciendo así las intervenciones de carácter integral.
Serán objeto de subvención las siguientes actuaciones:
a) Actuaciones que fomenten la incorporación en todos los ámbitos de la sociedad.
b) Actuaciones que faciliten la corresponsabilidad entre mujeres y hombres.
c) Actuaciones que faciliten la reincorporación al trabajo de las mujeres tras un período de inactividad por el cuidado de familia.
d) Actuaciones que ofrezcan oportunidades de empleo o autoempleo a mujeres que
vivan en el mundo rural (formación en nuevas tecnologías, asesoramiento para la
distribución de productos, medio ambiente, desarrollo rural o diversificación de
actividades).
e) Actuaciones de promoción de la actividad empresarial de las mujeres (asesoramiento, redes empresariales de mujeres).
f) Actuaciones de atención a la salud que incluyan los problemas específicos de las
mujeres (salud reproductiva, menopausia y oncológicos).
Línea B. Atención integral a personas en situación de vulnerabilidad.
Dentro de esta línea se podrán subvencionar las sublíneas siguientes:
Sublínea 1. Urgencia e Inclusión social.
Descripción: programas que tienen como objetivo principal la atención de las necesidades básicas y urgentes de las personas beneficiarias que se encuentren en situación de pobreza
y vulnerabilidad.
Las propuestas técnicas podrán incluir varias de las actuaciones que se detallan a continuación, favoreciendo así las intervenciones de carácter integral.
Serán objeto de subvención las siguientes actuaciones:
a) Programas destinados a la cobertura integral de las personas y familias en situación de urgencia o emergencia social.
b) Programas de mediación, apoyo y asesoramiento para las personas y familias más
vulnerables con el fin de prevenir la exclusión residencial que puedan derivar en
situaciones de extrema necesidad. Se contempla el pago de recibos de alquileres
y de estancias cortas en alojamientos (hostales, pensiones, otros) y la mediación
para el alquiler de viviendas.
c) Programas que contemplen acciones de carácter integral con el fin de favorecer la
inclusión activa, que combinen diferentes actuaciones como información, orientación, autoconocimiento y autocuidado, acceso al microcrédito, o que proporcionen además el acceso a servicios de calidad como educación, sanidad y vivienda
y, en general, al sistema de protección social.
d) Programas destinados a la cobertura de bienes de primera necesidad y emergencia
social a personas inmigrantes, solicitantes de asilo y otras personas con protección
internacional en situación de especial vulnerabilidad que cubra las necesidades de
manutención personales y familiares y que incluyan la creación o mantenimiento
de plazas de acogida.
BOCM-20250709-37
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 9 DE JULIO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 162
mujeres, cualquiera que sea su expresión incluidos los delitos de trata de mujeres
y niñas con fines de explotación sexual.
c) Actuaciones que coadyuven a la seguridad y protección integral de sus víctimas y
sus hijos e hijas, incluido el alojamiento para facilitar el desplazamiento de un territorio a otro.
d) Actuaciones dirigidas a grupos especialmente vulnerables (adolescentes, mujeres
con discapacidad, mujeres del medio rural, mujeres mayores, mujeres inmigrantes o minorías étnicas, entre otros).
Sublínea 2. Promoción de la igualdad entre mujeres y hombres y feminización de la
pobreza y exclusión social de la mujer.
Descripción: programas dirigidos a impulsar la incorporación y mantenimiento de las
mujeres en el mercado laboral, además de los dirigidos a facilitar la conciliación de la vida
personal, laboral y familiar, junto con los programas de prevención en la salud de la mujer
y programas dirigidos a mujeres pertenecientes a colectivos especialmente vulnerables, entendiéndose por tal los siguientes: minorías étnicas, mujeres en situación de prostitución,
mujeres emigrantes retornadas, mujeres desempleadas mayores de 45 años, mujeres con
discapacidad, reclusas y ex reclusas.
Las propuestas técnicas podrán incluir varias de las actuaciones que se detallan a continuación, favoreciendo así las intervenciones de carácter integral.
Serán objeto de subvención las siguientes actuaciones:
a) Actuaciones que fomenten la incorporación en todos los ámbitos de la sociedad.
b) Actuaciones que faciliten la corresponsabilidad entre mujeres y hombres.
c) Actuaciones que faciliten la reincorporación al trabajo de las mujeres tras un período de inactividad por el cuidado de familia.
d) Actuaciones que ofrezcan oportunidades de empleo o autoempleo a mujeres que
vivan en el mundo rural (formación en nuevas tecnologías, asesoramiento para la
distribución de productos, medio ambiente, desarrollo rural o diversificación de
actividades).
e) Actuaciones de promoción de la actividad empresarial de las mujeres (asesoramiento, redes empresariales de mujeres).
f) Actuaciones de atención a la salud que incluyan los problemas específicos de las
mujeres (salud reproductiva, menopausia y oncológicos).
Línea B. Atención integral a personas en situación de vulnerabilidad.
Dentro de esta línea se podrán subvencionar las sublíneas siguientes:
Sublínea 1. Urgencia e Inclusión social.
Descripción: programas que tienen como objetivo principal la atención de las necesidades básicas y urgentes de las personas beneficiarias que se encuentren en situación de pobreza
y vulnerabilidad.
Las propuestas técnicas podrán incluir varias de las actuaciones que se detallan a continuación, favoreciendo así las intervenciones de carácter integral.
Serán objeto de subvención las siguientes actuaciones:
a) Programas destinados a la cobertura integral de las personas y familias en situación de urgencia o emergencia social.
b) Programas de mediación, apoyo y asesoramiento para las personas y familias más
vulnerables con el fin de prevenir la exclusión residencial que puedan derivar en
situaciones de extrema necesidad. Se contempla el pago de recibos de alquileres
y de estancias cortas en alojamientos (hostales, pensiones, otros) y la mediación
para el alquiler de viviendas.
c) Programas que contemplen acciones de carácter integral con el fin de favorecer la
inclusión activa, que combinen diferentes actuaciones como información, orientación, autoconocimiento y autocuidado, acceso al microcrédito, o que proporcionen además el acceso a servicios de calidad como educación, sanidad y vivienda
y, en general, al sistema de protección social.
d) Programas destinados a la cobertura de bienes de primera necesidad y emergencia
social a personas inmigrantes, solicitantes de asilo y otras personas con protección
internacional en situación de especial vulnerabilidad que cubra las necesidades de
manutención personales y familiares y que incluyan la creación o mantenimiento
de plazas de acogida.
BOCM-20250709-37
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