Alcorcón (BOCM-20250708-55)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 8 DE JULIO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 161

cidental o similar. En ningún caso se podrá valorar como experiencia la
realización de funciones de superior retribución.
B.3. Formación.
La puntuación máxima en este apartado serán 7 puntos.
B.3.1. Titulaciones oficiales.
Por acreditar titulaciones académicas superiores a la exigida, máximo 2
puntos. Se puntuará únicamente por la de nivel superior.
— Título de Bachiller, o equivalente: 0,5 punto.
— Título de Técnico Superior, o equivalente: 1 punto.
— Título de Diplomando, Grado universitario o equivalentes: 1,5 puntos.
— Título de Máster universitario, Licenciatura, Ingenierías Superiores
y Arquitectura superior: 2 puntos.
B.3.2. Cursos.
Por la realización de cursos de formación, a razón de 0,01 puntos por
hora efectiva de formación, hasta un máximo de 5 puntos.
Únicamente se valorarán los cursos de formación y perfeccionamiento, que
versen sobre materias directamente relacionadas con el puesto a cubrir.
— Los cursos de una duración inferior a 20 horas no serán objeto de
valoración.
— Cuando se hayan realizado varias ediciones de un curso cuya denominación coincida solo se valorará uno de ellos.
— No serán puntuables los cursos que no indiquen su duración en horas, o los que indiquen una duración de fecha a fecha o en días sin
especificación de número de horas de duración.
— Los cursos susceptibles de valoración serán los cursos de formación
y perfeccionamiento, impartidos por el Ayuntamiento de Alcorcón
y otras Administraciones Públicas, Centros o Entidades acogidos al
Plan de Formación Continua de las Administraciones Públicas o que
cuenten con convenios de formación con las Administraciones Públicas, así como los impartidos por Universidades o en colaboración
con éstas.
— Los cursos que tengan relación con la Prevención de Riesgos Laborales o Igualdad, se valorarán hasta un máximo de 0,5 puntos en total. Los cursos de Prevención de Riesgos Laborales cuyo contenido
esté referido al puesto que se convoca se puntuarán de forma general, no dentro de este apartado.
B.4. Calificación de la fase de concurso.
La calificación final de la fase de concurso será el resultado de la suma aritmética
de la puntuación obtenida en el apartado de antigüedad y experiencia profesional
más la obtenida en el apartado de formación.
Las puntuaciones obtenidas se harán públicas en la página web municipal. Los/as
aspirantes dispondrán de un plazo de tres días a efectos de presentación de alegaciones, que serán resueltas por el propio Tribunal.
C. Puntuación Definitiva.
La puntuación final se obtendrá a partir de la suma de la fase de oposición y la fase de
concurso.
El Tribunal hará pública en la web municipal la lista de aspirantes por orden de puntuación final. Los/as aspirantes dispondrán de un plazo de cinco días a efectos de presentación de alegaciones, que serán resueltas por el propio Tribunal.
Pasado este plazo, el Tribunal hará pública en la web municipal la lista definitiva por
orden de puntuación, y la propuesta de nombramiento a favor de los/as aspirantes que hayan
obtenido mayor puntuación total, hasta cubrir, como máximo, el número de plazas ofertadas.
En caso de empate el orden de prelación será el siguiente:
— Mayor puntuación en el primer ejercicio de la fase de oposición.
— Mayor puntuación en el apartado experiencia profesional de la fase de concurso.

BOCM-20250708-55

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