Alcorcón (BOCM-20250708-55)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 161

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 8 DE JULIO DE 2025

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— Mayor puntuación en el segundo ejercicio de la fase de oposición.
— Mayor puntuación en el apartado formación de la fase de concurso.
En caso de persistir el empate, se realizará sorteo.
11. Nombramiento
Las personas propuestas por el Tribunal presentarán en el Servicio de Recursos Humanos, en el plazo de 10 días naturales, computados desde el siguiente a la publicación del
anuncio con la propuesta de nombramiento, los documentos (original y copia) que acrediten que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos para el ingreso en la Función Pública y los especialmente señalados en esta convocatoria, según declaración responsable
realizada con la firma de la solicitud para la participación en este proceso selectivo.
Si de la documentación presentada se deduce que no reúnen los requisitos exigidos, si
dicha documentación no es presentada en el plazo señalado, si renuncia, o si existen circunstancias sobrevenidas que imposibiliten la incorporación antes del nombramiento, las
personas serán excluidas del proceso selectivo, perdiendo el derecho al nombramiento y pudiendo recaer el mismo en la siguiente persona de la lista por orden de puntuación, para lo
que se solicitará al Tribunal de Selección una relación complementaria de los/las aspirantes que sigan a los propuestos para su posible nombramiento como funcionarios/as.
12. Bolsa de trabajo
Las personas aspirantes que hubieran superado alguno de los ejercicios de la fase de oposición formarán parte de una Bolsa de trabajo para cubrir el puesto de Oficial/a Fontanero/a.
Ocuparán los primeros puestos de la lista aquellas personas que hayan superado los
dos ejercicios de la fase de oposición ordenados de mayor a menor nota. Para aquellas personas empatadas, el orden se establecerá por mayor nota en el primer ejercicio. A continuación, aparecerán las personas que solo hayan aprobado el primer ejercicio, ordenados de
mayor a menor nota. En caso de empate se realizará sorteo.
La bolsa que resulte de esta Convocatoria será sustituida por cualquier otra posterior
que se convoque o que resulte de una Convocatoria de selección de plazas fijas.
En todo caso, deberá ser sustituida por una nueva bolsa en el plazo de tres años desde
la fecha de la resolución que la apruebe. Excepcionalmente y por motivos de necesidad del
Servicio podrá prorrogarse esta vigencia por un año más.
La inclusión de una persona en la bolsa no implica la verificación de requisitos necesarios para el ingreso en la función pública. Dicha verificación se realizará cuando las personas que forman parte de esta bolsa sean llamadas, momento en el que deberán presentar
en el Servicio de Recursos Humanos los documentos (original y copia) que acrediten que
reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos para el ingreso en la Función Pública y
los especialmente señalados en esta convocatoria, según declaración responsable realizada
con la firma de la solicitud para la participación en este proceso selectivo.
Si de la documentación presentada se deduce que no reúnen los requisitos exigidos,
perderán el derecho al nombramiento y a formar parte de la bolsa.
ANEXO I

Se tomará como referencia legal/normativa/procedimental la fecha de publicación de
la convocatoria. No será tenida en cuenta cualquier modificación en el contenido de alguno de los temas de este anexo que se realice posterior a esta fecha.
1. La Constitución Española: Estructura y contenido. Principios generales. Los derechos y deberes fundamentales. Sus garantías y suspensión.
2. El personal al servicio de la Administración Pública según el Texto Refundido de
la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el R.D. Legislativo 5/2015,
de 30 de octubre (I): Clases. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario. Situaciones administrativas.
3. El personal al servicio de la Administración Pública según el Texto Refundido de
la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el R.D. Legislativo 5/2015,
de 30 de octubre (II): Derechos de los empleados públicos. Derechos retributivos. Derecho
a la jornada de trabajo, permisos y vacaciones.
4. Competencias y organización de los municipios. Órganos de gobierno.

BOCM-20250708-55

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