Alcorcón (BOCM-20250708-55)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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B.O.C.M. Núm. 161
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 8 DE JULIO DE 2025
Las puntuaciones obtenidas se harán públicas en la página web municipal.
Los/as aspirantes dispondrán de un plazo de tres días a efectos de presentación
de alegaciones, que serán resueltas por el propio Tribunal.
A.2. Segundo ejercicio: Test.
A esta prueba solamente podrán acceder aquellos/as aspirantes que hayan superado el primer ejercicio.
Consistirá en la realización de una prueba tipo test, consistente en responder 50
preguntas, más 5 preguntas de reserva, con 3 respuestas alternativas, siendo solo
una de ellas correcta, sobre la totalidad del temario indicado en el Anexo I.
Cada respuesta contestada de forma acertada puntuará 0,70 puntos, la contesta
da erróneamente restará 0,35 puntos y las que estén en blanco no puntuarán.
Este ejercicio se realizará en el tiempo máximo que previamente fije el Órgano
de Selección y que se dará a conocer a los/as aspirantes antes del comienzo del
mismo. En cualquier caso, la duración no superará los 60 minutos.
Este ejercicio se calificará de 0 a 35 puntos, siendo necesario para aprobar obtener una calificación igual o superior a 17,50 puntos.
Las puntuaciones obtenidas se harán públicas en la página web municipal.
Los/as aspirantes dispondrán de un plazo de tres días a efectos de presentación
de alegaciones, que serán resueltas por el propio Tribunal.
B. Fase de concurso.
Únicamente se valorará la fase de concurso a aquellos/as aspirantes que hayan superado la fase de oposición.
En el plazo de 10 días naturales a contar desde la publicación de las calificaciones definitivas de la fase de oposición, las personas aspirantes deberán aportar los méritos que deseen hacer valer en el concurso. Para ello presentarán, en los lugares indicados en el apartado 7 de estas Bases específicas, el Anexo III en el que detallarán sus méritos, que deben
ser justificados mediante la aportación de los documentos indicados a continuación:
— Para los méritos referidos a la experiencia laboral o profesional deberá presentarse
certificado/informe de vida laboral expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social, acompañado de los contratos de trabajo o de cualquier otro documento en el que se haga constar la categoría desempeñada.
— Los méritos formativos se acreditarán mediante título, diploma o certificado que
exprese el contenido y la duración de las acciones formativas.
Solo se podrán valorar aquellos méritos obtenidos antes de la fecha en que termine el
plazo de admisión de instancias.
La fase de concurso consistirá en la valoración de los méritos profesionales y de formación acreditados por los/as aspirantes que hayan superado la fase de oposición, hasta un
máximo de 30 puntos, conforme al siguiente baremo:
B.1. Antigüedad.
La puntuación máxima de este apartado será de 5 puntos.
— Por haber desempeñado Puestos de Trabajo como empleado/a público/a, a
razón de 1 punto por cada año completo o fracción superior a 6 meses.
B.2. Experiencia profesional.
La puntuación máxima en este apartado será de 18 puntos.
— Por haber desempeñado el puesto de trabajo de oficial/a fontanero/a, a razón de 0,21 puntos por cada mes trabajado.
— Por haber desempeñado puestos de trabajo distintos al convocado vinculados al oficio de fontanería, a razón de 0,06 puntos por cada mes trabajado.
En el caso de que la denominación del puesto de trabajo no permita deducir si la
experiencia es en el oficio mencionado, para poder puntuar en este apartado la
persona interesada deberá presentar un certificado o declaración jurada de la
administración o empresa en la que haya trabajado donde consten las funciones
desempeñadas con el fin de que el Órgano Seleccionador pueda valorar la equivalencia.
Será computable el tiempo en el que se haya permanecido desempeñando provisionalmente el puesto de trabajo mediante comisión de servicio, desempeño ac-
Pág. 223
BOCM-20250708-55
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 8 DE JULIO DE 2025
Las puntuaciones obtenidas se harán públicas en la página web municipal.
Los/as aspirantes dispondrán de un plazo de tres días a efectos de presentación
de alegaciones, que serán resueltas por el propio Tribunal.
A.2. Segundo ejercicio: Test.
A esta prueba solamente podrán acceder aquellos/as aspirantes que hayan superado el primer ejercicio.
Consistirá en la realización de una prueba tipo test, consistente en responder 50
preguntas, más 5 preguntas de reserva, con 3 respuestas alternativas, siendo solo
una de ellas correcta, sobre la totalidad del temario indicado en el Anexo I.
Cada respuesta contestada de forma acertada puntuará 0,70 puntos, la contesta
da erróneamente restará 0,35 puntos y las que estén en blanco no puntuarán.
Este ejercicio se realizará en el tiempo máximo que previamente fije el Órgano
de Selección y que se dará a conocer a los/as aspirantes antes del comienzo del
mismo. En cualquier caso, la duración no superará los 60 minutos.
Este ejercicio se calificará de 0 a 35 puntos, siendo necesario para aprobar obtener una calificación igual o superior a 17,50 puntos.
Las puntuaciones obtenidas se harán públicas en la página web municipal.
Los/as aspirantes dispondrán de un plazo de tres días a efectos de presentación
de alegaciones, que serán resueltas por el propio Tribunal.
B. Fase de concurso.
Únicamente se valorará la fase de concurso a aquellos/as aspirantes que hayan superado la fase de oposición.
En el plazo de 10 días naturales a contar desde la publicación de las calificaciones definitivas de la fase de oposición, las personas aspirantes deberán aportar los méritos que deseen hacer valer en el concurso. Para ello presentarán, en los lugares indicados en el apartado 7 de estas Bases específicas, el Anexo III en el que detallarán sus méritos, que deben
ser justificados mediante la aportación de los documentos indicados a continuación:
— Para los méritos referidos a la experiencia laboral o profesional deberá presentarse
certificado/informe de vida laboral expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social, acompañado de los contratos de trabajo o de cualquier otro documento en el que se haga constar la categoría desempeñada.
— Los méritos formativos se acreditarán mediante título, diploma o certificado que
exprese el contenido y la duración de las acciones formativas.
Solo se podrán valorar aquellos méritos obtenidos antes de la fecha en que termine el
plazo de admisión de instancias.
La fase de concurso consistirá en la valoración de los méritos profesionales y de formación acreditados por los/as aspirantes que hayan superado la fase de oposición, hasta un
máximo de 30 puntos, conforme al siguiente baremo:
B.1. Antigüedad.
La puntuación máxima de este apartado será de 5 puntos.
— Por haber desempeñado Puestos de Trabajo como empleado/a público/a, a
razón de 1 punto por cada año completo o fracción superior a 6 meses.
B.2. Experiencia profesional.
La puntuación máxima en este apartado será de 18 puntos.
— Por haber desempeñado el puesto de trabajo de oficial/a fontanero/a, a razón de 0,21 puntos por cada mes trabajado.
— Por haber desempeñado puestos de trabajo distintos al convocado vinculados al oficio de fontanería, a razón de 0,06 puntos por cada mes trabajado.
En el caso de que la denominación del puesto de trabajo no permita deducir si la
experiencia es en el oficio mencionado, para poder puntuar en este apartado la
persona interesada deberá presentar un certificado o declaración jurada de la
administración o empresa en la que haya trabajado donde consten las funciones
desempeñadas con el fin de que el Órgano Seleccionador pueda valorar la equivalencia.
Será computable el tiempo en el que se haya permanecido desempeñando provisionalmente el puesto de trabajo mediante comisión de servicio, desempeño ac-
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