Collado Villalba (BOCM-20250707-44)
Organización y funcionamiento. Reglamento orgánico
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 160

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 7 DE JULIO DE 2025

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4. El equipo de gobierno podrá solicitar por una sola vez respecto de cada pregunta de respuesta oral
en Pleno, que sea pospuesta y contestada en la sesión plenaria siguiente.
5. La sustanciación de las preguntas de respuesta oral en Pleno dará lugar a la escueta formulación de
la pregunta por el Concejal, a la que contestará el miembro del equipo de gobierno encargado de
responder en nombre de éste.
El Concejal autor de la pregunta podrá intervenir a continuación para repreguntar o replicar,
contestando seguidamente un miembro del equipo de gobierno, que cierra el debate.
6. El tiempo para la tramitación de cada pregunta no podrá exceder de seis minutos, repartidos a
partes iguales por el Presidente entre las dos partes que intervienen.
7. Si ocurriera algún hecho o suceso extraordinario durante el tiempo transcurrido entre la reunión de
la Junta de Portavoces y el día de celebración del Pleno, se podrán formular preguntas que no hayan
sido vistas en la Junta de Portavoces, siempre que se presenten, por escrito en el registro, antes de
las trece horas del día anterior al de la celebración del Pleno.
8. En el supuesto de presentarse preguntas por el procedimiento descrito en el párrafo anterior, se
celebrará reunión de la Junta de Portavoces a las 08:00 horas del día del Pleno para apreciar y valorar
la urgencia de las mismas.
9. El mismo procedimiento descrito en el apartado anterior seguirán las Mociones de Urgencia.
ARTÍCULO 22 Preguntas de respuesta escrita.
1. No obstante lo previsto en el artículo anterior, los grupos políticos a través de sus Concejales podrán
formular preguntas, para su contestación por escrito, que se deberán contestar también por escrito, en
la Comisión Informativa del área de que se trate, siguiéndose en la formulación de la pregunta lo
establecido en el artículo anterior y no procediendo la contestación de aquellas que de conformidad
con dicho artículo no resulten admisibles. El plazo máximo para la contestación de la pregunta escrita
será de quince días naturales a contar desde el siguiente a la fecha de registro.
2. En defecto de indicación al respecto se entenderá que quien formula la pregunta solicita su
respuesta por escrito.
ARTÍCULO 23
1. Una vez iniciada la votación no podrá interrumpirse por ningún motivo. Durante su desarrollo, la
Presidencia no concederá el uso de la palabra y ningún Concejal podrá entrar ni salir del Salón.
2. En caso de necesitar ausentarse en cualquier momento de la sesión deberá solicitarse
inexcusablemente el permiso del Alcalde.
ARTÍCULO 24 PARTICIPACIÓN DE LOS VECINOS

2. Con la autorización del Alcalde y a través de un único representante, podrá exponer su parecer el
representante de la asociación o entidad, durante el tiempo que señale el Alcalde, con anterioridad a la
lectura, debate y votación de la propuesta incluida en el Orden del Día, sin que exceda de cinco
minutos.
3. Terminada la sesión del Pleno ordinario se establecerá un turno de ruegos y preguntas, por el
público asistente sobre temas concretos de interés municipal, que no hayan sido resueltos por la vía
ordinaria o la Concejalía competente.
4. Corresponde al Alcalde ordenar y cerrar este turno, concediendo o no la palabra en función del
asunto propuesto.

BOCM-20250707-44

1. Cuando alguna de las Asociaciones o Entidades a que se refiere el artículo 72 de la Ley 7/1985 de 2
de abril, desee efectuar una exposición ante el Pleno en relación con algún punto del Orden del Día en
cuya previa tramitación administrativa hubiera intervenido como interesada, deberá solicitarlo al
Alcalde por escrito que presentará en el Registro con copia hasta las 13.00 horas del viernes anterior a
la celebración de la Junta de Portavoces. El Sr. Alcalde informará a los portavoces de la intervención
en el Pleno de asociaciones o entidades en la Junta de Portavoces.