C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20250705-2)
Convenio colectivo – Resolución de 8 de junio de 2025, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación del convenio colectivo de la empresa Comisión Nacional del Mercado de Valores (Código número 28104101012025)
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 56
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 5 DE JULIO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 159
declaración del peticionario de que no desempeña actividad que pueda impedir o
menoscabar el cuidado personal del hijo menor.
Cada sucesivo hijo o hija dará derecho a un nuevo período de excedencia que, en su caso,
pondrá fin al que se viniera disfrutando.
El personal en esta situación tendrá derecho, al menos durante un año, a la reserva del
puesto de trabajo desempeñado. En cualquier momento dentro de este primer año podrá
comunicar su reingreso que será atendido por la CNMV en un plazo máximo de 15 días
naturales.
No obstante, cuando la persona trabajadora forme parte de una familia que tenga
reconocida la condición de familia numerosa, la reserva de su puesto de trabajo se
extenderá hasta un máximo de quince meses cuando se trate de una familia numerosa de
categoría general, y hasta un máximo de dieciocho meses si se trata de categoría especial.
Cuando la persona ejerza este derecho con la misma duración y régimen que el otro
progenitor, la reserva de puesto de trabajo se extenderá hasta un máximo de dieciocho
meses.
Transcurrido este periodo, dicha reserva lo será a un puesto del mismo grupo profesional
en la misma localidad. El reingreso al puesto de trabajo será automático, viniendo obligado
la persona trabajadora a solicitarlo y efectuarlo con una antelación mínima de un mes a la
fecha de vencimiento de la excedencia.
Si antes de la finalización del período de excedencia por cuidado de hijos no solicita el
reingreso, la persona trabajadora será declarada de oficio en la situación de excedencia
voluntaria por interés particular, por un periodo mínimo de cuatro meses, que podrá ser
renovado a su solicitud en los términos previstos para las excedencias por interés particular,
computándose en dicho periodo los cuatro meses anteriormente mencionados y el tiempo
transcurrido en la excedencia regulada en este apartado.
3.
Por cuidado de familiares: el personal tendrá derecho a pasar a la situación de excedencia,
por un máximo de seis años, para atender al cuidado personal de su cónyuge o pareja de
hecho acreditado, así como para el cuidado de un familiar, ascendiente o descendiente,
hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, que por razones de edad, accidente,
enfermedad o discapacidad debidamente acreditadas no puedan valerse por sí mismos y
no desempeñen actividad retribuida.
Esta excedencia constituye un derecho individual del personal. No obstante, si dos o más
personas trabajadoras generasen este derecho por el mismo sujeto causante, la CNMV
podría limitar su ejercicio simultáneo por razones justificadas relacionadas con el
funcionamiento de los servicios.
Cada nuevo sujeto causante dará origen a una nueva excedencia, y el inicio del período de
la misma pondrá fin al que se viniera disfrutando.
En la excedencia por cuidado de familiares la persona trabajadora tiene derecho a la
reserva del puesto de trabajo durante el primer año de su duración. En cualquier momento
dentro de este primer año podrá comunicar su reingreso que será atendido por la CNMV
en un plazo máximo de 15 días naturales.
Transcurrido este periodo, dicha reserva lo será a un puesto del mismo grupo profesional
en la misma localidad. El reingreso al puesto de trabajo será automático, viniendo obligado
la persona trabajadora a solicitarlo y efectuarlo con una antelación mínima de un mes a la
fecha de vencimiento de la excedencia.
Lo anterior no obstante, la situación de excedencia voluntaria por cuidado de familiares
finalizará, asimismo, cuando haya desaparecido el hecho causante que dio lugar a su
reconocimiento. En tal caso, la solicitud de reincorporación deberá realizarse
necesariamente en los 15 días hábiles siguientes a dicha finalización.
4.
Por prestación de servicios en el Sector Público: quedará en situación de excedencia
voluntaria la persona empleada que, como consecuencia de la aplicación de la normativa
de incompatibilidades, no pueda compatibilizar su actividad en la CNMV con el desempeño
BOCM-20250705-2
Si antes de la finalización del período de excedencia por cuidado de familiares no solicita
el reingreso, será declarado de oficio en la situación de excedencia voluntaria por interés
particular, por un periodo mínimo de cuatro meses, que podrá ser renovado a su solicitud
en los términos previstos para las excedencias por interés particular, computándose en
dicho periodo los cuatro meses anteriormente mencionados y el tiempo transcurrido en la
excedencia regulada en este apartado.
Pág. 56
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 5 DE JULIO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 159
declaración del peticionario de que no desempeña actividad que pueda impedir o
menoscabar el cuidado personal del hijo menor.
Cada sucesivo hijo o hija dará derecho a un nuevo período de excedencia que, en su caso,
pondrá fin al que se viniera disfrutando.
El personal en esta situación tendrá derecho, al menos durante un año, a la reserva del
puesto de trabajo desempeñado. En cualquier momento dentro de este primer año podrá
comunicar su reingreso que será atendido por la CNMV en un plazo máximo de 15 días
naturales.
No obstante, cuando la persona trabajadora forme parte de una familia que tenga
reconocida la condición de familia numerosa, la reserva de su puesto de trabajo se
extenderá hasta un máximo de quince meses cuando se trate de una familia numerosa de
categoría general, y hasta un máximo de dieciocho meses si se trata de categoría especial.
Cuando la persona ejerza este derecho con la misma duración y régimen que el otro
progenitor, la reserva de puesto de trabajo se extenderá hasta un máximo de dieciocho
meses.
Transcurrido este periodo, dicha reserva lo será a un puesto del mismo grupo profesional
en la misma localidad. El reingreso al puesto de trabajo será automático, viniendo obligado
la persona trabajadora a solicitarlo y efectuarlo con una antelación mínima de un mes a la
fecha de vencimiento de la excedencia.
Si antes de la finalización del período de excedencia por cuidado de hijos no solicita el
reingreso, la persona trabajadora será declarada de oficio en la situación de excedencia
voluntaria por interés particular, por un periodo mínimo de cuatro meses, que podrá ser
renovado a su solicitud en los términos previstos para las excedencias por interés particular,
computándose en dicho periodo los cuatro meses anteriormente mencionados y el tiempo
transcurrido en la excedencia regulada en este apartado.
3.
Por cuidado de familiares: el personal tendrá derecho a pasar a la situación de excedencia,
por un máximo de seis años, para atender al cuidado personal de su cónyuge o pareja de
hecho acreditado, así como para el cuidado de un familiar, ascendiente o descendiente,
hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, que por razones de edad, accidente,
enfermedad o discapacidad debidamente acreditadas no puedan valerse por sí mismos y
no desempeñen actividad retribuida.
Esta excedencia constituye un derecho individual del personal. No obstante, si dos o más
personas trabajadoras generasen este derecho por el mismo sujeto causante, la CNMV
podría limitar su ejercicio simultáneo por razones justificadas relacionadas con el
funcionamiento de los servicios.
Cada nuevo sujeto causante dará origen a una nueva excedencia, y el inicio del período de
la misma pondrá fin al que se viniera disfrutando.
En la excedencia por cuidado de familiares la persona trabajadora tiene derecho a la
reserva del puesto de trabajo durante el primer año de su duración. En cualquier momento
dentro de este primer año podrá comunicar su reingreso que será atendido por la CNMV
en un plazo máximo de 15 días naturales.
Transcurrido este periodo, dicha reserva lo será a un puesto del mismo grupo profesional
en la misma localidad. El reingreso al puesto de trabajo será automático, viniendo obligado
la persona trabajadora a solicitarlo y efectuarlo con una antelación mínima de un mes a la
fecha de vencimiento de la excedencia.
Lo anterior no obstante, la situación de excedencia voluntaria por cuidado de familiares
finalizará, asimismo, cuando haya desaparecido el hecho causante que dio lugar a su
reconocimiento. En tal caso, la solicitud de reincorporación deberá realizarse
necesariamente en los 15 días hábiles siguientes a dicha finalización.
4.
Por prestación de servicios en el Sector Público: quedará en situación de excedencia
voluntaria la persona empleada que, como consecuencia de la aplicación de la normativa
de incompatibilidades, no pueda compatibilizar su actividad en la CNMV con el desempeño
BOCM-20250705-2
Si antes de la finalización del período de excedencia por cuidado de familiares no solicita
el reingreso, será declarado de oficio en la situación de excedencia voluntaria por interés
particular, por un periodo mínimo de cuatro meses, que podrá ser renovado a su solicitud
en los términos previstos para las excedencias por interés particular, computándose en
dicho periodo los cuatro meses anteriormente mencionados y el tiempo transcurrido en la
excedencia regulada en este apartado.