D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20250628-19)
Convenio – Convenio de 2 de junio de 2025, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, y la Federación de Plataformas Sociales Pinardi, en virtud del cual se formaliza la concesión directa de una subvención a dicha entidad por importe de 1.300.000 euros para el desarrollo del proyecto “Primera Experiencia Profesional” en el año 2025
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
SÁBADO 28 DE JUNIO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 153
Así mismo, también será un grupo de apoyo a la intermediación de sus compañeros junior,
identificando oportunidades laborales en su compañía y actuando como prescriptores también
dentro de sus responsables para el acceso de jóvenes PEP a las vacantes.
A.1.4. Monitorización de datos de captación y análisis.
Para la permanente actualización de los sistemas de captación, se prevé la realización de una
revisión semestral de los datos de captación que permita ajustar y redirigir las actuaciones de
difusión y captación para lograr el máximo rendimiento.
Entre otros datos, este informe contemplará de manera desglosada: alcance de la difusión,
número de personas que han mostrado interés en el proyecto, número de personas contactadas
para informarles del proyecto, número de personas que inician el paquete de activación y
número de personas que se adhieren al proyecto accediendo posteriormente al paquete de
trabajo de inmersión laboral (incluye el desglose de aquellas que desertan por inserción laboral).
Este informe se pondrá a disposición de la Dirección General de Servicios Sociales e Integración,
así como de los colaboradores clave como la Red de Oficinas de Empleo para tomar
conjuntamente las medidas necesarias en los siguientes ciclos.
A.1.5. Selección del grupo de participantes y criterios de prelación
En el proceso de acceso al programa se establecen los siguientes criterios de prelación para la
atención del colectivo. Se atenderá a las siguientes normas para la selección y sustitución de
candidatos al programa:
o Tener entre 18 y 29 años, con prioridad en el sector de 18 a 25 años. Excepcionalmente
podrán atenderse personas jóvenes de 17 años que cumplan la mayoría de edad previo a
la finalización de la fecha de finalización prevista de la inmersión laboral siguiente al ciclo
de incorporación.
o Será criterio de obligado cumplimiento disponer de permiso de trabajo vigente en el
momento de incorporación a la inmersión laboral con una vigencia al menos de seis meses
desde la fecha prevista de su finalización para el acceso al mercado de trabajo.
o Se utilizará como criterio de prelación entre las personas candidatas derivadas y/o de
acceso directo, aquellas que no hayan finalizado la etapa de educación secundaria
obligatoria, y aquellas que habiendo finalizado alguno de los itinerarios de enseñanza
secundaria no cuenten con capacitación profesional.
o Se utilizará como criterio de prelación entre las personas candidatas la situación de
inactividad y/o desempleo en el momento actual, y, en caso de empate, se utilizará el
criterio del mayor tiempo de inactividad. Se procurará el equilibrio entre ambos sectores
(para corregir el posible desvío de actualización de datos en los ficheros de demandantes
de empleo y/o otras bases de datos para el acceso) y la paridad de género.
o Se procurará que, al menos, la mitad de los candidatos preseleccionados, para el conjunto
de las ocupaciones del proyecto aprobado, sean mujeres.
BOCM-20250628-19
Pág. 330
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 28 DE JUNIO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 153
Así mismo, también será un grupo de apoyo a la intermediación de sus compañeros junior,
identificando oportunidades laborales en su compañía y actuando como prescriptores también
dentro de sus responsables para el acceso de jóvenes PEP a las vacantes.
A.1.4. Monitorización de datos de captación y análisis.
Para la permanente actualización de los sistemas de captación, se prevé la realización de una
revisión semestral de los datos de captación que permita ajustar y redirigir las actuaciones de
difusión y captación para lograr el máximo rendimiento.
Entre otros datos, este informe contemplará de manera desglosada: alcance de la difusión,
número de personas que han mostrado interés en el proyecto, número de personas contactadas
para informarles del proyecto, número de personas que inician el paquete de activación y
número de personas que se adhieren al proyecto accediendo posteriormente al paquete de
trabajo de inmersión laboral (incluye el desglose de aquellas que desertan por inserción laboral).
Este informe se pondrá a disposición de la Dirección General de Servicios Sociales e Integración,
así como de los colaboradores clave como la Red de Oficinas de Empleo para tomar
conjuntamente las medidas necesarias en los siguientes ciclos.
A.1.5. Selección del grupo de participantes y criterios de prelación
En el proceso de acceso al programa se establecen los siguientes criterios de prelación para la
atención del colectivo. Se atenderá a las siguientes normas para la selección y sustitución de
candidatos al programa:
o Tener entre 18 y 29 años, con prioridad en el sector de 18 a 25 años. Excepcionalmente
podrán atenderse personas jóvenes de 17 años que cumplan la mayoría de edad previo a
la finalización de la fecha de finalización prevista de la inmersión laboral siguiente al ciclo
de incorporación.
o Será criterio de obligado cumplimiento disponer de permiso de trabajo vigente en el
momento de incorporación a la inmersión laboral con una vigencia al menos de seis meses
desde la fecha prevista de su finalización para el acceso al mercado de trabajo.
o Se utilizará como criterio de prelación entre las personas candidatas derivadas y/o de
acceso directo, aquellas que no hayan finalizado la etapa de educación secundaria
obligatoria, y aquellas que habiendo finalizado alguno de los itinerarios de enseñanza
secundaria no cuenten con capacitación profesional.
o Se utilizará como criterio de prelación entre las personas candidatas la situación de
inactividad y/o desempleo en el momento actual, y, en caso de empate, se utilizará el
criterio del mayor tiempo de inactividad. Se procurará el equilibrio entre ambos sectores
(para corregir el posible desvío de actualización de datos en los ficheros de demandantes
de empleo y/o otras bases de datos para el acceso) y la paridad de género.
o Se procurará que, al menos, la mitad de los candidatos preseleccionados, para el conjunto
de las ocupaciones del proyecto aprobado, sean mujeres.
BOCM-20250628-19
Pág. 330
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID