C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20250628-1)
Convenio colectivo – Resolución de 30 de mayo de 2025, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación del convenio colectivo de la empresa Lagardère Travel Retail, S. A. U. (Código número 28103051012021)
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 153
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 28 DE JUNIO DE 2025
Pág. 21
Se entenderá que tras veinticuatro meses de prestación de servicios en el Grupo IV la persona
trabajadora habrá adquirido la experiencia y conocimientos necesarios para promocionar al Grupo
III en el subgrupo que le corresponda según sus funciones.
x
Grupo V. Personal de Limpieza, Mantenimiento, Portería:
Descripción general: Son las personas trabajadoras encargados de efectuar los servicios auxiliares
generales de las oficinas del centro de trabajo, tales como limpieza, el mantenimiento, seguridad,
vigilancia o portería.
Puestos de trabajo a efectos ilustrativos: Limpiador, Vigilante, Conserje, Portero.
PERSONAL DE PUNTO DE VENTA
x
Grupo I – Director de Puntos de Venta
Descripción general: Trabajadores que, trabajando en los puntos de venta y reportando a un
trabajador del Grupo 0 o Grupo I del Personal de Oficina, tengan la responsabilidad directa en la
gestión de dos o más puntos de venta y/o de un grupo de veinticinco o más trabajadores. Sus
funciones comprenden trabajos de decisión y funciones de organización, negociación, planificación,
ejecución y control de un grupo de tiendas o restaurantes.
Formación: Titulación a nivel de educación universitaria o estudios equivalentes exigidos para
desempeñar las funciones técnicas del puesto o experiencia acreditada en el puesto
Puestos de trabajo a efectos ilustrativos: Director de Tienda, Jefe de Terminal, Manager de Plataforma.
x
Grupo II- Gerente de Establecimiento
Descripción general: Trabajadores que, trabajando en los puntos de venta y reportando a un
trabajador del Grupo I de Personal de Punto de Venta o trabajador del Grupo 0 o Grupo I del Personal
de Oficina, tengan la responsabilidad directa en la gestión de un punto de venta y de un grupo de
entre seis y veinticuatro trabajadores. Sus funciones conllevan ejecutar las instrucciones dadas por
sus superiores, llevando la responsabilidad de los puntos de venta y con autoridad directa sobre los
empleados que en él trabajan.
Formación: FP u otros estudios o experiencia equivalencia o experiencia acreditada en el puesto.
Puestos de trabajo a efectos ilustrativos: Gerente de Restaurante, Encargado de Cafetería,
Encargado de Tienda, Gerente de Tienda.
x
Grupo III – Encargado de Sección / Segundo Encargado
Descripción general: Trabajadores que, trabajando en los puntos de venta y reportando a un
trabajador del Grupo I o Grupo II de Personal de Punto de Venta, tengan bien la responsabilidad
directa de una sección o área de especialización de un punto de venta, bien la responsabilidad
secundaria de la gestión de un punto de venta bajo las instrucciones de un gerente de
establecimiento o la responsabilidad de un punto de venta de menos de seis trabajadores.
Formación: FP u otros estudios o experiencia acreditada en el puesto.
Puestos de trabajo a efectos ilustrativos: Jefe de Cocina, Jefe de Sala, Jefe de Relojería y Joyería,
Segundo Encargado de Restaurante, Segundo Encargado de Cafetería, Segundo Encargado de
Tienda, Jefe de Almacén, Responsable de turno.
x
Grupo IV
-
Grupo IV Camarero A las órdenes de trabajadores de los Grupos I, II o III del Personal de
Punto de Venta, y de acuerdo con sus instrucciones, están encargados de servir los
alimentos y bebidas en restaurantes y/o cafeterías, realizando, además, todas las labores
preparatorias y complementarias que sean precisas, como preparación de productos de
grab & go, recogida y limpieza de mesas o limpieza de vajilla cuando por el tamaño o
tipología del establecimiento no haya limpiadores o friegaplatos.
BOCM-20250628-1
Grupo IV A – que incluye los siguientes subgrupos:
B.O.C.M. Núm. 153
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 28 DE JUNIO DE 2025
Pág. 21
Se entenderá que tras veinticuatro meses de prestación de servicios en el Grupo IV la persona
trabajadora habrá adquirido la experiencia y conocimientos necesarios para promocionar al Grupo
III en el subgrupo que le corresponda según sus funciones.
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Grupo V. Personal de Limpieza, Mantenimiento, Portería:
Descripción general: Son las personas trabajadoras encargados de efectuar los servicios auxiliares
generales de las oficinas del centro de trabajo, tales como limpieza, el mantenimiento, seguridad,
vigilancia o portería.
Puestos de trabajo a efectos ilustrativos: Limpiador, Vigilante, Conserje, Portero.
PERSONAL DE PUNTO DE VENTA
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Grupo I – Director de Puntos de Venta
Descripción general: Trabajadores que, trabajando en los puntos de venta y reportando a un
trabajador del Grupo 0 o Grupo I del Personal de Oficina, tengan la responsabilidad directa en la
gestión de dos o más puntos de venta y/o de un grupo de veinticinco o más trabajadores. Sus
funciones comprenden trabajos de decisión y funciones de organización, negociación, planificación,
ejecución y control de un grupo de tiendas o restaurantes.
Formación: Titulación a nivel de educación universitaria o estudios equivalentes exigidos para
desempeñar las funciones técnicas del puesto o experiencia acreditada en el puesto
Puestos de trabajo a efectos ilustrativos: Director de Tienda, Jefe de Terminal, Manager de Plataforma.
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Grupo II- Gerente de Establecimiento
Descripción general: Trabajadores que, trabajando en los puntos de venta y reportando a un
trabajador del Grupo I de Personal de Punto de Venta o trabajador del Grupo 0 o Grupo I del Personal
de Oficina, tengan la responsabilidad directa en la gestión de un punto de venta y de un grupo de
entre seis y veinticuatro trabajadores. Sus funciones conllevan ejecutar las instrucciones dadas por
sus superiores, llevando la responsabilidad de los puntos de venta y con autoridad directa sobre los
empleados que en él trabajan.
Formación: FP u otros estudios o experiencia equivalencia o experiencia acreditada en el puesto.
Puestos de trabajo a efectos ilustrativos: Gerente de Restaurante, Encargado de Cafetería,
Encargado de Tienda, Gerente de Tienda.
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Grupo III – Encargado de Sección / Segundo Encargado
Descripción general: Trabajadores que, trabajando en los puntos de venta y reportando a un
trabajador del Grupo I o Grupo II de Personal de Punto de Venta, tengan bien la responsabilidad
directa de una sección o área de especialización de un punto de venta, bien la responsabilidad
secundaria de la gestión de un punto de venta bajo las instrucciones de un gerente de
establecimiento o la responsabilidad de un punto de venta de menos de seis trabajadores.
Formación: FP u otros estudios o experiencia acreditada en el puesto.
Puestos de trabajo a efectos ilustrativos: Jefe de Cocina, Jefe de Sala, Jefe de Relojería y Joyería,
Segundo Encargado de Restaurante, Segundo Encargado de Cafetería, Segundo Encargado de
Tienda, Jefe de Almacén, Responsable de turno.
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Grupo IV
-
Grupo IV Camarero A las órdenes de trabajadores de los Grupos I, II o III del Personal de
Punto de Venta, y de acuerdo con sus instrucciones, están encargados de servir los
alimentos y bebidas en restaurantes y/o cafeterías, realizando, además, todas las labores
preparatorias y complementarias que sean precisas, como preparación de productos de
grab & go, recogida y limpieza de mesas o limpieza de vajilla cuando por el tamaño o
tipología del establecimiento no haya limpiadores o friegaplatos.
BOCM-20250628-1
Grupo IV A – que incluye los siguientes subgrupos: