D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO - INSTITUTO REGIONAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (BOCM-20250627-26)
Convenio – Convenio de 18 de junio de 2025, entre la Comunidad de Madrid (Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo) y la Unión General de Trabajadores de Madrid (UGT-Madrid) para la concesión directa de una subvención para la realización durante 2025 y 2026 de acciones incluidas en el VII Plan Director de Prevención de Riesgos Laborales de la Comunidad de Madrid 2025-2028
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 178
VIERNES 27 DE JUNIO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 152
Personal para la realización de la actividad: recursos propios.
2.4.2.Entrevista de asesoramiento específico sobre Seguridad vial laboral
Se elaborará un documento de toma de datos para recoger toda la información relativa al
asesoramiento a realizar.
Además de las entrevistas de asesoramiento específico y de la entrega de material, se
elaborará un informe global de actuaciones desarrolladas, que tendrá un apartado para los ítems
considerados como más relevantes en la lista de chequeo.
Número total de entrevista de asesoramiento en organización de la prevención: 112
Personal para la realización de la actividad: recursos propios.
2.4.3.Entrevista de asesoramiento específico sobre en derechos de las personas
trabajadoras en materia de prevención de riesgos laborales
Se elaborará un documento de toma de datos para recoger toda la información relativa al
asesoramiento a realizar.
Además de las entrevistas de asesoramiento específico y de la entrega de material, se elaborará
un informe global de actuaciones desarrolladas, que tendrá un apartado para los ítems
considerados como más relevantes en la lista de chequeo.
Número total de entrevista de asesoramiento en derechos y deberes de las personas
trabajadoras en materia de prevención de riesgos laborales: 112
Personal para la realización de la actividad: recursos propios.
2.5. Consultas
Se denomina consulta a la resolución de cuestiones preventivas que, por su complejidad, nivel
de detalle o estudio, o dificultad de respuesta técnico-preventiva, requiera de la atención directa de un
técnico intermedio o superior de prevención de riesgos laborales, conforme a lo establecido en el Anexo
VI del Reglamento de los Servicios de Prevención aprobado por el Real Decreto 39/1997, de 17 de enero,
en función de la complejidad del planteamiento, de la calidad de la respuesta o la profundidad demandada
por las personas que solicitan este asesoramiento.
En el caso particular de que la consulta requiera el desplazamiento a una empresa o centro de
trabajo, es decir a un lugar distinto de donde se realizan las consultas se considerará como visita de
asesoramiento específico.
BOCM-20250627-26
Las consultas de asesoramiento técnico especializado en prevención de riesgos laborales estarán
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 178
VIERNES 27 DE JUNIO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 152
Personal para la realización de la actividad: recursos propios.
2.4.2.Entrevista de asesoramiento específico sobre Seguridad vial laboral
Se elaborará un documento de toma de datos para recoger toda la información relativa al
asesoramiento a realizar.
Además de las entrevistas de asesoramiento específico y de la entrega de material, se
elaborará un informe global de actuaciones desarrolladas, que tendrá un apartado para los ítems
considerados como más relevantes en la lista de chequeo.
Número total de entrevista de asesoramiento en organización de la prevención: 112
Personal para la realización de la actividad: recursos propios.
2.4.3.Entrevista de asesoramiento específico sobre en derechos de las personas
trabajadoras en materia de prevención de riesgos laborales
Se elaborará un documento de toma de datos para recoger toda la información relativa al
asesoramiento a realizar.
Además de las entrevistas de asesoramiento específico y de la entrega de material, se elaborará
un informe global de actuaciones desarrolladas, que tendrá un apartado para los ítems
considerados como más relevantes en la lista de chequeo.
Número total de entrevista de asesoramiento en derechos y deberes de las personas
trabajadoras en materia de prevención de riesgos laborales: 112
Personal para la realización de la actividad: recursos propios.
2.5. Consultas
Se denomina consulta a la resolución de cuestiones preventivas que, por su complejidad, nivel
de detalle o estudio, o dificultad de respuesta técnico-preventiva, requiera de la atención directa de un
técnico intermedio o superior de prevención de riesgos laborales, conforme a lo establecido en el Anexo
VI del Reglamento de los Servicios de Prevención aprobado por el Real Decreto 39/1997, de 17 de enero,
en función de la complejidad del planteamiento, de la calidad de la respuesta o la profundidad demandada
por las personas que solicitan este asesoramiento.
En el caso particular de que la consulta requiera el desplazamiento a una empresa o centro de
trabajo, es decir a un lugar distinto de donde se realizan las consultas se considerará como visita de
asesoramiento específico.
BOCM-20250627-26
Las consultas de asesoramiento técnico especializado en prevención de riesgos laborales estarán