D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO - INSTITUTO REGIONAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (BOCM-20250626-31)
Convenio –  Convenio de 18 de junio de 2025, entre la Comunidad de Madrid (Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo) y la Unión Sindical de Madrid Región de CC. OO. (USMR-CC. OO.), para la concesión directa de una subvención para la realización durante 2025 y 2026 de acciones incluidas en el VII Plan Director de Prevención de Riesgos Laborales de la Comunidad de Madrid 2025-2028
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

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JUEVES 26 DE JUNIO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 151

Se denomina consulta a la resolución de cuestiones técnico-preventivas que, por su
complejidad, nivel de detalle o estudio, o dificultad de respuesta técnico-preventiva, requiera de la
atención directa de un técnico intermedio o superior de prevención de riesgos laborales, conforme a
lo establecido en el Anexo VI del Reglamento de los Servicios de Prevención aprobado por el Real
Decreto 39/1997, de 17 de enero, en función de la complejidad del planteamiento, de la calidad de la
respuesta o la profundidad demandada por las personas que solicitan este asesoramiento y por un
letrado en los temas que requieran apoyo jurídico.

En el caso particular de que la consulta requiera el desplazamiento a una empresa o centro
de trabajo, es decir a un lugar distinto de donde se realizan las consultas se considerará como visita
de asesoramiento específico.

Las consultas de asesoramiento técnico especializado en prevención de riesgos laborales
estarán dirigidas a personas trabajadoras y personas delegadas en prevención, así como a cualquier
persona que requiera apoyo preventivo en el ámbito de la Comunidad de Madrid.

Las características de las actuaciones a realizar serán las siguientes:
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Dedicación horaria estimada: 0,5 horas. (Esta duración incluye todos los trabajos
necesarios antes, durante y después de la consulta).

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Tipo de consulta: Las consultas podrán ser telefónicas, presencial en sede, a través de la
página web, vía email, o cualquier vía que se pongan en contacto con cualquiera del
personal asignado al convenio.

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Número mínimo de consultas estimadas a realizar: 2.950.

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Tipo de personal que atenderá las consultas: Letrado, Técnicas/os de prevención de nivel
superior, intermedio, básico

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El personal que realizará las visitas será: Recursos propios.

1.6. Documentación técnica:
Consiste en la elaboración, edición y distribución de libros o manuales que desarrollan algún
aspecto preventivo, ya sea técnico-científico o legal. De conformidad con las “Recomendaciones
acerca de los Índices Estadísticos Internacionales que caracterizan la Publicación de Libros y
Publicaciones Periódicas” de la UNESCO, se entenderá por:
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Libros y manuales: Las publicaciones impresas de 49 o más páginas (más de tres pliegos
de 16 páginas), excluyendo las cubiertas y las páginas de títulos.
Folleto: La publicación no menor a 5 páginas ni mayor de 48.
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