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Convenio –  Convenio de 29 de mayo de 2025, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Educación, Ciencia y Universidades) y Silvia Fernández Palomar (FERPAL) para la realización de prácticas extracurriculares remuneradas de los alumnos de la Escuela Superior de Diseño
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 25 DE JUNIO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 150

ción de dicho material, así como su posterior retirada una vez finalizadas las prácticas será por cuenta de la Escuela Superior de Diseño.
k) El equipo y/o material informático suministrado en régimen de préstamo hasta la
finalización de las prácticas incluirá todos los programas, licencias y plataformas
necesarias para que el alumno pueda desempeñar correctamente su función.
l) El tutor de prácticas informará a la Escuela Superior de Diseño, dentro de los 5 primeros días del mes, los días efectivos de prácticas realizadad por los estudiantes
en el mes anterior a los efectos de darles de alta en el sistema de la Seguridad
Social, acorde a lo dispuesto en la disposición adicional quincuagésima segunda
del Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el
texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.
Quinta
Régimen de los alumnos en prácticas
a) Los estudiantes realizarán las prácticas de forma que sea compatible con su asistencia a las clases de la Escuela Superior de Diseño, en horario continuo de mañana o tarde.
b) Con anterioridad al inicio efectivo del período de prácticas, la dirección de la Escuela Superior de Diseño, el responsable de las prácticas designado por Silvia Fernández Palomar y el alumno de la Escuela Superior de Diseño firmarán el anexo 1,
ficha específica de regulación de las prácticas, que recoge los datos del estudiante y del responsable asignado, así como las condiciones y las actividades y funciones de las prácticas. Se firmará un anexo 1 por cada alumno en prácticas, incorporándose cuantos documentos correspondan a los alumnos que sucesivamente se
beneficien del mismo.
c) El estudiante en prácticas deberá ir provisto de su DNI, NIE o pasaporte y disponer durante su estancia en las instalaciones en que se desarrollen las prácticas del
documento que le identifica como alumno de la Escuela Superior de Diseño. Asimismo, ha de respetar las normas de régimen interior, de higiene y seguridad aplicables en las instalaciones y seguir las indicaciones a tal efecto del tutor de prácticas de Silvia Fernández Palomar.
d) En caso de ausencia o retraso para la realización de las prácticas tanto de forma presencial como no presencial, el alumno estará obligado a comunicarlo al tutor del
centro de prácticas en el mismo momento en que se prevea la ausencia o el retraso.
e) Silvia Fernández Palomar podrá dar de baja del programa a los becarios que incurran en reiteradas faltas injustificadas de puntualidad o asistencia a las prácticas o
no desarrollen las mismas con normal aprovechamiento y cumplimiento de las normas establecidas, con previa audiencia al interesado y previa comunicación a la Escuela Superior de Diseño especificando las causas concretas de la decisión. La exclusión surtirá efectos desde su comunicación fehaciente al alumno afectado.
f) Dar un uso exclusivamente profesional al material y equipamiento recibido en régimen de préstamo para la realización de las prácticas de forma no presencial.
g) Comunicar al responsable de prácticas de Silvia Fernández Palomar y en su caso a la
Escuela Superior de Diseño cualquier fallo o mal funcionamiento del material y/o
equipamiento recibido para la realización de las prácticas de forma no presencial.
h) Una vez finalizadas las prácticas, devolver en perfecto estado el material recibido
para la realización de las prácticas de forma no presencial.
i) Para la realización de las prácticas de forma no presencial, el alumno deberá disponer de un lugar y un puesto de trabajo adecuado, así como de conexión eléctrica y conexión a Internet para la conexión de los equipos que lo requieran.

Derechos y deberes de los estudiantes en prácticas
1. Durante la realización de las prácticas académicas externas, los estudiantes tendrán los siguientes derechos:
a) A la tutela, durante el período de duración de las prácticas de un profesional que
preste servicios en Silvia Fernández Palomar.
b) A la evaluación de acuerdo con las actividades y funciones de las prácticas establecidos en el anexo 1.

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Sexta