Venturada (BOCM-20250624-67)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 149

MARTES 24 DE JUNIO DE 2025

Pág. 525

7.-Calificación del proceso selectivo.
En el presente proceso selectivo, convocado a través del sistema de concurso de méritos, la
calificación definitiva del concurso será el resultado de sumar las puntuaciones obtenidas en base a
los diferentes méritos valorables.
En caso de empate, se estará a lo dispuesto en el artículo 44 del Real Decreto 364/1995, de 10 de
marzo, que establece que en caso de empate en la puntuación se acudirá para dirimirlo a la otorgada
a los méritos enunciados en el apartado primero de este artículo según el orden establecido:




Quien más puntuación obtenga en servicios prestados en el puesto de trabajo en el
Ayuntamiento convocante (apartado 6.1.a)
Quien tenga un curso relacionado con Derechos y deberes de la ciudadanía ante la eadministración (apartado 6.2.c)

De persistir el empate se dirimirá en favor del aspirante que en la actualidad mantenga un contrato
de trabajo temporal en vigor de la plaza ofertada.

8.-Resultados de la valoración y propuesta del tribunal
Concluida la valoración de los aspirantes, el Tribunal publicará en el Tablón de Anuncios y Sede
Electrónica del Ayuntamiento de Venturada la relación de aspirantes por el orden de puntuación
obtenida. El Tribunal realizará propuesta de contratación al aspirante con mayor puntuación, sin que
pueda el Tribunal proponer más aspirantes que el número de plazas convocadas, con indicación del
número de documento de identidad, la puntuación obtenida en el concurso de méritos, siendo la
definitiva del proceso selectivo, teniendo en cuenta si fuera preciso el criterio de desempate.

9.- Entrega de documentación
Los aspirantes propuestos aportarán en el Registro General del Ayuntamiento, en el plazo de diez
días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la lista de seleccionados en el
Tablón de Anuncios y Sede Electrónica del Ayuntamiento de Venturada, los siguientes documentos:
A) Documentos originales para su cotejo que acrediten los requisitos y condiciones de
capacidad establecidos en la base 3.
B) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario
del Servicio de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de
funciones públicas.
C) Declaración jurada capacidades psicológicas y físicas son perfectamente adecuadas para
el desempeño de las funciones del puesto.
Si en el plazo indicado, y salvo casos de fuerza mayor debidamente acreditados documentalmente,
el seleccionado no hubiese presentado la documentación completa o no se acredite los requisitos
exigidos, no podrá ser contratado y quedarán anuladas todas las actuaciones con él relacionadas,
sin perjuicio de las responsabilidades en las que se hubiera podido incurrir al declarar que se cumple
todos y cada uno de los requisitos establecidos en las Bases específicas de esta convocatoria. En
todo caso, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley 39/2015, se podrá conceder
a petición del interesado y dentro del plazo inicial otorgado, ampliación de dicho plazo que no
excederá de la mitad del mismo.
De finalmente no presentarse la documentación, se procederá a requerir al siguiente aspirante de la
relación elaborada por el Tribunal.

Concluido el proceso selectivo, quien lo hubiera superado y acreditado el cumplimiento de los
requisitos exigidos en la convocatoria, será declarado como personal laboral fijo del Ayuntamiento
de Venturada, publicándose en el tablón de edictos y en la página web del Ayuntamiento. La
formalización del contrato del aspirante que hubiese superado el proceso selectivo se llevará a efecto
en fecha señalada por la resolución que declara su condición de personal laboral fijo.
Adjudicación de destinos. Se realizará la adjudicación de los puestos de trabajo al personal laboral
fijo, que se efectuará de acuerdo con las peticiones de los interesados entre los puestos ofertados a

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10. Formalización de los contratos de trabajo.