San Sebastián de los Reyes (BOCM-20250620-83)
Urbanismo. Proyecto reparcelación
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 332

VIERNES 20 DE JUNIO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 146

ponde con el 10% del aprovechamiento total previsto en el planeamiento general sobre el
ámbito en cada caso objeto de ejecución.
Así tiene lugar toda vez que el Ayuntamiento de San Sebastián de los Reyes resulta adjudicatario de 9.531,75 unidades de aprovechamiento que se corresponden con el 10% de la
edificabilidad media ponderada prevista por el PGOU para el Sector 2 y que se localizan en
las parcelas de resultado AR-26/01 (1.963,85 uas en VPPL y 583,00 uas en T) y AR-29/01
(3.667,27 uas en VPPB, 2.338,38 uas en VPPL y 1.500,00 uas en T).
El Proyecto de Reparcelación se acomoda en relación con esta cuestión, en consecuencia, tanto a la legislación aplicable señalada como al PGOU vigente al encontrarse plenamente subordinado a sus determinaciones de naturaleza estructurante, de las que forman
parte el aprovechamiento urbanístico del Sector y los coeficientes de homogeneización
asignados a los usos globales (artículo 35.2 de la LSCM).
En este sentido, el Proyecto de Reparcelación no hace otra cosa más que resultar plenamente respetuoso con unos aprovechamientos y unos coeficientes de homogeneización
vinculantes que siguen legalmente vigentes y que fueron fijados justificadamente por el
PGOU del 2001 con el correspondiente sustento económico.
Estos coeficientes vienen a su vez recogidos en las fichas del plan parcial aprobado.
Se ha realizado las valoraciones económicas que sirven para marcar los coeficientes de
ponderación entre las distintas tipologías, coeficientes recogidos en el Plan General 2001 y
a su vez reflejadas en el Plan Parcial.
Se cumplirá el Artículo 83 Ley 9/2015 del Suelo de Madrid, Usos y destino de los derechos, bienes y valores derivados de la equidistribución, en cuanto a que los derechos, bienes y valores que obtenga la Administración urbanística derivados de procesos de equidistribución, se integrarán en cada caso y en la proporción determinada por la Ley 9/2001, en
los patrimonios públicos de suelo de los municipios correspondientes y de la Comunidad
de Madrid, a efectos de su gestión para el cumplimiento de la equidistribución de beneficios y cargas.
Cesión de parcelas dotacionales públicas.
Respecto de la segunda cuestión, la cesión de suelo dotacional, el proyecto de Reparcelación del Sector S2 del AR1 “Cerro del Baile” cumple igualmente lo determinado por
los art. 36.5 y 36.6 Ley del Suelo 9/2001 de la Comunidad de Madrid en cuanto el proyecto contempla una superficie total edificable de 185.746,84 m2c, y una superficie total de redes públicas previstas en el planeamiento de 252.754.289 m2 de las cuales 126.433,70 m2
son sistemas generales exteriores adscritos esto es, un porcentaje del 68,06%, muy superior
al 20% previsto legalmente; y 126.320,589 m2 de redes locales de infraestructuras equipamientos y servicios, un porcentaje del 68,00% de dotaciones locales totales respecto de la
edificabilidad, muy superior al 30% previsto legalmente.
Las parcelas resultantes cedidas al Ayuntamiento se relacionan en el Capítulo XIX del
Volumen III del proyecto de reparcelación, Parcelas resultantes no lucretivas-S2.
La Obtención y ejecución de las redes públicas, se ajustará a lo fijado en dicha Ley del
Suelo.
Las cesiones que se realizarán al Ayuntamiento de San Sebastián de los Reyes, tanto
parcelas dotacionales como lucrativas en el Sector 2 son:
TOTAL AYTO S.S.R.R.
SUP SUELO (m2s)

UAS ADJUDICADAS

185.746,84

9.531,75

VPPB (m2c)

VPPB (uas)

18.768,00

3.667,27

N.º VIVIENDAS VPPB

VPPL (m2)

VPPL (uas)

Nº VIVIENDAS VPPL

10.568,00

4.302,23

92

TERCIARIO (m2c)

TERCIARIO (uas)

2.083,00

1.562,25

La diferencia entre el total de superficie de suelo cedido al Ayuntamiento y las superficies cedidas de VPPB, VPPL y terciario adquiere concreción tanto en viarios como en el
suelo dotacional, que en el caso del Sector 2 suma 14.518,19 m2c (unidad básica resultante D-20 del Proyecto de Reparcelación).

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