B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL (BOCM-20250620-2)
Relación puestos de trabajo – Resolución de 6 de junio de 2025, de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones con la Administración de Justicia, por la que se publica la relación de puestos de trabajo de las Oficinas judiciales que servirán de apoyo a los Tribunales de Instancia de los partidos judiciales del ámbito de competencias de la Comunidad de Madrid que se constituirán el 1 de julio de 2025
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 146
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 20 DE JUNIO DE 2025
Pág. 21
rrespondientes a su ámbito de actuación. Añadiendo que, antes de su aprobación, deberán
comunicarlas al Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes.
A su vez, el artículo 521.3.A) faculta al órgano competente de las comunidades autónomas para la gestión del personal, para la formulación de la relación de puestos de trabajo en sus respectivos ámbitos territoriales.
Mediante Orden de 11 de abril de 2025, del Consejero de Presidencia, Justicia y Administración Local se ha determinado, en el ámbito de competencias de la Comunidad de
Madrid, el diseño y la estructura de las Oficinas de justicia para los Tribunales de Instancia
incluidos en la primera y en la segunda fase, conforme al modelo organizativo previsto en
la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero.
Mediante Ordenes de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo se han modificado las relaciones de puestos de trabajo y la plantilla presupuestaria de la Consejería de
Presidencia, Justicia y Administración Local para su adecuación a la relación de puestos de
trabajo de la Oficina Judicial en su implantación en la primera fase.
Se ha comunicado al Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, con carácter previo a su aprobación, la relación de puestos de trabajo objeto de esta
resolución.
En razón de lo expuesto, previa negociación con las organizaciones sindicales representadas en la Mesa Sectorial de Administración de Justicia y comunicación al Ministerio
de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, en virtud de las competencias atribuidas en el artículo 16.a) del Decreto 229/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local,
RESUELVO
Primero
La presente resolución tiene por objeto la publicación de la relación de puestos de trabajo, según Anexo I y la tabla de códigos en Anexo II de las Oficinas judiciales que deben
implantarse en los Partidos Judiciales en los que, conforme a lo previsto en la disposición
transitoria primera de la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, se constituirán los Tribunales
de Instancia el 1 de julio de 2025, con la dotación de servicios comunes que, asimismo, se
especifica:
1. Partidos judiciales con servicio común de tramitación único:
— Torrelaguna.
2. Partidos judiciales con servicio común de tramitación y servicio común general:
— Aranjuez.
— Colmenar Viejo.
— Coslada.
— Pozuelo de Alarcón.
— San Lorenzo de El Escorial.
3. Partidos judiciales con servicio común de tramitación, servicio común general y
servicio común de ejecución:
— Alcorcón.
— Arganda del Rey.
— Collado Villalba.
— Leganés.
— Majadahonda.
— Navalcarnero.
— Parla.
— Valdemoro.
En la presente resolución no se contemplan las unidades administrativas previstas en
el artículo 439 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, al no estar integradas en la Oficina
judicial, conforme a dicha norma.
BOCM-20250620-2
Objeto
B.O.C.M. Núm. 146
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 20 DE JUNIO DE 2025
Pág. 21
rrespondientes a su ámbito de actuación. Añadiendo que, antes de su aprobación, deberán
comunicarlas al Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes.
A su vez, el artículo 521.3.A) faculta al órgano competente de las comunidades autónomas para la gestión del personal, para la formulación de la relación de puestos de trabajo en sus respectivos ámbitos territoriales.
Mediante Orden de 11 de abril de 2025, del Consejero de Presidencia, Justicia y Administración Local se ha determinado, en el ámbito de competencias de la Comunidad de
Madrid, el diseño y la estructura de las Oficinas de justicia para los Tribunales de Instancia
incluidos en la primera y en la segunda fase, conforme al modelo organizativo previsto en
la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero.
Mediante Ordenes de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo se han modificado las relaciones de puestos de trabajo y la plantilla presupuestaria de la Consejería de
Presidencia, Justicia y Administración Local para su adecuación a la relación de puestos de
trabajo de la Oficina Judicial en su implantación en la primera fase.
Se ha comunicado al Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, con carácter previo a su aprobación, la relación de puestos de trabajo objeto de esta
resolución.
En razón de lo expuesto, previa negociación con las organizaciones sindicales representadas en la Mesa Sectorial de Administración de Justicia y comunicación al Ministerio
de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, en virtud de las competencias atribuidas en el artículo 16.a) del Decreto 229/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local,
RESUELVO
Primero
La presente resolución tiene por objeto la publicación de la relación de puestos de trabajo, según Anexo I y la tabla de códigos en Anexo II de las Oficinas judiciales que deben
implantarse en los Partidos Judiciales en los que, conforme a lo previsto en la disposición
transitoria primera de la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, se constituirán los Tribunales
de Instancia el 1 de julio de 2025, con la dotación de servicios comunes que, asimismo, se
especifica:
1. Partidos judiciales con servicio común de tramitación único:
— Torrelaguna.
2. Partidos judiciales con servicio común de tramitación y servicio común general:
— Aranjuez.
— Colmenar Viejo.
— Coslada.
— Pozuelo de Alarcón.
— San Lorenzo de El Escorial.
3. Partidos judiciales con servicio común de tramitación, servicio común general y
servicio común de ejecución:
— Alcorcón.
— Arganda del Rey.
— Collado Villalba.
— Leganés.
— Majadahonda.
— Navalcarnero.
— Parla.
— Valdemoro.
En la presente resolución no se contemplan las unidades administrativas previstas en
el artículo 439 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, al no estar integradas en la Oficina
judicial, conforme a dicha norma.
BOCM-20250620-2
Objeto