B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL (BOCM-20250620-4)
Relación puestos de trabajo – Resolución de 6 de junio de 2025, de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones con la Administración de Justicia, por la que se publica la relación de puestos de trabajo de las Oficinas Generales del Registro Civil de los Partidos Judiciales donde se constituirán los Tribunales de Instancia del ámbito de competencias de la Comunidad de Madrid el 1 de julio de 2025
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 146
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 20 DE JUNIO DE 2025
Pág. 53
RESUELVO
Primero
Objeto
La presente resolución tiene por objeto la publicación de la relación de puestos de trabajo, según Anexo I y la tabla de códigos en Anexo II, de las Oficinas Generales del Registro Civil que deben implantarse en los Partidos Judiciales en los que, conforme a lo previsto en la disposición transitoria primera de la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, se
constituirán los Tribunales de Instancia el 1 de julio de 2025, según se especifica:
— Alcorcón.
— Aranjuez.
— Arganda del Rey.
— Collado Villalba.
— Colmenar Viejo.
— Coslada.
— Leganés.
— Majadahonda.
— Navalcarnero.
— Parla.
— Pozuelo de Alarcón.
— San Lorenzo de El Escorial.
— Torrelaguna.
— Valdemoro.
Segundo
Ámbito de aplicación
Será de aplicación a los funcionarios de los Cuerpos Generales destinados en órganos,
servicios judiciales y Oficinas Generales del Registro Civil del ámbito competencial de la
Comunidad de Madrid.
Tercero
Tipos de puestos
La relación de puestos de trabajo puede contener los siguientes tipos de puestos de los
Cuerpos Generales:
— Puestos singularizados. Son los puestos diferenciados dentro de la estructura orgánica y que implican la ejecución de tareas o funciones asignadas de forma individualizada.
— Puestos genéricos. Son los puestos que no se diferencian dentro de la estructura
orgánica y que implican la ejecución de tareas o funciones propias de un cuerpo,
y por tanto no tienen un contenido funcional individualizado.
— Puestos genéricos con especificidades. Son los puestos que, sin mostrarse como
puestos distintos en las relaciones de puestos de trabajo, desarrollan determinadas
tareas o funciones para prestar el servicio o servicios específicos, según vendrá reflejado en el apartado de observaciones de las relaciones de puestos de trabajo. Pudiendo desarrollar también otras funciones propias de un Cuerpo.
Cuarto
En las relaciones de puestos de trabajo se especifican las cuantías de los conceptos de
complemento general de puesto y de complemento específico.
El complemento general de puesto es el correspondiente, en el momento de aprobación de la presente resolución, a los puestos tipo de las distintas unidades que integran las
Oficinas judiciales determinados mediante Real Decreto, cuyas cuantías se fijan en la Ley
de Presupuestos Generales del Estado.
La cuantía individualizada del complemento específico se fija por la Comunidad de
Madrid, en función de la valoración de los puestos de trabajo, sin que en ningún caso pueda asignarse más de un complemento específico.
BOCM-20250620-4
Retribuciones complementarias fijas en las relaciones de puestos de trabajo.
B.O.C.M. Núm. 146
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 20 DE JUNIO DE 2025
Pág. 53
RESUELVO
Primero
Objeto
La presente resolución tiene por objeto la publicación de la relación de puestos de trabajo, según Anexo I y la tabla de códigos en Anexo II, de las Oficinas Generales del Registro Civil que deben implantarse en los Partidos Judiciales en los que, conforme a lo previsto en la disposición transitoria primera de la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, se
constituirán los Tribunales de Instancia el 1 de julio de 2025, según se especifica:
— Alcorcón.
— Aranjuez.
— Arganda del Rey.
— Collado Villalba.
— Colmenar Viejo.
— Coslada.
— Leganés.
— Majadahonda.
— Navalcarnero.
— Parla.
— Pozuelo de Alarcón.
— San Lorenzo de El Escorial.
— Torrelaguna.
— Valdemoro.
Segundo
Ámbito de aplicación
Será de aplicación a los funcionarios de los Cuerpos Generales destinados en órganos,
servicios judiciales y Oficinas Generales del Registro Civil del ámbito competencial de la
Comunidad de Madrid.
Tercero
Tipos de puestos
La relación de puestos de trabajo puede contener los siguientes tipos de puestos de los
Cuerpos Generales:
— Puestos singularizados. Son los puestos diferenciados dentro de la estructura orgánica y que implican la ejecución de tareas o funciones asignadas de forma individualizada.
— Puestos genéricos. Son los puestos que no se diferencian dentro de la estructura
orgánica y que implican la ejecución de tareas o funciones propias de un cuerpo,
y por tanto no tienen un contenido funcional individualizado.
— Puestos genéricos con especificidades. Son los puestos que, sin mostrarse como
puestos distintos en las relaciones de puestos de trabajo, desarrollan determinadas
tareas o funciones para prestar el servicio o servicios específicos, según vendrá reflejado en el apartado de observaciones de las relaciones de puestos de trabajo. Pudiendo desarrollar también otras funciones propias de un Cuerpo.
Cuarto
En las relaciones de puestos de trabajo se especifican las cuantías de los conceptos de
complemento general de puesto y de complemento específico.
El complemento general de puesto es el correspondiente, en el momento de aprobación de la presente resolución, a los puestos tipo de las distintas unidades que integran las
Oficinas judiciales determinados mediante Real Decreto, cuyas cuantías se fijan en la Ley
de Presupuestos Generales del Estado.
La cuantía individualizada del complemento específico se fija por la Comunidad de
Madrid, en función de la valoración de los puestos de trabajo, sin que en ningún caso pueda asignarse más de un complemento específico.
BOCM-20250620-4
Retribuciones complementarias fijas en las relaciones de puestos de trabajo.