C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20250614-2)
Convenio colectivo –  Resolución de 29 de abril de 2025, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación del convenio colectivo de la Mutualidad de la Abogacía. (Código número 28100722012014)
26 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 74

SÁBADO 14 DE JUNIO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 141

También, se le convocará y dará audiencia a la persona denunciada. Asimismo, esta
persona tiene derecho a ser asistida y acompañada por una persona de su confianza, sea
o no representante legal y/o sindical de las personas trabajadoras, quien deberá guardar
sigilo sobre la información a la que tenga acceso para poder conocer y valorar su versión
de los hechos denunciados.
x

La Comisión de Investigación podrá concertar más reuniones o entrevistas, según
corresponda, a lo largo de la investigación.

x

Igualmente, se dará audiencia a cuantos testigos sean necesarios para esclarecer los
hechos denunciados.

x

Asimismo, se recabará cuanta documentación exista y sea pertinente para esclarecer los
hechos denunciados.

De todas las testificales practicadas se levantará la correspondiente acta o grabación de la
conversación en un formato seguro, duradero y accesible.
Duración del proceso de investigació
El plazo máximo para dar respuesta a las actuaciones de investigación no podrá ser superior a 3
meses a contar desde la recepción de la comunicación. En caso de que no se hubiese remitido
acuse de recibo, el plazo de 3 meses comenzará a contarse a partir del vencimiento del plazo de 7
días después de efectuarse la comunicación.
Para aquellos casos que supongan una especial complejidad el anterior plazo máximo de 3 meses
podrá extenderse hasta un máximo de otros 3 meses adicionales.
Resolución de la investigación
Finalizada la instrucción, la Comisión emitirá un Informe en el que se recogerán una (i) descripción
de los hechos, (ii) los testimonios, (iii) la metodología empleada, (iv) las pruebas practicadas y/o
recabadas, (v) el análisis de los hechos, la valoración y calificación y (vi) la proposición de medidas
(si procede).
Asimismo, se entregará un resumen con las conclusiones del informe a la persona denunciante,
salvo que la denuncia haya sido anónima. También se entregará un resumen sucinto de las
conclusiones del informe a la persona denunciada.
Adopción de medidas
Si se determina la existencia de acoso o violencia, la Dirección de Mutualidad adoptará las
medidas disciplinarias que correspondan, atendiendo a las circunstancias del caso, de conformidad
con la legislación laboral vigente, decisión que se tomará en los siguientes días a la fecha en que
se emita el Informe. Asimismo, se tomarán las medidas correctoras oportunas y, si procede, se
continuarán aplicando medidas de protección a la víctima.
Si no se constatan situaciones de acoso, o no ha sido posible la verificación de los hechos, se
archivará el expediente.
El Informe podrá recoger mecanismos de apoyo y acompañamiento a estas personas.

Las personas trabajadoras que denuncien una situación de acoso o violencia tienen derecho a no
ser víctimas de represalias por plantear denuncias de buena fe, por apoyar a un compañero que
haya hablado o por participar en una investigación, incluso si no se confirman las respectivas
denuncias, pero siempre que las mismas tenga visas de veracidad y se basen en hecho reales
acontecidos, con independencia de la calificación que pueda darse a los mismos.
Tanto si se confirma la situación de acoso o violencia denunciada como si no, la Dirección
considerará detenidamente la mejor manera de gestionar la continuación de la eventual relación
laboral entre las personas implicadas y se asegurará de que reciban el apoyo que necesiten a lo
largo del proceso.

BOCM-20250614-2

Prohibición de represalias