C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20250614-1)
Convenio colectivo – Resolución de 29 de abril de 2025, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación del convenio colectivo de la empresa Plus Ultra Líneas Aéreas, S. A. (Código número 28104060012025)
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 141
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SÁBADO 14 DE JUNIO DE 2025
Pág. 43
Haber superado necesariamente todas las supervisiones en línea realizadas en Plus Ultra. Para
este requisito sólo se tendrán en cuenta las realizadas dentro de los últimos 12 meses anteriores
a la designación del candidato.
Superar una evaluación personal orientada al puesto, descrita anteriormente en el presente
artículo. (Teórica y en FFS).
Superar el entrenamiento establecido por Plus Ultra de relevo del comandante por encima de
FL200.
Se valorará experiencia anterior en aviones Airbus FBW, o de masa máxima al despegue
superior a 150000 Kilogramos, o en el tipo de operación que realiza Plus Ultra Líneas Aéreas.
30.4.3.1 Consolidación del puesto
Para la consolidación del puesto, el candidato deberá:
x
Superar la OPC en el LHS.
30.4.4. Proceso de evaluación de candidatos
El procedimiento consiste en un proceso de entrevista/examen oral/práctico (en simulador) y
presencial, llevado a cabo en todas las pruebas por al menos 2 pilotos de la compañía designados
por las Áreas de Operaciones Vuelo y Entrenamiento de Tripulaciones y un representante del
Director Responsable, que puede delegar en uno de los anteriores o designar uno específicamente.
En este proceso se revisará y evaluará, por los medios que se consideren necesarios, hasta
establecer con suficientes garantías:
x
x
x
Cumplimiento de las condiciones mínimas para postularse para el puesto establecidas en este
artículo.
Conocimientos técnicos, competencias y habilidades para el puesto al que se opta (incluida
evaluación teórica y en FFS).
Habilidades interpersonales.
30.4.5. Nombramientos
Una vez superado la fase del anterior proceso de evaluación de candidatos previa a los
entrenamientos establecidos para cualificarse para el puesto, el candidato pasará a una lista en la
que el orden de designación vendrá determinado por el orden de escalafón, a la espera de una
vacante efectiva para el puesto, momento en el que empezará los entrenamientos requeridos hasta
la consolidación del puesto.
En caso de no superar el curso y entrenamiento para la promoción, retornarán a su puesto con la
función y base actual.
Artículo 31. Funciones de los Pilotos.
31.1 Se establecen las siguientes definiciones a los efectos de determinar la escala salarial aplicable.
Todos los requisitos de horas mencionados no incluyen las horas de simulador:
31.1.1 comandante (CPT): Puesto de especial confianza de la Compañía, Es el miembro de la
tripulación con la experiencia y cualificación necesarias para llevar a cabo el mando a bordo de un
tipo específico de aeronave, y que es responsable de la seguridad del avión, de la tripulación, los
pasajeros, la carga y el correo de a bordo.
31.1.2 Copiloto Senior (SFO):
Copiloto que está cualificado para relevar al comandante en la fase de crucero ocupando el asiento
de la izquierda (por encima de FL200) para la realización de turnos de descansos en vuelo de la
tripulación.
BOCM-20250614-1
Se establecen los siguientes niveles salariales:
Nivel 1
Nivel 1 Bis (tras 2 años en el nivel anterior)
Nivel 2 (tras 2,5 años en el nivel anterior)
Nivel 3 (tras 3 años en el nivel anterior)
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 141
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SÁBADO 14 DE JUNIO DE 2025
Pág. 43
Haber superado necesariamente todas las supervisiones en línea realizadas en Plus Ultra. Para
este requisito sólo se tendrán en cuenta las realizadas dentro de los últimos 12 meses anteriores
a la designación del candidato.
Superar una evaluación personal orientada al puesto, descrita anteriormente en el presente
artículo. (Teórica y en FFS).
Superar el entrenamiento establecido por Plus Ultra de relevo del comandante por encima de
FL200.
Se valorará experiencia anterior en aviones Airbus FBW, o de masa máxima al despegue
superior a 150000 Kilogramos, o en el tipo de operación que realiza Plus Ultra Líneas Aéreas.
30.4.3.1 Consolidación del puesto
Para la consolidación del puesto, el candidato deberá:
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Superar la OPC en el LHS.
30.4.4. Proceso de evaluación de candidatos
El procedimiento consiste en un proceso de entrevista/examen oral/práctico (en simulador) y
presencial, llevado a cabo en todas las pruebas por al menos 2 pilotos de la compañía designados
por las Áreas de Operaciones Vuelo y Entrenamiento de Tripulaciones y un representante del
Director Responsable, que puede delegar en uno de los anteriores o designar uno específicamente.
En este proceso se revisará y evaluará, por los medios que se consideren necesarios, hasta
establecer con suficientes garantías:
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Cumplimiento de las condiciones mínimas para postularse para el puesto establecidas en este
artículo.
Conocimientos técnicos, competencias y habilidades para el puesto al que se opta (incluida
evaluación teórica y en FFS).
Habilidades interpersonales.
30.4.5. Nombramientos
Una vez superado la fase del anterior proceso de evaluación de candidatos previa a los
entrenamientos establecidos para cualificarse para el puesto, el candidato pasará a una lista en la
que el orden de designación vendrá determinado por el orden de escalafón, a la espera de una
vacante efectiva para el puesto, momento en el que empezará los entrenamientos requeridos hasta
la consolidación del puesto.
En caso de no superar el curso y entrenamiento para la promoción, retornarán a su puesto con la
función y base actual.
Artículo 31. Funciones de los Pilotos.
31.1 Se establecen las siguientes definiciones a los efectos de determinar la escala salarial aplicable.
Todos los requisitos de horas mencionados no incluyen las horas de simulador:
31.1.1 comandante (CPT): Puesto de especial confianza de la Compañía, Es el miembro de la
tripulación con la experiencia y cualificación necesarias para llevar a cabo el mando a bordo de un
tipo específico de aeronave, y que es responsable de la seguridad del avión, de la tripulación, los
pasajeros, la carga y el correo de a bordo.
31.1.2 Copiloto Senior (SFO):
Copiloto que está cualificado para relevar al comandante en la fase de crucero ocupando el asiento
de la izquierda (por encima de FL200) para la realización de turnos de descansos en vuelo de la
tripulación.
BOCM-20250614-1
Se establecen los siguientes niveles salariales:
Nivel 1
Nivel 1 Bis (tras 2 años en el nivel anterior)
Nivel 2 (tras 2,5 años en el nivel anterior)
Nivel 3 (tras 3 años en el nivel anterior)