C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20250614-1)
Convenio colectivo –  Resolución de 29 de abril de 2025, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación del convenio colectivo de la empresa Plus Ultra Líneas Aéreas, S. A. (Código número 28104060012025)
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 18

SÁBADO 14 DE JUNIO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 141

COPILOTO

SALARIO (ANUAL)

SALARIO 2025*

SALARIO 2026*

NIVEL 1

36.053

37.856

39.749

NIVEL 2

39.658

41.641

43.723

NIVEL 3

43.263

45.427

47.698

17.2.2Retribución de las horas de vuelo (BLH)
HORAS DE VUELO

COMANDANTE

2024>65

124,20

COPILOTO
78,20

2025*>65

130.41

82.11

2026*>65

136.93

86.22

17.2.3 Prima responsabilidad de los CPT y S.F.O.
o

Prima Responsabilidad del comandante: 24.035 € brutos anuales, repartidos en 12
mensualidades. Para 2025* será de 25.237€ brutos anuales y para el 2026* de 26.499€.

o

Plus S.F.O.: 9.614 € brutos anuales, repartidos en 12 mensualidades. Para el 2025* será de
10.095€ brutos anuales y para el 2026* de 10.599€.
17.2.4 Plus con cargo responsabilidad (responsables sujetos a comunicación y aprobación por
parte de AESA) y Jefaturas

o

Complemento de jefatura: incremento de 2.500€ brutos anuales, 2.625€ en el 2025* y 2.756€
en el 2026*.
Directores: Incremento de 5.000€ brutos anuales para el ejercicio 2024*, 5.250€ para el 2025*
y 5.512€ para el 2026*.

o

17.2.5 Complemento de línea (más de 14 noches fuera de base):
Para nuevas operativas (por no ser aplicables a SATA, verano 2024, Polonia finales 2024, principios
2025), en el caso de destacamentos en los que el piloto pase más de 14 noches pernoctando fuera
de su domicilio, la empresa abonará por cada día 37,50 € contando desde el primer día. Con efectos
a partir de nuevas operativas
x

Año 2025* será de 39.37€ y para el 2026*será de 41.34€.

17.2.6 Complemento de vinculación no consolidable:
Establecimiento de un premio de vinculación no consolidable para todo el colectivo de pilotos en alta
el 01 de febrero de 2024 que se devengará para todos aquellos que sigan en alta el 30 de mayo de
2025 y que se cobrará, en un único pago, el 01 de junio de 2025.

Dicho premio se cuantificará en base al cálculo que hubiera correspondido en concepto de atrasos de
haberse aplicado el Convenio Colectivo en los meses de diciembre de 2023 y enero de 2024. Dicho
mporte se distribuirá entre los pilotos que generen este derecho en proporción a su salario base de
mayo de 2025
Art 17.3 Retribuciones variables:
17.3.1Horas de posicionamiento: el 25% de las mismas se sumarán a las horas de vuelo.
Imaginarias:

x

Comandante Importe imaginaria en incidencias: 55 €. Año 2025* será de 57,75€ y para el
2026*será de 60,64€.

x

Copiloto Importe imaginaria en incidencias: 33 €. Año 2025* será de 34.65€ y para el 2026*será
de 36.38€.

Las 6 primeras imaginarias durante una programación de incidencias estarán exentas de abono.

BOCM-20250614-1

17.3.2