Majadahonda (BOCM-20250602-58)
Urbanismo. Plan general
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 130
LUNES 2 DE JUNIO DE 2025
3.1)
Pág. 199
De Urbanización:
Comprenderán las relativas a accesos, saneamiento, distribución de agua, energía eléctrica
y alumbrado, telecomunicaciones, así como jardinería, riego y mobiliario urbano.
3.2)
Edificación
Edificabilidad: Excluyendo elementos específicos de enterramiento (sepulturas, nichos,
criptas, columbarios, etc.) las edificaciones necesarias no sobrepasarán un coeficiente de
0,10 m2c/m2. El número máximo de plantas será de 2 (B+1) sobre rasante y 1 bajo rasante,
siendo la altura máxima a cornisa de 7 m. Puntualmente se admitirán elementos
ornamentales de mayor altura.
Ocupación máxima: 10% (excluyendo elementos ya reseñados en la edificabilidad)
Cerramiento de la parcela: Altura máxima de 3,00 m.
Otras condiciones: se reservará plazas de aparcamiento suficientes en función de las
instalaciones funerarias a implantar, debiendo justificarse la dotación adecuada en el
proyecto de actividad de la instalación, con el mínimo de 1 plaza por cada 10 personas de
aforo. En todo caso la dotación no será inferior a 1,5 plazas por cada 100 m2 construidos.
3.3)
Otras condiciones
-
Los espacios libres serán ajardinados.
-
Los materiales y acabados serán acordes con el medio natural o urbano en que se
ubiquen.
3.4)
De protección medio ambiental
El emplazamiento seleccionado para los enterramientos debe considerar lo siguiente:
-
La cubierta del suelo por encima del ataúd o cubierta no debe ser inferior a 1 m.
-
La base del entierro no debe estar a menos de 1m del nivel freático estacional.
-
No debe situarse a menos de 250 metros de cualquier captación de agua subterránea
destinada a suministro de agua potable, o de 50 metros de pozos, con independencia
de su naturaleza.
-
Situarse a más de 50 metros de cualquier curso fluvial.
-
Las pendientes deberían ser superiores a 2 grados, e inferiores a 10.
El proyecto de definición y ejecución del nuevo cementerio determinará de forma específica
las condiciones pormenorizadas de la solución técnica y ambientalmente más adecuada.
Para ello se elaborará una memoria ambiental del proyecto en el que se aborden todas las
cuestiones ambientales que pueda implicar el proyecto y al menos, las siguientes:
En relación con este punto hay que señalar que con fecha 6 de julio de 2022 el
Ayuntamiento remite informe favorable elaborado por técnicos del Instituto Geológico y
Minero de España relativo a “IDONEIDAD DE LOS TERRENOS SOBRE LOS QUE SE
PROYECTA LLEVAR A ACABO LA CONSTRUCCIÓN DEL NUEVO CEMENTERIO
MUNICIPAL DE MAJADAHONDA (MADRID) en el que se describen las características
geológicas e hidrogeológicas de los terrenos donde se pretende ubicar el nuevo cementerio.
BOCM-20250602-58
Caracterización hidrogeológica:
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 130
LUNES 2 DE JUNIO DE 2025
3.1)
Pág. 199
De Urbanización:
Comprenderán las relativas a accesos, saneamiento, distribución de agua, energía eléctrica
y alumbrado, telecomunicaciones, así como jardinería, riego y mobiliario urbano.
3.2)
Edificación
Edificabilidad: Excluyendo elementos específicos de enterramiento (sepulturas, nichos,
criptas, columbarios, etc.) las edificaciones necesarias no sobrepasarán un coeficiente de
0,10 m2c/m2. El número máximo de plantas será de 2 (B+1) sobre rasante y 1 bajo rasante,
siendo la altura máxima a cornisa de 7 m. Puntualmente se admitirán elementos
ornamentales de mayor altura.
Ocupación máxima: 10% (excluyendo elementos ya reseñados en la edificabilidad)
Cerramiento de la parcela: Altura máxima de 3,00 m.
Otras condiciones: se reservará plazas de aparcamiento suficientes en función de las
instalaciones funerarias a implantar, debiendo justificarse la dotación adecuada en el
proyecto de actividad de la instalación, con el mínimo de 1 plaza por cada 10 personas de
aforo. En todo caso la dotación no será inferior a 1,5 plazas por cada 100 m2 construidos.
3.3)
Otras condiciones
-
Los espacios libres serán ajardinados.
-
Los materiales y acabados serán acordes con el medio natural o urbano en que se
ubiquen.
3.4)
De protección medio ambiental
El emplazamiento seleccionado para los enterramientos debe considerar lo siguiente:
-
La cubierta del suelo por encima del ataúd o cubierta no debe ser inferior a 1 m.
-
La base del entierro no debe estar a menos de 1m del nivel freático estacional.
-
No debe situarse a menos de 250 metros de cualquier captación de agua subterránea
destinada a suministro de agua potable, o de 50 metros de pozos, con independencia
de su naturaleza.
-
Situarse a más de 50 metros de cualquier curso fluvial.
-
Las pendientes deberían ser superiores a 2 grados, e inferiores a 10.
El proyecto de definición y ejecución del nuevo cementerio determinará de forma específica
las condiciones pormenorizadas de la solución técnica y ambientalmente más adecuada.
Para ello se elaborará una memoria ambiental del proyecto en el que se aborden todas las
cuestiones ambientales que pueda implicar el proyecto y al menos, las siguientes:
En relación con este punto hay que señalar que con fecha 6 de julio de 2022 el
Ayuntamiento remite informe favorable elaborado por técnicos del Instituto Geológico y
Minero de España relativo a “IDONEIDAD DE LOS TERRENOS SOBRE LOS QUE SE
PROYECTA LLEVAR A ACABO LA CONSTRUCCIÓN DEL NUEVO CEMENTERIO
MUNICIPAL DE MAJADAHONDA (MADRID) en el que se describen las características
geológicas e hidrogeológicas de los terrenos donde se pretende ubicar el nuevo cementerio.
BOCM-20250602-58
Caracterización hidrogeológica: