C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL (BOCM-20250602-24)
Bases certamen literario – Orden de 19 de mayo de 2025, del Consejero de Presidencia, Justicia y Administración Local, por la que se modifica la Orden de 21 de febrero de 2025, por la que se aprueban las bases reguladoras que regirán las convocatorias del certamen literario “Cuéntame la UE”
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 130
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 2 DE JUNIO DE 2025
Pág. 139
Por último, se ha recabado informe de la Secretaría General Técnica, de la Abogacía
General de la Comunidad de Madrid y de la Intervención Delegada de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local.
Esta Orden se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 26 de la Ley 50/1997,
de 27 de noviembre, del Gobierno, y de conformidad con la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre; la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de
Subvenciones de la Comunidad de Madrid; el Decreto 76/1993, de 26 de agosto, por el que
se aprueba el Reglamento de Procedimiento para la Concesión de Ayudas y Subvenciones
Públicas, y el Decreto 222/1998, de 23 de diciembre, de desarrollo parcial de la Ley 2/1995,
de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, en materia de bases reguladoras de las mismas; la Orden de 7 de marzo de 2024 del Consejero de Presidencia, Justicia y Administración Local por el que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de la
Consejería para los años 2024 y 2025, y demás disposiciones aplicables, y a tenor de los
principios de publicidad, concurrencia y objetividad.
En su virtud, a iniciativa de la Dirección General de Cooperación con el Estado y la
Unión Europea,
DISPONGO
Artículo único
La Orden de 21 de febrero de 2025, del Consejero de Presidencia, Justicia y Administración local, por la que se aprueban las bases reguladoras que regirán las convocatorias del
certamen literario “Cuéntame la UE”, queda modificada como sigue:
Uno. El decimoquinto párrafo de la parte expositiva queda redactado del siguiente modo:
«Con el objetivo de alcanzar la finalidad propuesta, estas ayudas están destinadas a la
concesión de premios para los ganadores del certamen de literatura infantil denominado
“Cuéntame la UE”. Este certamen se plantea como una actividad para acercar la Unión
Europea al público infantil, a través de la convocatoria de un premio literario dirigido a autores de cuentos, con el propósito de utilizar sus obras como material en futuras campañas
de cuentacuentos para público infantil».
Dos. El artículo 5 queda redactado del siguiente modo:
“1. De entre todas las candidaturas se seleccionarán un primer, un segundo y un tercer premio, cuya naturaleza y dotación, dineraria o en especie, será determinada en la correspondiente convocatoria. La adjudicación de los premios se realizará según el orden de
valoración de la Comisión Técnica de Valoración. No obstante, si la calidad de las obras no
lo justificara, podrán otorgarse menos premios o declararse desiertos.
En las correspondientes convocatorias se podrán establecer dos categorías de premios,
ambas destinadas a la redacción de cuentos para alumnos de Primaria, pero diferenciadas
según la edad del público al que se dirigen los cuentos, con el objeto de disponer de material con un enfoque más adecuado a su nivel de comprensión. La primera categoría estará
dirigida a cuentos para alumnado de 1.o, 2.o y 3.o de Primaria, mientras que la segunda categoría estará orientada a cuentos para alumnado de 4.o, 5.o y 6.o de Primaria.
2. La convocatoria determinará el total del importe de la subvención y, en su caso,
las cuantías económicas o el valor estimado de los premios en especie, que se financiarán
con cargo a los créditos disponibles de la Dirección General competente en Unión Europea.
3. Los premios estarán sujetos, en su caso, a las retenciones fiscales que correspondan conforme a la legislación tributaria vigente.
4. El abono de los premios dinerarios o la gestión de los premios en especie se realizará en una única operación.
5. La Comisión Técnica de Valoración, a la vista de los trabajos presentados, podrá
declarar desierto el premio total o parcialmente.
6. El premio se otorgará con arreglo a los principios de publicidad, transparencia,
concurrencia, objetividad, igualdad y no discriminación”.
BOCM-20250602-24
Modificación de la Orden de 21 de febrero de 2025, del Consejero de Presidencia,
Justicia y Administración local, por la que se aprueban las bases reguladoras
que regirán las convocatorias del certamen literario “Cuéntame la UE”
B.O.C.M. Núm. 130
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 2 DE JUNIO DE 2025
Pág. 139
Por último, se ha recabado informe de la Secretaría General Técnica, de la Abogacía
General de la Comunidad de Madrid y de la Intervención Delegada de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local.
Esta Orden se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 26 de la Ley 50/1997,
de 27 de noviembre, del Gobierno, y de conformidad con la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre; la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de
Subvenciones de la Comunidad de Madrid; el Decreto 76/1993, de 26 de agosto, por el que
se aprueba el Reglamento de Procedimiento para la Concesión de Ayudas y Subvenciones
Públicas, y el Decreto 222/1998, de 23 de diciembre, de desarrollo parcial de la Ley 2/1995,
de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, en materia de bases reguladoras de las mismas; la Orden de 7 de marzo de 2024 del Consejero de Presidencia, Justicia y Administración Local por el que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de la
Consejería para los años 2024 y 2025, y demás disposiciones aplicables, y a tenor de los
principios de publicidad, concurrencia y objetividad.
En su virtud, a iniciativa de la Dirección General de Cooperación con el Estado y la
Unión Europea,
DISPONGO
Artículo único
La Orden de 21 de febrero de 2025, del Consejero de Presidencia, Justicia y Administración local, por la que se aprueban las bases reguladoras que regirán las convocatorias del
certamen literario “Cuéntame la UE”, queda modificada como sigue:
Uno. El decimoquinto párrafo de la parte expositiva queda redactado del siguiente modo:
«Con el objetivo de alcanzar la finalidad propuesta, estas ayudas están destinadas a la
concesión de premios para los ganadores del certamen de literatura infantil denominado
“Cuéntame la UE”. Este certamen se plantea como una actividad para acercar la Unión
Europea al público infantil, a través de la convocatoria de un premio literario dirigido a autores de cuentos, con el propósito de utilizar sus obras como material en futuras campañas
de cuentacuentos para público infantil».
Dos. El artículo 5 queda redactado del siguiente modo:
“1. De entre todas las candidaturas se seleccionarán un primer, un segundo y un tercer premio, cuya naturaleza y dotación, dineraria o en especie, será determinada en la correspondiente convocatoria. La adjudicación de los premios se realizará según el orden de
valoración de la Comisión Técnica de Valoración. No obstante, si la calidad de las obras no
lo justificara, podrán otorgarse menos premios o declararse desiertos.
En las correspondientes convocatorias se podrán establecer dos categorías de premios,
ambas destinadas a la redacción de cuentos para alumnos de Primaria, pero diferenciadas
según la edad del público al que se dirigen los cuentos, con el objeto de disponer de material con un enfoque más adecuado a su nivel de comprensión. La primera categoría estará
dirigida a cuentos para alumnado de 1.o, 2.o y 3.o de Primaria, mientras que la segunda categoría estará orientada a cuentos para alumnado de 4.o, 5.o y 6.o de Primaria.
2. La convocatoria determinará el total del importe de la subvención y, en su caso,
las cuantías económicas o el valor estimado de los premios en especie, que se financiarán
con cargo a los créditos disponibles de la Dirección General competente en Unión Europea.
3. Los premios estarán sujetos, en su caso, a las retenciones fiscales que correspondan conforme a la legislación tributaria vigente.
4. El abono de los premios dinerarios o la gestión de los premios en especie se realizará en una única operación.
5. La Comisión Técnica de Valoración, a la vista de los trabajos presentados, podrá
declarar desierto el premio total o parcialmente.
6. El premio se otorgará con arreglo a los principios de publicidad, transparencia,
concurrencia, objetividad, igualdad y no discriminación”.
BOCM-20250602-24
Modificación de la Orden de 21 de febrero de 2025, del Consejero de Presidencia,
Justicia y Administración local, por la que se aprueban las bases reguladoras
que regirán las convocatorias del certamen literario “Cuéntame la UE”