C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20250531-2)
Convenio colectivo – Resolución de 10 de mayo de 2025, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación del convenio colectivo de la empresa Metro de Madrid, S. A. (antes: Compañía Metropolitano y Ferrocarril Suburbano (Código número 28000922011981)
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 129
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 31 DE MAYO DE 2025
Pág. 85
El resultado de esta segunda fase, siempre que se superen dichas pruebas de
evaluación, tendrá un peso del 40% en la puntuación acumulada resultante para
determinar las personas que accederán a la tercera fase de este proceso, del que
un 20% corresponderá a las pruebas de evaluación del perfil competencial y el otro
20%, a la entrevista personal con Responsables del Área de Gestión Operativa de
Líneas.
Tercera fase: Superación del curso de formación del puesto de trabajo de Gestor/a.
A esta fase accederán el número de personas aspirantes necesarias, siguiendo el
orden preferencial de la mejor puntuación obtenida en las dos fases anteriores (el
número concreto se determinará en el aviso de convocatorias de las plazas).
Quedarán apartados del proceso de selección aquellos y aquellas aspirantes que
no superen este curso de formación, que será impartido y evaluado por el Servicio
de Formación y Gestión del Conocimiento de Metro de Madrid.
Orden de cobertura de los puestos de Gestor/a.
La puntuación nal para determinar el orden de cobertura de los puestos de trabajo
de Gestor/a ofertados entre quienes hubieran superado el proceso de selección se
obtendrá de la siguiente manera: un 40% lo constituirá la puntuación acumulada
obtenida como resultado de las fases primera y segunda (pruebas teórico-prácticas
de conocimientos y pruebas psicotécnicas y entrevista, respectivamente), de
conformidad con las ponderaciones establecidas; y el 60% restante, lo constituirá la
puntuación alcanzada en la tercera fase (curso de formación).
3.3.3.- Oferta y cobertura de puestos de trabajo de Gestor/a a partir del tercer
cuadro de servicio (éste inclusive) y siguientes.
A partir del tercer cuadro de servicio (éste inclusive) con implantación efectiva del
modelo de explotación de la línea automática, los puestos de trabajo de Gestor/a
se ofrecerán, anualmente, con ocasión de un nuevo trámite de solicitud anual de
servicio para el citado colectivo de Jefe/a de Línea, pudiendo optar a cubrir estos
puestos todas las personas pertenecientes al citado colectivo (esto es, sin
necesidad de superar un proceso de selección) que, en la fecha de inicio del trámite
de solicitud anual, cumplan los siguientes requisitos:
Acrediten dos o más años de prestación de servicio en el colectivo de Jefe/a de
Línea.
Cumplan los requerimientos físico-médicos necesarios para el desempeño del
puesto de trabajo determinados por el servicio de Salud Laboral.
BOCM-20250531-2
B.O.C.M. Núm. 129
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 31 DE MAYO DE 2025
Pág. 85
El resultado de esta segunda fase, siempre que se superen dichas pruebas de
evaluación, tendrá un peso del 40% en la puntuación acumulada resultante para
determinar las personas que accederán a la tercera fase de este proceso, del que
un 20% corresponderá a las pruebas de evaluación del perfil competencial y el otro
20%, a la entrevista personal con Responsables del Área de Gestión Operativa de
Líneas.
Tercera fase: Superación del curso de formación del puesto de trabajo de Gestor/a.
A esta fase accederán el número de personas aspirantes necesarias, siguiendo el
orden preferencial de la mejor puntuación obtenida en las dos fases anteriores (el
número concreto se determinará en el aviso de convocatorias de las plazas).
Quedarán apartados del proceso de selección aquellos y aquellas aspirantes que
no superen este curso de formación, que será impartido y evaluado por el Servicio
de Formación y Gestión del Conocimiento de Metro de Madrid.
Orden de cobertura de los puestos de Gestor/a.
La puntuación nal para determinar el orden de cobertura de los puestos de trabajo
de Gestor/a ofertados entre quienes hubieran superado el proceso de selección se
obtendrá de la siguiente manera: un 40% lo constituirá la puntuación acumulada
obtenida como resultado de las fases primera y segunda (pruebas teórico-prácticas
de conocimientos y pruebas psicotécnicas y entrevista, respectivamente), de
conformidad con las ponderaciones establecidas; y el 60% restante, lo constituirá la
puntuación alcanzada en la tercera fase (curso de formación).
3.3.3.- Oferta y cobertura de puestos de trabajo de Gestor/a a partir del tercer
cuadro de servicio (éste inclusive) y siguientes.
A partir del tercer cuadro de servicio (éste inclusive) con implantación efectiva del
modelo de explotación de la línea automática, los puestos de trabajo de Gestor/a
se ofrecerán, anualmente, con ocasión de un nuevo trámite de solicitud anual de
servicio para el citado colectivo de Jefe/a de Línea, pudiendo optar a cubrir estos
puestos todas las personas pertenecientes al citado colectivo (esto es, sin
necesidad de superar un proceso de selección) que, en la fecha de inicio del trámite
de solicitud anual, cumplan los siguientes requisitos:
Acrediten dos o más años de prestación de servicio en el colectivo de Jefe/a de
Línea.
Cumplan los requerimientos físico-médicos necesarios para el desempeño del
puesto de trabajo determinados por el servicio de Salud Laboral.
BOCM-20250531-2