C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20250531-2)
Convenio colectivo –  Resolución de 10 de mayo de 2025, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación del convenio colectivo de la empresa Metro de Madrid, S. A. (antes: Compañía Metropolitano y Ferrocarril Suburbano (Código número 28000922011981)
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 129

SÁBADO 31 DE MAYO DE 2025

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Con esta finalidad, y tal y como se realiza también para la solicitud de servicio previa, se
publicarán anualmente las correspondientes Circulares específicas para cada uno de los
colectivos afectados, en las que se indicará toda la información necesaria para formalizar
correctamente la petición abierta, tal y como se ha hecho ya en el año 2024, para la
solicitud de servicio para el año 2025, mediante las Circulares 59/2024 y 60/2024 del
Área de Gestión Operativa de Líneas (para Jefes/as de Sector y Maquinistas de Tracción
Eléctrica, respectivamente).
B) Incompatibilidad de turnos para distintos colectivos de trabajadores y
trabajadoras.
La asignación de turnos de los y las Maquinistas de Tracción Eléctrica de la reserva de
correturnos se efectuará teniendo en cuenta la tabla de incompatibilidades adjunta, de tal
manera que a una o un Maquinista de Tracción Eléctrica no se le podrá asignar en dos
jornadas de trabajo en días consecutivos, dos turnos definidos como incompatibles en dicha
tabla de incompatibilidades.
Asimismo, con objeto de asegurar a los y las Maquinistas de Tracción Eléctrica de la reserva
la realización de un turno compatible, tendrá prioridad la asignación de dicho turno con
preferencia a las restantes normas de asignación del servicio diario, actualmente vigentes

TABLA DE INCOMPATIBILIDADES ENTRE TURNOS
Turno de origen

Turno incompatible

Turnos N

Turnos M, D, P, T, F0600/F0645 y F1330/F1415

Turnos S, P1300, P1315,
P1330 y P1345

Turnos M, D0600, D0630, P0715, P0730, P0830, P0900 y
F0600/F0645
Turnos M0530, M0550, M0600, D0600, M0615, M0630,
D0630, M0645, M0700, M0715, P0715 y F0600/F0645 en
días sin flexibilidad horaria

Turno T1600
Turnos T1530 y
F1330/F1415 en días con
flexibilidad horaria
Turnos T1500 y D1500
Turno T1445

Turnos M0530, M0550, M0600, D0600, M0615, M0630,
D0630, M0645 y F0600/F0645 en días sin flexibilidad horaria
Turnos M0530, M0550, M0600, D0600, M0615 y F0600 en
días sin flexibilidad horaria
Turnos M0530, M0550, M0600, D0600 y F0600 en días sin
flexibilidad horaria

Turno T1430

Turnos M0530 y M0550

Turno T1415

Turno M0530

En el supuesto de que, durante la vigencia del presente convenio colectivo, los actuales
turnos y horarios del colectivo de Maquinistas de Tracción Eléctrica experimentaran
alteración o modificación, mediante negociación colectiva se realizarán los ajustes que
correspondan en la tabla de incompatibilidades.



BOCM-20250531-2