C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20250531-2)
Convenio colectivo –  Resolución de 10 de mayo de 2025, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación del convenio colectivo de la empresa Metro de Madrid, S. A. (antes: Compañía Metropolitano y Ferrocarril Suburbano (Código número 28000922011981)
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 31 DE MAYO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 129

d) Un día natural adicional en supuestos de fallecimiento del padre, madre, hijo, hija
o cónyuge/pareja de hecho/conviviente de la persona trabajadora.
e) Dos días laborables para las trabajadoras víctimas de violencia de género o
víctima de violencias sexuales, para hacer efectiva su protección o su derecho a
la asistencia social integral, en aquellos casos en los que se haya producido
denuncia de dicha situación en Comisaría o Juzgados.
f) En el caso de exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto, la persona
trabajadora de Metro que sea cónyuge, pareja de hecho o conviviente de la
embarazada, dispondrá de este permiso para acompañar a ésta, cuando acredite
que el citado examen prenatal no puede producirse (o el mencionado curso de
técnicas de preparación al parto no puede recibirse) en otro horario distinto, no
coincidente con el de su jornada laboral.
g) En relación con la transexualidad, el tiempo coincidente, en su caso, con la jornada
laboral que resulte preciso para celebrar la comparecencia de la persona
interesada ante el Registro competente, para formalizar su solicitud de cambio de
género.
LICENCIAS SIN RETRIBUCIÓN.
Las personas trabajadoras podrán solicitar permisos o licencias sin derecho a retribución
de hasta 3 meses de duración. La concesión de estos permisos estará condicionada a
las exigencias organizativas de la empresa. Estos permisos no conllevarán pérdida de
antigüedad.
- Condiciones específicas para la concesión de permisos o licencias sin retribución
de duración igual o inferior a 15 días.
La concesión de estos permisos o licencias requerirán siempre la previa conformidad
expresa y por escrito de la persona responsable del Servicio al que esté adscrita la
persona trabajadora que lo solicite, sin que exista obligación alguna, por parte del
Servicio, de conceder un cupo mínimo de permisos.

- Condiciones específicas para la concesión de permisos o licencias sin retribución
de duración superior a 15 días y hasta 3 meses.
La concesión de estos permisos o licencias requerirán siempre la previa conformidad
expresa y por escrito del Servicio de Compensación y Administración de Personal
(División de RR.HH.).
Específicamente para estos permisos de duración superior a 15 días, y con la finalidad
de hacer compatible la garantía de la prestación del servicio público encomendado a la
empresa con la posibilidad del disfrute de estos permisos se establece la obligación de


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