C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20250531-2)
Convenio colectivo –  Resolución de 10 de mayo de 2025, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación del convenio colectivo de la empresa Metro de Madrid, S. A. (antes: Compañía Metropolitano y Ferrocarril Suburbano (Código número 28000922011981)
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 129

SÁBADO 31 DE MAYO DE 2025

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Sin perjuicio de lo que antecede, y sin que haya de mediar plazo alguno desde la fecha
inicialmente prevista para la liquidación del anterior, quienes acrediten estar tramitando
un procedimiento de adopción, podrán solicitar la concesión de un anticipo por el mismo
importe (hasta ocho mensualidades de salario base más el complemento de antigüedad)
e igual plazo de devolución (hasta cuarenta y ocho mensualidades).
El anticipo deberá solicitarse al Departamento de Recursos Humanos a través de la
intranet de la empresa (Andén Central). Dicha solicitud deberá presentarse antes del día
8 del mes en que se pretenda percibir el anticipo.
La persona interesada en una amortización anticipada total o parcial (en este último caso,
por una sola vez) deberá solicitarla entre el 1 y 12 de cada mes, a través de Andén
Central. A tal efecto, deberá solicitar previamente, a través de Andén Central,
información sobre el saldo pendiente de amortizar (en el caso de que sea total) o indicar
el importe igual o superior a 3.000€ que desee amortizar (en el caso de que sea parcial)
y, a continuación, seguir las indicaciones para efectuar el correspondiente ingreso,
remitiendo el justificante bancario antes del día 15 del mismo mes a la dirección de correo
electrónico consultas.ac@metromadrid.es, para su repercusión en la nómina del mismo
mes.
B) Anticipos de nómina.
Los anticipos sobre los haberes del mes a que corresponda cada nómina tendrán una
cuantía máxima de 500 euros, a excepción de los meses en que la nómina incluya una
paga extraordinaria o la paga plus convenio en cuyo caso la cuantía máxima a solicitar
será de 700 euros. Estos importes se minorarán en proporción a la reducción de la
jornada anual de trabajo en los casos en que la persona solicitante se encuentre en
situación de jubilación parcial.
Estos anticipos serán solicitados al Departamento de Recursos Humanos a través de la
intranet de la empresa (Andén Central), y se harán efectivos mediante transferencia
bancaria a la cuenta designada por quien lo solicitó.
Se fijan dos días de pago de anticipos de urgencia a cuenta de los haberes de cada mes:
 Primer anticipo: día 7, 8 o 9. Se abonará siempre en el primero de los días
señalados que sea laborable.
 Segundo anticipo: día 17, 18 o 19. Como en el caso anterior, se abonará en el
primero de esos días que sea laborable.
Para ambos casos, se atenderán todas aquellas peticiones que se reciban hasta las doce
horas del primero de los tres días laborables anteriores a la fecha de pago.




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