C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20250531-2)
Convenio colectivo –  Resolución de 10 de mayo de 2025, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación del convenio colectivo de la empresa Metro de Madrid, S. A. (antes: Compañía Metropolitano y Ferrocarril Suburbano (Código número 28000922011981)
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

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SÁBADO 31 DE MAYO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 129

de garantía consolidado” se minorarán, en igual importe, del correlativo concepto
“complemento de garantía”, en aplicación del mecanismo de absorción y compensación
establecido respecto de este concepto retributivo.
J) Mejora voluntaria.
La Dirección de la empresa, respetando los acuerdos alcanzados, con fecha 14 de julio
de 2008, en sede de Comisión de Seguimiento y Desarrollo del convenio colectivo 20052008 (convalidado con la Comisión Permanente del Comité de Empresa, con fecha 16
de julio de 2008) y demás pactos salariales vigentes, puede establecer mejoras
retributivas voluntarias. A tal fin, informará previamente a la Representación Social (en
Comisión de Seguimiento y Desarrollo del convenio colectivo) sobre el concepto o, en su
caso, la creación del concepto o conceptos salariales específicos que recojan en nómina
las mejoras, explicitando su respectiva naturaleza. La Dirección informará anualmente a
la Representación Social sobre el alcance de la utilización de dicho concepto, y, en
particular, sobre las variaciones que hayan podido producirse a lo largo del ejercicio y,
en su caso, los departamentos y colectivos a los que aquéllas pudieran haber afectado.
K.1) Complementos de Secretario o Secretaria y de Conductor o Conductora del
Consejero Delegado o Consejera Delegada.
No son de naturaleza consolidable y se perciben por el efectivo y concreto desempeño
del puesto de trabajo de que se trate. Estos complementos se abonan en doce veces
coincidiendo con los meses naturales.
Para el año 2025, dichos complementos están fijados en los siguientes importes
mensuales:
Complemento
Secretario/a de Presidente/a/C. Delegado/a
Secretario/a de Secretario General
Secretario/a de Dirección
Secretario/a de Subdirección
Secretario/a de División
Secretario/a de Responsable de Área
Conductor/a Automóvil C. Delegado/a

AÑO 2025
262,50 euros
208,44 euros
154,39 euros
154,39 euros
154,39 euros
154,39 euros
517,60 euros

K.2) Otros complementos de puesto establecidos por la Dirección de la empresa para
colectivos del grupo profesional de Mandos Intermedios y Técnicas y Técnicos no
Titulados Cualificados
Son complementos de puesto que establece, en su caso, la Dirección de la empresa para
determinadas personas trabajadoras (designadas individualmente por la Dirección)
adscritas a colectivos del grupo profesional de Mandos Intermedios y Técnicas y


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