B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20250530-33)
Regulación personal docente –  Resolución de 23 de mayo de 2025, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se regula la formación, ordenación y prórroga de las listas de aspirantes a desempeñar puestos en régimen de interinidad en los Cuerpos Docentes No Universitarios (Maestros, Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Catedráticos y Profesores de Música y Artes Escénicas y Catedráticos, Profesores y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño) en los Centros Públicos de la Comunidad de Madrid para el curso 2025-2026
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 30 DE MAYO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 128

3. Cuando un interino esté nombrado para cubrir una jornada parcial y, en el mismo
centro en que está prestando servicio, se produzca una nueva necesidad de cobertura de la
misma especialidad, que permita la ampliación de jornada sin exceder la jornada completa,
podrá optar por ampliar su jornada procediendo a su cobertura.
Lo establecido en el párrafo anterior solo será posible, si el horario que debe realizar
cubriendo la nueva necesidad surgida es compatible con el horario que ya venía desempeñando el docente.
Décima
De conformidad con lo dispuesto en capítulo VI, artículo 17 del Acuerdo de 10 de
mayo de 2023, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba expresa y formalmente el
Acuerdo de 24 de marzo de 2023, de la Mesa Sectorial de Negociación del personal docente no universitario, sobre composición, ordenación, funcionamiento y selección de las listas de aspirantes a desempeñar puestos docentes en régimen de interinidad en el ámbito de
la Comunidad de Madrid, se considerarán colectivos con una especial consideración en la
asignación de destinos los siguientes:
10.1. Colectivo de experiencia.
Los integrantes de las listas mayores de cincuenta y cinco años, con al menos 10 cursos de servicios prestados en centros públicos de la Comunidad de Madrid, y todos aquellos integrantes de las listas que tengan 15 cursos de servicios prestados en centros públicos de la Comunidad de Madrid, tendrán prioridad en el nombramiento como funcionario
interino para sustituciones.
A estos efectos, se entenderá por curso tener cinco meses y medio de nombramiento
por curso escolar.
10.2. Aspirantes que acrediten un grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100.
En los nombramientos ofertados a los integrantes de las listas se tendrá en cuenta el
porcentaje que, con carácter general, deba respetarse para el acceso al empleo público en el
momento de la convocatoria. A estos efectos, las convocatorias establecerán los procedimientos que garanticen que se reserva el número de vacantes previsto para este colectivo;
de tal forma que, de cada 16 nombramientos que se realicen, uno habrá de recaer en un aspirante con discapacidad, con independencia de la lista en la que esté. En todo caso, los
nombramientos que por aplicación de este apartado se efectúen y que no sean consecuencia de la gestión ordinaria de las listas, deberán tener lugar en puestos de trabajo cuya cobertura interina se prevea superior a cuatro meses.
Serán incluidos en este colectivo de acceso 2 aquellos que:
10.2.1. Se hayan presentado al último procedimiento selectivo de la especialidad por
el turno de acceso 2, siempre que mantenga el reconocimiento de discapacidad en el momento de formación y ordenación de las listas.
10.2.2. En el caso de integrantes de la lista ordinaria de la especialidad durante el
curso 2024/2025 incluidos en el colectivo de acceso 2, que no han causado baja a 30 de
junio de 2025, que no se presenten al procedimiento selectivo en la especialidad de la lista,
deberán solicitar su inclusión en este colectivo en las listas del curso 2025/2026,
cumplimentando una solicitud, exclusivamente por medios electrónicos en el portal de la
Comunidad de Madrid, mediante la aplicación que se encuentra disponible en
https://sede.comunidad.madrid/oferta-empleo/puestos-interinos-maestros-2025-2026 para
el cuerpo de Maestros y en https://sede.comunidad.madrid/oferta-empleo/puestosinterinos-profesores-2025-2026 para los cuerpos de Profesores y, a la cual también se
puede
acceder
desde
el
portal
“personal
+educación”
( http://comunidad.madrid/servicios/personal-educacion ), siguiendo la secuencia:
“Profesorado Interino”, “Listas de interinos”.
10.2.3. En los casos en los que el aspirante se haya presentado por una especialidad
en la que no se hayan ofertado plazas por el turno de acceso 2 (discapacidad), cuando el reconocimiento de la misma se haya producido con posterioridad a la finalización del plazo
de presentación de solicitudes del procedimiento selectivo o cuando provenga de una lista
extraordinaria el aspirante deberá solicitar su inclusión en este colectivo cumplimentando
la solicitud indicada en el párrafo anterior. Junto con dicha solicitud adjuntará:
a) Tarjeta acreditativa del grado de discapacidad o resolución de reconocimiento de
la misma.

BOCM-20250530-33

Colectivos de especial consideración