Humanes de Madrid (BOCM-20250530-71)
Organización y funcionamiento. Ordenanza patrocinios privados
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BOCM

VIERNES 30 DE MAYO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 128

refiere el artículo 16 (entre las que se encuentran las entidades locales), a cambio de una ayuda
económica para la realización de las actividades que efectúen en cumplimiento del objeto o finalidad
específica de la entidad, se comprometen por escrito a difundir, por cualquier medio, la participación
del colaborador en dichas actividades. Esta Ordenanza constituye ese marco regulatorio, y participa
de iniciativas similares que han llevado a cabo otros municipios de la Comunidad de Madrid y de
otras regiones.
Capítulo I - Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto de la ordenanza y ámbito de aplicación.
1. La presente Ordenanza tiene por objeto regular el patrocinio privado de las actividades del
Ayuntamiento de Humanes de Madrid que puedan ser objeto de aceptación por el Ayuntamiento.
2. Quedan excluidos del ámbito de aplicación de esta ordenanza los patrocinios en los que el
Ayuntamiento de Humanes de Madrid actúe como patrocinador y no como patrocinado, así como los
patrocinios en los que intervenga como patrocinador cualquier entidad de derecho público
dependiente o vinculada a aquél.
Art. 2. Concepto y naturaleza.
1. A los efectos de esta Ordenanza se entiende por patrocinio las aportaciones económicas o de otra
naturaleza que, de forma voluntaria, efectúen personas físicas o jurídicas del sector privado con el
fin de promover el desarrollo de actividades municipales de interés general, con el fin de difundir la
imagen, denominación o nombre del producto o servicio de la entidad patrocinadora asociado a tales
actividades, así como cualquier otro retorno, a beneficio de la entidad patrocinadora, que puedan
acordar las partes.
2. El patrocinio revestirá la forma de convenio de patrocinio, contrato de patrocinio publicitario o de
donación.
Art. 3. Actividades patrocinables.
Podrán ser objeto de patrocinio las siguientes actividades municipales:
x Actividades de promoción turística, comercial, deportivas, culturales, juveniles, educativas,
ferias y eventos o similares.
x Actividades relacionadas con la igualdad de género Restauraciones de entornos urbanos,
edificios, monumentos, mobiliario urbano y cualesquiera bienes muebles o inmuebles de
interés histórico, artístico o cultural de titularidad municipal.
x Creación de nuevas instalaciones de interés cultural, deportivo o social, así como la
obtención de los medios materiales necesarios para su puesta en funcionamiento,
reformas, mantenimiento y/o explotación.
x Diversas formas de manifestaciones culturales tales como conciertos, exposiciones,
representaciones teatrales, proyecciones, encuentros, jornadas, fiestas, festivales y
cualquier otro tipo de manifestación cultural que el Ayuntamiento estime oportuno realizar.
x Las actividades encaminadas a la mejora de la calidad del paisaje urbano y el espacio
público.
x Las actividades relacionadas con la igualdad de género, con el bienestar, la atención social
y la integración sociolaboral.
x Las actividades relacionadas con las tecnologías de la información y comunicación (TIC).
x Las actividades relacionadas con la innovación social.
x Las actividades relacionadas con la mejora y el mantenimiento del medio ambiente.
x Las actividades relacionadas con la mejora y el mantenimiento de los servicios de seguridad
y emergencias.
x Las actividades relacionadas con la seguridad vial. Cualquier otra actividad de competencia
municipal y que tenga como objetivo el interés general.
No obstante, el Ayuntamiento de Humanes de Madrid, determinará anualmente un Programa Anual
de Patrocinios con las líneas de actuación municipales que se lleven a cabo y que podrán ser objeto
de patrocinio.
Art. 4. Condición de entidad patrocinadora.
Adquirirán la condición de entidad patrocinadora las personas físicas o jurídicas sometidas a derecho
privado, españolas y extranjeras, que tengan capacidad de obrar y no estén incursas en alguna
prohibición de con- tratar de las previstas en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del
Sector Público. Este extremo será comprobado por el Departamento de Contratación u órgano
competente.

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