Humanes de Madrid (BOCM-20250530-71)
Organización y funcionamiento. Ordenanza patrocinios privados
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 128

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 30 DE MAYO DE 2025

Pág. 297

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
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HUMANES DE MADRID
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

Aprobada inicialmente por el Pleno de este Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada en fecha 31 de enero de 2025, por mayoría, la ordenanza reguladora de la actividad de
patrocinio privado de Humanes de Madrid. Expuesta al público sin que se hayan presentado reclamaciones ni sugerencias, dicha aprobación queda elevada a definitiva, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local, procediendo a la publicación de su texto íntegro que se transcribe a continuación.

ORDENANZA REGULADORA DE LOS PATROCINIOS PRIVADOS DE ACTIVIDADES
MUNICIPALES DEL AYUNTAMIENTO DE HUMANES DE MADRID
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Los patrocinios constituyen un ingreso municipal previsto en la Ley 39/1988 de Hacienda Locales,
de naturaleza no tributaria, pero la ausencia de una regulación específica sobre ello hace necesario,
como así han determinado muchas otras entidades locales, que el Ayuntamiento de Humanes de
Madrid, en este caso, apruebe una Ordenanza sobre su regulación, haciendo uso de la potestad
contemplada en el art. 4 a) de la Ley 7/1985.
Por otra parte, cada vez es más habitual la colaboración público-privada en la puesta en marcha de
actividades de carácter municipal. Esta mayor implicación del sector privado en las actividades de
interés general promovidas por las administraciones públicas aconseja regular dicha colaboración
para dotarla de transparencia en su publicidad, acceso y gestión, en el marco de las modalidades
que establece la normativa vigente. Se trata, además, de dotar a la figura del convenio de patrocinio
de un marco regulatorio adecuado y garantista en el Ayuntamiento de Humanes de Madrid, que
recoja la colaboración entre ambos sectores trascendiendo la figura del mero contrato de patrocinio
publicitario en aras de una colaboración más orientada a una finalidad común e interés general.

Por otra parte, en el marco de los procesos participados establecidos por el ayuntamiento y con el
fin de fortalecer la gobernanza en la acción municipal, se ha dotado a la Comisión de Valoración de
Patrocinios de un carácter participativo y propositivo, incorporando la presencia y el debate
ciudadano en la colaboración entre la administración y las entidades patrocinadoras y facilitando
espacios de encuentro con representantes del tejido productivo de la ciudad. Los convenios de
patrocinio se encuentran regulados en la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de Régimen fiscal de las
entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo, tal y como establece en su
artículo 25, por el que se indica que el convenio de colaboración empresarial en actividades de
interés general, a los efectos previstos en dicha Ley, es aquel por el cual las entidades a que se

BOCM-20250530-71

En esta línea, esta Ordenanza pretende ofrecer un catálogo de oportunidades de colaboración entre
el ayuntamiento y las entidades privadas, en la medida en que el Programa Anual de Patrocinios es
un instrumento público que recoge aquellas líneas de actuación en las que puede concretarse la
participación de otras entidades en los programas y actuaciones municipales a través del patrocinio,
conciliando las necesidades municipales con la preferencias de dichas entidades. Por otra parte, en
el marco de los procesos participados establecidos por el ayuntamiento y con el fin de fortalecer la
gobernanza en la acción municipal, se ha dotado a la Comisión de Valoración de Patrocinios de un
carácter participativo y propositivo, incorporando la presencia y el debate ciudadano en la
colaboración entre la administración y las entidades patrocinadoras y facilitando espacios de
encuentro con representantes del tejido productivo de la ciudad.