B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20250530-32)
Convocatoria proceso selectivo – Resolución de 16 de mayo de 2025, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se convoca concurso-oposición de acceso al Cuerpo de Inspectores de Educación en el ámbito de gestión de la Comunidad de Madrid
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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B.O.C.M. Núm. 128
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 30 DE MAYO DE 2025
7.1.8. Apertura de plicas.
Con al menos 48 horas de antelación, el tribunal anunciará mediante la publicación en
los tablones de anuncios de la sede y en el tablón electrónico, el lugar, día y hora del acto
público en el que se procederá, cuando corresponda, a la apertura de las plicas de cada una
de las partes. En este acto se darán a conocer los datos personales que correspondan al número de plica asignado. De todo ello se levantará acta.
7.1.9. Calificación final de la fase de oposición.
Finalizada la prueba de la fase de oposición, el tribunal expondrá en el tablón electrónico del tribunal y en el tablón de anuncios de la sede de actuación la relación de todos los
participantes con la puntuación final alcanzada en la fase de oposición, una vez ponderada
con los siguientes porcentajes:
— 40 por 100 de la puntuación obtenida en la primera parte.
— 30 por 100 de la puntuación obtenida en la segunda parte.
— 30 por 100 de la puntuación obtenida en la tercera parte.
Las publicaciones de este apartado se podrán consultar, asimismo, en el portal de
la
Comunidad
de
Madrid
en
https://sede.comunidad.madrid/ofertaempleo/oposiciones-inspectores-educacion-2025 y, con carácter meramente
informativo y sin efectos administrativos, a través del portal “personal +educación”
( www.comunidad.madrid/servicios/personal-educacion ), siguiendo la ruta
“Funcionarios docentes”, “Procesos selectivos”, “Inspectores”.
Contra la calificación final no procede la presentación de alegaciones, salvo error aritmético, al haber podido cada participante alegar contra la calificación obtenida al publicarse la calificación de cada una de las partes.
7.2. Fase de concurso.
En esta fase se valorarán los méritos recogidos en el baremo publicado como Anexo I
a la presente Resolución acreditados por los aspirantes que hayan superado la fase de oposición. El órgano de selección podrá delegar en las unidades administrativas de la Dirección
General de Recursos Humanos la mencionada valoración, con excepción de los méritos relacionados en los apartados 4.2.1 y 4.2.2 de dicho baremo.
7.2.1. Puntuaciones provisionales de la fase de concurso. Alegaciones.
El tribunal expondrá en el tablón de anuncios de la sede de actuación del mismo, las
puntuaciones provisionales de la fase de concurso de aquellos aspirantes que hayan
superado la fase de oposición. Se podrán consultar, asimismo, en el portal de la Comunidad
de Madrid en https://sede.comunidad.madrid/oferta-empleo/oposiciones-inspectoreseducacion-2025 y, con carácter meramente informativo y sin efectos administrativos, a
través del portal “personal +educación” (www.comunidad.madrid/servicios/personaleducacion ), siguiendo la ruta, “Funcionarios docentes”, “Procesos selectivos”,
“Inspectores”.
Los aspirantes podrán presentar alegaciones contra estas puntuaciones provisionales
en el plazo de cinco días hábiles a partir del siguiente a la publicación.
La presentación de las alegaciones a la fase de concurso se realizará exclusivamente
por medios electrónicos, a través de la aplicación informática habilitada para ello y a la que
se puede acceder siguiendo la secuencia que se indica en 4.2 de esta resolución (Cumplimentación y presentación de la solicitud ) en aplicación de lo establecido en el artículo 3
del Decreto 188/2021, de 21 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la obligación de relacionarse por medios electrónicos con la Administración de la Comunidad de
Madrid, del personal a su servicio y de los participantes en procesos selectivos.
Para ello se deberán seguir los siguientes pasos, al acceder a la aplicación:
— Se seleccionará “nueva solicitud”, y la convocatoria correspondiente.
— Se seleccionará la solicitud sobre la que alegar o subsanar.
— Se describirá la motivación, se aportarán en su caso los documentos que se consideren, y se registrará mediante dicha aplicación, generando un recibo de presentación, en cuyo margen superior derecho deberá estar consignado el número de registro con fecha y hora.
La contestación de estas alegaciones se entenderá efectuada con la publicación de la
resolución por la que se eleven a definitivas las puntuaciones de la fase de concurso, considerándose desestimadas las alegaciones no recogidas en la misma.
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BOCM-20250530-32
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 30 DE MAYO DE 2025
7.1.8. Apertura de plicas.
Con al menos 48 horas de antelación, el tribunal anunciará mediante la publicación en
los tablones de anuncios de la sede y en el tablón electrónico, el lugar, día y hora del acto
público en el que se procederá, cuando corresponda, a la apertura de las plicas de cada una
de las partes. En este acto se darán a conocer los datos personales que correspondan al número de plica asignado. De todo ello se levantará acta.
7.1.9. Calificación final de la fase de oposición.
Finalizada la prueba de la fase de oposición, el tribunal expondrá en el tablón electrónico del tribunal y en el tablón de anuncios de la sede de actuación la relación de todos los
participantes con la puntuación final alcanzada en la fase de oposición, una vez ponderada
con los siguientes porcentajes:
— 40 por 100 de la puntuación obtenida en la primera parte.
— 30 por 100 de la puntuación obtenida en la segunda parte.
— 30 por 100 de la puntuación obtenida en la tercera parte.
Las publicaciones de este apartado se podrán consultar, asimismo, en el portal de
la
Comunidad
de
Madrid
en
https://sede.comunidad.madrid/ofertaempleo/oposiciones-inspectores-educacion-2025 y, con carácter meramente
informativo y sin efectos administrativos, a través del portal “personal +educación”
( www.comunidad.madrid/servicios/personal-educacion ), siguiendo la ruta
“Funcionarios docentes”, “Procesos selectivos”, “Inspectores”.
Contra la calificación final no procede la presentación de alegaciones, salvo error aritmético, al haber podido cada participante alegar contra la calificación obtenida al publicarse la calificación de cada una de las partes.
7.2. Fase de concurso.
En esta fase se valorarán los méritos recogidos en el baremo publicado como Anexo I
a la presente Resolución acreditados por los aspirantes que hayan superado la fase de oposición. El órgano de selección podrá delegar en las unidades administrativas de la Dirección
General de Recursos Humanos la mencionada valoración, con excepción de los méritos relacionados en los apartados 4.2.1 y 4.2.2 de dicho baremo.
7.2.1. Puntuaciones provisionales de la fase de concurso. Alegaciones.
El tribunal expondrá en el tablón de anuncios de la sede de actuación del mismo, las
puntuaciones provisionales de la fase de concurso de aquellos aspirantes que hayan
superado la fase de oposición. Se podrán consultar, asimismo, en el portal de la Comunidad
de Madrid en https://sede.comunidad.madrid/oferta-empleo/oposiciones-inspectoreseducacion-2025 y, con carácter meramente informativo y sin efectos administrativos, a
través del portal “personal +educación” (www.comunidad.madrid/servicios/personaleducacion ), siguiendo la ruta, “Funcionarios docentes”, “Procesos selectivos”,
“Inspectores”.
Los aspirantes podrán presentar alegaciones contra estas puntuaciones provisionales
en el plazo de cinco días hábiles a partir del siguiente a la publicación.
La presentación de las alegaciones a la fase de concurso se realizará exclusivamente
por medios electrónicos, a través de la aplicación informática habilitada para ello y a la que
se puede acceder siguiendo la secuencia que se indica en 4.2 de esta resolución (Cumplimentación y presentación de la solicitud ) en aplicación de lo establecido en el artículo 3
del Decreto 188/2021, de 21 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la obligación de relacionarse por medios electrónicos con la Administración de la Comunidad de
Madrid, del personal a su servicio y de los participantes en procesos selectivos.
Para ello se deberán seguir los siguientes pasos, al acceder a la aplicación:
— Se seleccionará “nueva solicitud”, y la convocatoria correspondiente.
— Se seleccionará la solicitud sobre la que alegar o subsanar.
— Se describirá la motivación, se aportarán en su caso los documentos que se consideren, y se registrará mediante dicha aplicación, generando un recibo de presentación, en cuyo margen superior derecho deberá estar consignado el número de registro con fecha y hora.
La contestación de estas alegaciones se entenderá efectuada con la publicación de la
resolución por la que se eleven a definitivas las puntuaciones de la fase de concurso, considerándose desestimadas las alegaciones no recogidas en la misma.
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