B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20250530-32)
Convocatoria proceso selectivo –  Resolución de 16 de mayo de 2025, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se convoca concurso-oposición de acceso al Cuerpo de Inspectores de Educación en el ámbito de gestión de la Comunidad de Madrid
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 128

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 30 DE MAYO DE 2025

Pág. 105

Dirección General de Recursos Humanos, por la que se hace público el temario de
la Comunidad de Madrid que ha de regir en los procedimientos de acceso al Cuerpo de Inspectores de Educación.
7.1.2.

Fecha de inicio del proceso selectivo.

La fecha prevista para el inicio del procedimiento selectivo se comunicará mediante
Resolución de la Dirección General de Recursos Humanos.
7.1.3.

Orden de actuación.

El orden de actuación se iniciará por aquellos aspirantes cuyo primer apellido comience por la letra “U”, de acuerdo con la Resolución de 13 de marzo de 2025, de la Dirección
General de Función Pública, por la que se hace público el resultado del sorteo efectuado con
objeto de determinar el orden de actuación de los aspirantes en los procesos selectivos que
se celebren durante el año 2025. De no haber aspirantes cuyo primer apellido empiece por
la letra citada, se iniciará el orden de actuación por la letra o letras siguientes.
7.1.4.

Convocatoria-llamamiento de aspirantes.

Los aspirantes serán convocados para sus actuaciones ante el Tribunal en único llamamiento. Los aspirantes convocados para cada día deberán estar presentes a la hora fijada por
el Tribunal como hora de inicio de las actuaciones, siendo excluidos del concurso-oposición quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor debidamente justificados
y apreciados por el tribunal.
Los aspirantes habrán de presentar, inexcusablemente, el original del documento nacional de identidad, carné de conducir o pasaporte, únicos documentos válidos para acreditar su identidad. Asimismo, los miembros del tribunal podrán requerir a los aspirantes en
cualquier momento la acreditación de su identidad.
Una vez comenzadas las actuaciones ante el tribunal, éste deberá publicar los sucesivos llamamientos de aspirantes en el tablón electrónico del tribunal y en la sede del tribunal con al menos 48 horas de antelación.
Prueba de la fase de oposición.

La fase de oposición consistirá en una prueba que constará de tres partes que se desarrollarán en el siguiente orden: un caso práctico, una exposición oral de un tema y el desarrollo por escrito de un tema Cada una de las partes tendrá carácter eliminatorio.
Con el objetivo de garantizar la igualdad de los aspirantes, las partes escritas serán anónimas y serán leídas por el propio tribunal sin conocer el nombre del aspirante. A estos efectos, para garantizar el anonimato, se utilizarán sobres de plica donde se guardarán los datos
personales del aspirante hasta el acto de apertura de las mismas que se producirá posteriormente a la corrección de cada parte. En consecuencia con lo anterior, si se apreciare cualquier nombre, marca o señal en las pruebas escritas, la puntuación de la misma será 0, lo
que implicará la exclusión del aspirante del resto del procedimiento.
Las partes de la prueba deberán adecuarse a lo que se indica a continuación:
— Primera parte: consistirá en el análisis y resolución por escrito, en sesión conjunta,
de un caso con diferentes cuestiones/supuestos propuestos por el Tribunal. El aspirante analizará el caso práctico y formulará una propuesta razonada y fundamentada, enmarcándolo en las técnicas, principios y procedimientos propios de la Inspección de Educación. El tiempo para el desarrollo de esta parte será de tres horas.
El aspirante podrá consultar la normativa que aporte él mismo, en soporte papel o
electrónico, siempre que la misma haya sido objeto de publicación en el “Boletín
Oficial del Estado”, Diario Oficial de la Comunidad Autónoma de Madrid, boletines oficiales de los distintos Ministerios o en los boletines oficiales de las instituciones europeas. No obstante, esta documentación no podrá contener subrayados, comentarios, o anotaciones que obedezcan a fines distintos de la indexación.
En el caso de que aporte la normativa en soporte electrónico, ésta se encontrará
dentro de la memoria interna del ordenador portátil o tableta que lleve el aspirante y que deberá tener autonomía de funcionamiento. La conexión a Internet deberá estar deshabilitada, quedando prohibida cualquier comunicación con el exterior
de la sala en la que se desarrolle esta parte de la prueba.
— Segunda parte: consistirá en la exposición oral de un tema elegido por el aspirante,
de entre dos extraídos por sorteo por el Tribunal, en sesión pública, entre los que
componen la parte B del temario.

BOCM-20250530-32

7.1.5.