C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20250527-16)
Plan estratégico subvenciones –  Orden de 12 de mayo de 2025, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones 2025-2027, gestionadas por la Dirección General de Formación de la Comunidad de Madrid
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BOCM

MARTES 27 DE MAYO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 125

— Porcentaje de ejecución del presupuesto asignado al Plan (importe total del presupuesto ejecutado/importe total del presupuesto asignado).
Para alcanzar los citados objetivos se llevarán a cabo los siguientes programas que a
continuación se describen:
1. Programa de subvenciones para la formación de trabajadores
prioritariamente ocupados
Este programa se vincula con la Medida 17. “Formación dirigida a la recualificación de
personas trabajadoras ocupadas” de la referida Estrategia Madrid por el Empleo 2025-2027.
1. Objetivos que se pretenden alcanzar:
1) Impulsar una formación que mejore el desarrollo profesional de los trabajadores
ocupados y que permita satisfacer las necesidades del tejido productivo y la mejora de la carrera profesional de los trabajadores en activo.
2) Promover el acceso a la oferta formativa profesional para el empleo a través de diferentes modalidades de impartición; toda vez que el mercado de trabajo actual requiere cada día una mayor flexibilidad horaria, mayor facilidad de acceso a la formación desde cualquier ubicación, una actualización permanente de contenidos
formativos y mayor variedad de formatos en la formación continua.
2. Beneficiarios: podrán ser beneficiarios de este programa:
Las entidades de formación públicas o privadas, acreditadas y/o inscritas en el correspondiente Registro de Entidades de Formación, que impartan las especialidades formativas
solicitadas, de conformidad con lo establecido la Ley 30/2015 y la Ley Orgánica 3/2022 (y
normativas de desarrollo de ambas Leyes).
3. Destinatarios: los destinatarios finales del programa serán, con carácter general:
1) Prioritariamente los trabajadores ocupados.
2) Los trabajadores desempleados inscritos como demandantes de empleo, hasta un
máximo del 30 por 100 del total de participantes del programa formativo que inicien la formación, siempre que cumplan los requisitos para participar en la convocatoria.
4. Fuentes de financiación y coste previsible: el presupuesto estimado que será destinado a esta medida se eleva a 40.500.000 euros anuales.
Los programas formativos se financiarán con cargo a los fondos recibidos del Ministerio de Trabajo y Economía Social, a través del Servicio Público de Empleo Estatal, para
los programas formativos vinculados con las Especialidades Formativas del SEPE (transversales y sectoriales); y con cargo a los fondos recibidos del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes para los programas formativos vinculados con el Catálogo
Nacional de Estándares de Competencias Profesionales.
5. Plazos de ejecución:
— Anual, respecto de la convocatoria para la financiación de acciones formativas vinculadas con el Catálogo Nacional de Estándares de Competencias Profesionales.
— Bianual, respecto de la convocatoria de Formación en el Trabajo (Especialidades
Formativas del SEPE).
6. Procedimiento de concesión: concurrencia competitiva.
2. Programas de subvenciones para la formación de trabajadores
prioritariamente desempleados
2.1. Programa de subvenciones para la formación de trabajadores prioritariamente
desempleados, a realizar por entidades locales:
Este programa se vincula con la Medida 12. “Formación dirigida a la cualificación y recualificación de personas en desempleo” de la referida Estrategia Madrid por el Empleo 2025-2027.
1. Objetivos que se pretenden alcanzar:
1) Impulsar la formación que mejore la empleabilidad de los trabajadores desempleados, promoviendo una oferta formativa adaptada a las necesidades de las empresas, configurada por módulos formativos que puedan contribuir tanto a la obtención de un Certificado Profesional, titulación que habilita para el desarrollo

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